Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2016 (27/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 258

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NORMAS LEGALES

Miércoles 27 de julio de 2016 /

El Peruano

Breña"; cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al señor Acalde para que vía Decreto de Alcaldía efectúe las adecuaciones o actualización que correspondan para el mejor cumplimiento del Plan aprobado en el artículo precedente Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Servicios Comunales y Gestión Ambiental y a la Gerencia de Planificación, Presupuesto, Racionalización, OPI y Cooperación Interinstitucional, adecuar la "Actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos 2016-2020" al techo presupuestal existente. Asimismo, encárguese a la Sub-Gerencia de Estadística e Informática su publicación y difusión en el portal institucional de la Municipalidad y a la Secretaria General disponer su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique, comunique y cumpla. ÁNGEL A. WU HUAPAYA Alcalde 1408518-1

Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General del Concejo y a la Sub Gerencia de Personal el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 1409249-1

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Aprueban incentivos para promover cumplimiento del Programa de Segregación en la Fuente 2016 a través de sorteos públicos a favor de los vecinos del distrito
ORDENANZA Nº 341-2016-MDI Independencia, 28 de junio de 2016 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO; El Informe Nº 341-2016-SGLP-GGA de la Sub Gerencia de Limpieza Pública e Informe Técnico Nº052-2016-RPYL-PSF-SGLP-GGA/MDI, Informe Nº 55-2016-GGA/MDI de la Gerencia de Gestión Ambiental, Memorando Nº 529-2016-GPPR/MDI de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, Informe Legal Nº 347-2016-GAL/MDI de la Gerencia de Asesoría Legal, Informe Nº 214-2016-GAF/MDI de la Gerencia de Administración y Finanzas y el Memorando Nº 17952016-GM/GM/MDI sobre la cobertura presupuestal del Programa de Segregación en la Fuente 2016, en el marco del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el año 2016; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 28607 "Ley de Reforma Constitucional", establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; radicando esta facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades"; Que, el Art. 9º de la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades" establece en su inciso 29) que corresponde al concejo municipal aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas, así como el régimen de administración de los servicios públicos locales. Asimismo, el Art. 55º de la misma Ley establece que los bienes, rentas y derechos de cada municipalidad constituyen su patrimonio; Que, en conformidad con el artículo 43º del Título VII de la Ley 27314 "Ley General de los Residuos Sólidos" que establece que "Las autoridades sectoriales y municipales establecerá condiciones favorables que directa o indirectamente generen un beneficio económico, a favor de aquellas personas o entidades que desarrollen acciones de minimización, segregación de materiales en la fuente para su reaprovechamiento..."; Que, en conformidad con el numeral 1) del artículo 142º del Capítulo II del Título X del D.S. 057 -2004 ­PCM, Reglamento de la Ley General de los Residuos Sólidos que establece "Beneficios Tributarios y Administrativos"; Que, en el artículo 7º de la Ley Nº 29419 "Ley que regula la actividad de los Recicladores" establece que los gobiernos locales implementan programas de incentivos a la segregación en la fuente, los cuales pueden incluir compensaciones a los contribuyentes a través de la reducción del pago de tarifas o la entrega de bienes o servicios a menos costo o de forma gratuita, o como parte

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Designan Secretaria General del Concejo
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 569-2016-MDCH Chorrillos, 7 de julio de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Nº 271-MDCH se crea la Secretaría Técnica de conformidad con la Ley N° 30057 del Servicio Civil, modificando la Estructura Orgánica de la Municipalidad de Chorrillos aprobada por la Ordenanza N° 197-MDCH que adoptó una estructura gerencial basada en los principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente con el fin de hacer más dinámica la gestión municipal. Que, mediante los Artículos Nº 60 del ROF se establecen las funciones del cargo de Secretario General del Concejo. Que, mediante el expediente Nº 13065-15 del 02 de julio de 2016 la titular de la Secretaría General del Concejo presenta su renuncia al cargo siendo necesario dejar sin efecto la Resolución de su designación. Que, siendo atribución del Alcalde conducir la Política del Personal de la Municipalidad de Chorrillos, correspondiéndole designar, cesar, renovar y/o ratificar a los funcionarios que ejercen cargos de confianza. Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 276 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, y en uso de sus atribuciones conferidas por el Artículo 20º Inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. SE RESUELVE Artículo Primero.- DESIGNAR como Secretaria General del Concejo a la abogada SANDRA ROXANA VELASQUEZ SILVA con Registro del Colegio de Abogados Nº 61638 a partir de la fecha. Artículo Segundo.- El egreso que origine la presente Resolución se afectará a la Partida Específica correspondiente al Presupuesto vigente de la Municipalidad de Chorrillos por DOS MIL OCHOCIENTOS NUEVOS SOLES mensuales.

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