Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2016 (27/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 259

El Peruano / Miércoles 27 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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de programas de certificación ambiental de empresas o instituciones en general; Que, en su reglamento, el D.S. Nº005 -2010 MINAM, que en su artículo 47º del capítulo I, del título VI, señala "La Municipalidad establecerá progresivamente un bono de incentivo dirigido a los vecinos que participan del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos, para lo cual segregan sus residuos sólidos reaprovechables y los entregan a los recicladores autorizados por la Municipalidad, según la cantidad de los residuos que se producen, al menos una vez por semana"; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 003-2015EF/50.01, se aprueban las Guías metodológicas para el cumplimiento de las metas en el marco del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el año 2016; Que, mediante Informe Nº 341-2016-SGLP/GGA/ MDI de fecha 08 de junio del 2016, la Sub. Gerencia de Limpieza Pública remite el Informe Técnico Nº 052-2016-RPYL-PSF-SGLP-GGA/MDI, sobre el proyecto de Ordenanza que aprueba el sorteo Público entre los vecinos del programa de segregación en la fuente ­ 2016; Que, mediante Informe Nº 55-2016-GGA/MDI de fecha 09 de junio del 2016, la Gerencia de Gestión Ambiental eleva el proyecto de Ordenanza que aprueba los incentivos a través de sorteos públicos entre los vecinos participantes del programa segregación en fuente 2016, en el marco del cumplimiento de la Meta Nº 2; Que, mediante Memorando Nº 529-2016-GPPR/MDI la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización comunica que el monto asignado para la aprobación y ejecución de dicho programa cuenta con un presupuesto total de S/. 208,870.50 (Dos cientos ocho mil ochocientos setenta con 50/100 soles); Que, mediante Informe Legal Nº 347-2016-GAL/MDI de fecha 17 de junio del 2016, la Gerencia de Asesoría Legal opina favorable la emisión de la propuesta de Ordenanza Municipal en mención; Que, mediante Informe Nº 214-2016-GAF/MDI de fecha 21 de junio del 2016, la Gerencia de Administración y Finanzas, Opina favorable la emisión de la propuesta de Ordenanza Municipal mencionada líneas anteriores; Que, mediante Memorando Nº 1795-2016-GM/MDI de fecha 21 de junio del 2016, la Gerencia Municipal remite el proyecto de ordenanza que establece incentivos de sorteos entre los vecinos participantes del programa de segregación en la fuente 2016, en el marco del cumplimiento de la Meta Nº 02 del Plan de Incentivos de la Mejora de la Gestión Municipal, el cual cuenta con la opinión técnica y legal favorable que corresponde, por lo que solicita su elevación al Concejo Municipal para su respectiva aprobación; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal aprobó por MAYORÍA la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE INCENTIVOS A TRAVÉS DE SORTEOS ENTRE LOS VECINOS PARTICIPANTES DEL PROGRAMA DE SEGREGACIÓN EN LA FUENTE 2016 (VPSF) Artículo Primero.- APROBAR los Incentivos que tienen por objeto promover el cumplimiento del Programa de Segregación en la Fuente 2016 a través de sorteos públicos entre los vecinos del distrito de Independencia, que participen constante y activamente de éste. Artículo Segundo.- Para ser reconocido como participante del Sorteo del PSF 2016, el vecino deberá cumplir con los siguientes requisitos: - El vecino (a) participante (mayor de edad) debe estar registrado (a) en el padrón del PSF 2016. - Participar activamente en el PSF 2016 lo que implica la entrega de residuos sólidos reciclables almacenados en el transcurso de una semana al reciclador autorizado en su respectiva zona y horario establecido por el PSF 2016 durante 09 semanas, dentro de éstas, una semana

es agregada por efectos de que el vecino no se encuentre en su vivienda. - Ser propietario (a) de una cuponera intransferible que será otorgada por el municipio de Independencia, el cual será llenado con un (01) sello cada semana de recojo durante las 09 semanas. Artículo Tercero.- Las personas reconocidas como vecinos participantes del Programa de Segregación en la Fuente - VPSF tendrán el siguiente beneficio: - Opción de participar en los sorteos de premiación.Todos los vecinos identificados como Vecino PSF que a la fecha hayan cumplido con el artículo anterior señalado en la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- De los sorteos de premios.- Los premios están constituidos por todos aquellos bienes y/o servicios elegidos por la MDI para ser sorteados entre los vecinos participantes del Programa de Segregación en la Fuente. Para el desarrollo del acto del sorteo, se tendrá en cuenta lo siguiente: - El participante deberá estar inscrito en el padrón del PSF, y contar con un cupón de sorteo emitido por la municipalidad, y entregado por su reciclador. - Para ser acreedor de un premio, el ganador sorteado deberá estar presente en el acto de sorteo o en su defecto estar presente su representante. De salir sorteado y no estar presente el participante o representante, dicho premio será sorteado nuevamente en el mismo acto de sorteo. - El cupón que se deposite en el ánfora deberá registrar mínimamente lo siguiente: - Nombres y Apellidos completos del participante inscrito en el padrón del PSF. - Número de DNI. - El DNI que se presente al momento de reclamar el premio, deberá corresponder a los datos consignados en el cupón ganador sorteado. - Asistir puntualmente al sorteo en el día y la fecha programada, y depositar sus cupones hasta antes del inicio del sorteo; una vez iniciado el sorteo, no habrá opción de depositar sus cupones en al ánfora. - Cada participante podrá participar con un solo cupón a su nombre y ser acreedor a un solo premio sorteado relacionado con su cupón. Para ganar el premio deberá contar con su respectivo DNI en físico y original conforme a su inscripción en el padrón del PSF. Artículo Quinto.- De la representación: En el desarrollo del sorteo, se tendrá en cuenta los siguientes casos especiales y puntuales: - Un asistente al sorteo y además participante inscrito, podrá representar solamente a otro participante inscrito más; pudiendo ganar el premio suyo y el premio de quien representa; es decir, un participante inscrito sólo podrá ganar como máximo dos (02) premios sorteados. Para ganar el premio, el participante inscrito deberá presentar el DNI en físico y original de la persona a quien representa y de sí mismo. - Un asistente al sorteo y que no sea participante inscrito, podrá representar solamente a dos participantes inscritos; pudiendo ganar el premio de los dos a quienes representa; es decir, el asistente al sorteo que no sea participante inscrito, sólo podrá ganar como máximo dos (02) premios sorteados (Uno de cada participante inscrito en el PSF a quien representa). Para ganar el premio, el asistente, deberá presentar el DNI en físico y original de la persona de quien o quienes representa. Artículo Sexto.- De la organización del sorteo: - La Gerencia de Gestión Ambiental realizará tres sorteos en el presente año 2016, realizándose en un Acto Público el sorteo de los premios a ser entregados a los

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