Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2016 (23/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 227

El Peruano / Sábado 23 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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escuelas, piscinas, playas y otros lugares públicos locales; Que, en el numeral 1), artículo 10º de la Ley Nº 27314 ­ Ley General de Residuos Sólidos, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1065, establece que las municipalidades distritales son responsables por la prestación del servicio de recolección y transporte de los residuos sólidos y de la limpieza de las vías, espacios y monumentos públicos en su jurisdicción. Asimismo, establece que los residuos sólidos deberán ser conducidos directamente a la planta de tratamiento o al lugar de disposición final autorizado por la municipalidad provincial, estando obligados los municipios distritales al pago de los derechos correspondientes; Que, mediante Ordenanza Nº 295 de la Municipalidad Metropolitana de Lima se crea el Sistema Metropolitano de Gestión de Residuos Sólidos, que tiene como finalidad fomentar el bienestar de los vecinos de Lima asegurando el saneamiento ambiental a través de un servicio coordinado de la Municipalidad Metropolitana de Lima y las municipalidades distritales que la integran; Que, el artículo 16º de la citada Ordenanza Metropolitana dispone que la gestión de residuos sólidos comprende la acción técnica administrativa, que consiste en la elaboración de planes y programas de acción necesarios para un manejo apropiado de los residuos sólidos, así como la acción técnica operativa que comprende las acciones o servicios empleados desde la generación hasta la disposición final de los residuos sólidos para su adecuado manejo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 400-2015EF el Ministerio de Economía y Finanzas aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016; Que, con Memorándum Nº 574-2016-GESECI/MLV de fecha 12 de Julio del 2016, la Gerencia de Servicios a la Ciudad, a la fecha denominado Gerencia de Gestión Ambiental, de acuerdo a la Ordenanza Nº 238-2016/ MLV que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de La Victoria; pone en conocimiento que dentro del Marco del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal 2016, una de las actividades componentes de la Meta 2 "Implementación del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios de las Viviendas Urbanas del Distrito", es la de elaborar el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito, que deberá ser aprobado con Ordenanza Municipal; Que, con Informe Nº 01-2016-ETFPMRS de fecha 12 de Julio del 2016, el equipo técnico que formuló el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de La Victoria, designado a través de Resolución Gerencial Nº 001-2016-GESECI/MLV de fecha 10 de Mayo del 2016, concluye que el Distrito de la Victoria requiere políticas de gestión en manejo de residuos sólidos que involucren sinergias entre los diversos actores locales y el gobierno municipal, ante la necesidad de crear una cultura ambiental, por tanto el Plan de Residuos Sólidos debe ser implementado, así también resalta que el presupuesto para la ejecución del Plan se encuentra contemplado en el marco del Presupuesto por Resultado ­ Programa Presupuestal 0036 "gestión Integral de residuos sólidos"; Que, con Informe Nº 090-2016-SGPyDO-GPP/ MLV de fecha 14 de Julio del 2016, la Sub Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Organizacional, considerando los informes técnicos respectivos y con el visto bueno de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, es de opinión favorable para la aprobación del "Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de La Victoria mediante Ordenanza, a fin de cumplir con las disposiciones y/o actividades según el instructivo establecido para la Meta Nº 02 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal 2016; Que, mediante Informe Nº 396-2016-GAJ/MDLV de fecha 14 de Julio del 2016, la Gerencia de Asesoría

Jurídica, teniendo en cuenta las opiniones técnicas correspondientes opina por la procedencia de elevar al Pleno del Concejo Municipal, el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de La Victoria, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 9º, numeral 8) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el proyecto de ordenanza que aprueba el Plan de Manejo de Residuos Sólidos en el Distrito de La Victoria tiene como objetivo mejorar la salubridad pública, reducir el impacto negativo en el medio ambiental y en la sociedad del distrito de La Victoria, resultando necesario contar con el plan de manejo adecuado de los residuos sólidos generados por la actividad diaria de la población del Distrito, de tal forma que estos no afecten el interés público y común de los habitantes y de esta manera fortalecer las funciones y competencias de la Municipalidad en el distrito de La Victoria; Que, mediante Resolución Directoral Nº 003-2016EF/50.01 aprueba los instructivos para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el Año 2016; en cumplimiento a esta disposición el Ministerio de Economía y Finanzas emitió el correspondiente instructivo para el cumplimiento de la Meta 2, estableciendo el procedimiento para implementar el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios de las Viviendas Urbanas del Distrito de conformidad con los lineamientos establecidos por el Ministerio del Ambiente a fin de implementarlo en el distrito de La Victoria; Que, a efectos de dar cumplimiento a la meta antes mencionada, se aprueba la elaboración del Plan de Manejo de Residuos Sólidos en el Distrito de La Victoria, el mismo que deberá ser aprobado mediante ordenanza municipal; Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, contando con el voto por unanimidad de los señores regidores asistentes a la sesión de concejo de la fecha, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO DE LA VICTORIA Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de La Victoria que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a Gerencia Municipal, Gerencia de Gestión Ambiental y Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la implementación y ejecución del referido Plan, en coordinación con las demás unidades orgánicas de la Municipalidad. Artículo Tercero.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía efectúe las modificaciones y/o adecuaciones que correspondan para el mejor cumplimiento del plan aprobado en el artículo precedente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a Subgerencia de Tecnología de la Información, la publicación de la presente Ordenanza y el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de La Victoria, en el Portal Institucional de la Municipalidad de La Victoria. www. munilavictoria.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELIAS CUBA BAUTISTA Alcalde 1408341-1

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