Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2016 (19/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

593514 PODER JUDICIAL

NORMAS LEGALES

Martes 19 de julio de 2016 /

El Peruano

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Crean la Unidad de Gestión de Despacho para la Dirección Judicial del Proceso de la Sala Penal Nacional
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 154-2016-CE-PJ Lima, 22 de junio de 2016 VISTOS: El Oficio Nº 118-2016-ETI-CPP/PJ e Informe Nº 020-2016-NOR-ST-ETI-CPP-PJ, cursados por el Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, que contiene la solicitud conjunta presentada por la Magistrada Coordinadora de la Sala y Juzgados Penales Nacionales y el Juez Superior Responsable de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal en la Sala Penal Nacional. CONSIDERANDO: Primero. Que la Magistrada Coordinadora de la Sala y Juzgados Penales Nacionales y el Juez Superior Responsable de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal en la Sala Penal Nacional, presentan, entre otras, las siguientes propuestas: a) Creación del Equipo de Asistentes para la Dirección Judicial del Proceso en la Sala Penal Nacional, la cual se sustenta en el trabajo de campo que tiene como objetivo dar a conocer la complejidad de los casos que se ventilan en la Sala Penal Nacional. b) Reglamento de Organización y Funciones de los órganos judiciales que conforman la Sala Penal Nacional; y c) Conformación de la Comisión de Implementación Interinstitucional (CDI) en la Sala Penal Nacional. Las propuestas presentadas tienen sustento en la carga procesal, que redundará en un mejor servicio de impartición de justicia. Segundo. Que, al respecto, el Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal remite el Informe Nº 020-2016-NOR-ST-ETI-CPP-PJ, del Componente Normativo de la Secretaría Técnica del referido Equipo Técnico, que concluye en lo siguiente: 1) Con relación a la creación del Equipo de Asistentes para la Dirección Judicial del Proceso.- La Sala Penal Nacional tiene competencia para casos sumamente complejos a nivel nacional que no tiene parangón en ningún Distrito Judicial del país; por ello, a fin de brindar las herramientas necesarias a los jueces para que puedan emitir sus decisiones con mayor eficacia, teniendo la información sistematizada de las causas puestas a su conocimiento, es necesario brindar una atención especial a los jueces para evitar posibles vulneraciones del derecho a la prueba, que a largo plazo puedan dar lugar a nulidades en los procesos, precisamente por vulneración de aquella garantía constitucional. En tal sentido, es necesaria la creación de la Unidad de Gestión de Despacho que cumpla esas funciones dentro de la organización administrativa de la Sala Penal Nacional, pero en consonancia con el Manual de Organización y Funciones aprobado por Resolución Administrativa Nº 082-2013-CE-PJ, del 15 de mayo de 2013; por lo que su implementación es necesaria y urgente, más aún si se tiene en cuenta que ingresaron en funcionamiento otros órganos jurisdiccionales sin que

se haya ampliado la cobertura de personal que integra la Sala Penal Nacional; y en el que además afrontaba un déficit de personal de 21 plazas en sus distintas áreas. 2) En cuanto al Reglamento de Organización y Funciones de la Sala Penal Nacional.- Se ha desarrollado este proyecto bajo los lineamientos contenidos en el Manual de Organización y Funciones de los Órganos Jurisdiccionales Penales de las Cortes Superiores de Justicia, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 082-2013-CE-PJ de fecha 15 de mayo de 2013, que permitirá efectivizar las labores del personal que integra los diversos órganos jurisdiccionales y de las unidades administrativas; de suerte que no solo se comprende al modelo procesal penal contenido en el Decreto Legislativo Nº 957; sino que además concierne a los procesos sujetos a las normas establecidas en el Código de Procedimientos Penales de 1940, y a las que tienen competencia para los delitos establecidos en la Ley Nº 30077. El Reglamento ha previsto innovar incorporando una nueva unidad de trabajo, la Unidad de Gestión de Despacho, la cual estará bajo la supervisión del Administrador del Módulo Penal, y permitirá optimizar la labor del juez, dotándolo de herramientas suficientes para que pueda tomar una decisión mejor informada; mientras que el personal de dicha unidad actuará en virtud a la decisión coordinada del Administrador del Módulo Penal y el Coordinador de dicha unidad, dando cuenta al Magistrado Responsable de la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, y luego pasará a estar dirigida por el magistrado a cargo del proceso hasta el término de la asignación de la labor específica que le fue asignada. 3) En cuanto a los requerimientos contenidos en los Oficios Nros. 732-2015-MC-SPN y Nº 757-2015-MC-SPN, mediante Resolución Administrativa Nº 075-2016-CEPJ del 30 de marzo de 2016, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se da respuesta al requerimiento del Oficio Nº 732-2015-MC-SPN, en parte; y sobre las observaciones logísticas que precisa el Oficio Nº 757-2015-MC-SPN, no se ha recibido comunicación adicional sobre el particular que indique que esa situación se mantiene, más aún si estos ambientes ya fueron inaugurados el 30 de marzo del presente año; por tanto, a la fecha los requerimientos en mención ya fueron atendidos, careciendo de objeto pronunciamiento sobre el Oficio Nº 757-2015-MC-SPN. 4) Respecto al Oficio Nº 541-2015-ETI-CPP-PJ.- El Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal renueva el contenido y las conclusiones a las que arribó en el Informe Nº 47-2015-NOR-ST-ETICPP-PJ, que trata sobre la propuesta de implementación del Código Procesal Penal, además de la creación de la Comisión de Implementación Interinstitucional para la Sala Penal Nacional. Tercero. Que teniendo en cuenta lo expuesto en los fundamentos precedentes; así como lo informado por el Componente Normativo de la Secretaría Técnica del referido Equipo Técnico, por razones de carga procesal y demanda del servicio de justicia, deviene en necesario aprobar las propuestas presentadas. Cuarto. Que el artículo 82º, inciso 26), del Texto único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 552-2016 de la vigésimo sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Álvarez Díaz, en uso de las atribuciones conferidas por la norma invocada. Por unanimidad, SE RESUELVE Artículo Primero.- Crear la Unidad de Gestión de Despacho para la Dirección Judicial del Proceso de la Sala Penal Nacional.

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