Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2016 (23/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 222

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Sábado 23 de julio de 2016 /

El Peruano

CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de la Oficina Especial Temporal solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702, el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. la apertura de una Oficina Especial Temporal del 11 al 21 de agosto de 2016 en la "XXIII Feria Internacional Arequipa" a realizarse en el Centro de Eventos y Exposiciones de Cerro July, en el distrito de José Luis Bustamante y Rivero, provincia y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1407257-1

Que, mediante la Resolución de vista, se trasladó una plaza de Fiscal Provincial, con carácter permanente, de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yauli, del Distrito Fiscal de Junín, al Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima; asimismo, se dispuso su conversión en una plaza de igual nivel jerárquico, esto es, de Fiscal Adjunto Superior, quedando asignada en el Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, con el propósito de brindar el apoyo necesario y oportuno a las Fiscalías Superiores Penales de Lima. Que, al encontrarse vacante la plaza mencionada, por necesidad de servicio se hace necesario nombrar al fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la doctora Marlene Berrú Marreros, Fiscal Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Vigésima Segunda Fiscalía Provincial Penal de Lima, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 038-2011-MP-FN, de fecha 13 de enero de 2011. Artículo Segundo.- Nombrar a la doctora Marlene Berrú Marreros, como Fiscal Adjunta Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima, designándola en el Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1408411-1

Precisan disposición sobre solicitud de autorización para la emisión de fianzas a las que se refiere el Art. 318° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, y modifican Reglamento de Requerimientos Patrimoniales de las Empresas de Seguros y Reaseguros y el Plan de Cuentas para las empresas del sistema asegurador
RESOLUCIÓN SBS N° 4025-2016 Lima, 20 de julio de 2016 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO:

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. la apertura de oficina especial temporal en el departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN SBS Nº 3839-2016 Lima, 12 de julio de 2016 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. para que se le autorice la apertura de una Oficina Especial Temporal en la "XXIII Feria Internacional Arequipa" a realizarse del 11 al 21 de agosto de 2016 en el Centro de Eventos y Exposiciones de Cerro July, ubicado en el distrito de José Luis Bustamante y Rivero, provincia y departamento de Arequipa;

Que, según lo dispuesto en los artículos 300° y 304° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus normas modificatorias, en adelante Ley General, cuando las empresas de seguros realizan operaciones sujetas a riesgo de crédito, deben destinar una porción de su patrimonio efectivo, en la parte que exceda a su patrimonio de solvencia, a cubrir el riesgo de crédito, con observancia de las normas que con carácter general expida la Superintendencia; asimismo, estas operaciones están sujetas a las provisiones y límites a que se refiere la Sección Segunda de la Ley General; Que, a efectos de determinar adecuadamente las operaciones de las empresas de seguros sujetas a riesgo de crédito que por su naturaleza están afectas a los requerimientos prudenciales propios del sistema financiero, es necesario definir a la fianza a que se refiere el artículo 318° de la Ley General; Que, mediante Resolución SBS N° 1124-2006 y sus normas modificatorias, se aprobó el Reglamento de Requerimientos Patrimoniales de las Empresas de Seguros y Reaseguros, en el cual se precisa, entre otros aspectos, la forma de cálculo del requerimiento de patrimonio efectivo por riesgo de crédito;

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