Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2016 (27/07/2016)
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TEXTO DE LA PÁGINA 260
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NORMAS LEGALES
Miércoles 27 de julio de 2016 /
El Peruano
Vecinos Participantes del Programa Segregación en la Fuente. - El acto del sorteo se realizará con la presencia del Alcalde o su representante, así como con la presencia de un Notario Público o veedor de la Municipalidad. - La Gerencia de Gestión Ambiental deberá emitir el Informe del Sorteo a la Gerencia de Secretaría General, así como también remitirá copia del mismo a la Gerencia de Administración y Finanzas para el control de los premios y a la Gerencia Municipal para su supervisión. Artículo Sétimo.- El financiamiento para el Incentivo y Reconocimiento al Vecino del Programa de Segregación en la Fuente VPSF será financiado por Recursos propios de la Entidad Edil, con certificación de la disponibilidad presupuestaria por parte de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, con la opinión favorable de la Gerencia de Administración y Finanzas. Algún otro recurso reconocido como donación de personas naturales y/o jurídicas, convenios con Instituciones Privadas u ONG, o por Proyectos de Inversión deberá ser aprobado por Acuerdo de Concejo. La Gerencia de Administración y Finanzas será la responsable de las adquisiciones que corresponda, una vez adquiridos los bienes, serán puestos a disposición de la Gerencia de Gestión Ambiental, para que sean sorteados a favor de los VPSF. Artículo Octavo.- AUTORIZAR al señor Alcalde que vía Decreto de Alcaldía, efectué las modificaciones y/o actualizaciones que corresponda para el mejor cumplimiento de la presente ordenanza, aprobado en el artículo primero. Artículo Noveno.- ENCÁRGUESE a la Sub. Gerencia de Tecnología de la Información y de la Comunicación y a la Sub. Gerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal la difusión de la lista de ganadores de los SORTEOS ENTRE LOS VECINOS PARTICIPANTES DEL PROGRAMA DE SEGREGACIÓN EN LA FUENTE 2016 (VPSF). DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Los sorteos en el Plan de Incentivos dispondrán de un presupuesto de S/. 54,900.00 Distribuidos referencialmente de la siguiente manera:
PRIMER SORTEO SEGUNDO SORTEO TERCER SORTEO Semana del sorteo Disposición Económica Tercera semana de Primera semana de Agosto del 2016 Octubre del 2016 S/. 18300.00 60 Kits de limpieza 15 Planchas 30 Licuadoras 10 Batidoras 10 Hervidor 10 Olla arrocera 2 Televisor S/. 18300.00 60 Kits de limpieza 15 Planchas 30 Licuadoras 10 Batidoras 10 Hervidor 10 Olla arrocera 2 Televisor Segunda semana de Diciembre del 2016 S/. 18300.00 60 Kits de limpieza 15 Planchas 30 Licuadoras 10 Batidoras 10 Hervidor 10 Olla arrocera 2 Televisor
- REPRESENTANTE: persona que representa a un (01) participante del PSF, o a dos (02) participantes PSF como máximo en caso de asistir como un participante no inscrito. - ASISTENTE: persona que está presente en el momento del sorteo público del Programa de Segregación en la Fuente, ya sea en calidad de representante o participante. Cuarta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 1409067-1
Aprueban el Reglamento Interno de Trabajo de la Municipalidad
(Se publica la presente Resolución de Alcaldía de la Municipalidad de Independencia, solicitado mediante Oficio Nº 040-2016-GSG-MDI, recibido el 26 de julio de 2016) RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 909-2015-MDI Independencia, 31 de diciembre del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA VISTO: Los informes N° 660-2015, N° 798-2015, N° 1364-2015, N° 1406-2015, 1459-2015- SGP/GAF/MDI emitido por la Sub Gerencia de Personal, los Memorandos N° 762-2015, N°467-2015, N°1300-2015-GPPR/GM/ MDI de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización; Informe N° 123-2015 de la Gerencia de Administración y Finanzas, Memorandos 222-2015 y 573-2015-GAL/MDI de la Gerencia de Asesoría Legal y el Memorando 2791-2015-GM/MDI de la Gerencia Municipal: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en su Artículo 194° reconoce a las Municipalidades Distritales su calidad de Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo señalado en el Art. 2° del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972. Que, mediante el informe N° 660-2015- SGP/GAF/MDI la Sub Gerencia de Personal informa que la Municipalidad de Independencia emitió la Resolución de Alcaldía 7692013-MDI aprobando el Reglamento Interno de Trabajo del personal empleado, personal bajo el Régimen de Contratación Administrativa de Servicios y la de Obreros de la Municipalidad Distrital de Independencia1; sin embargo la Sub Dirección de Registros Generales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo realizó observaciones respecto del contenido del referido Reglamento Interno de Trabajo-en adelante RIT-, en el sentido de que: i) incumplimiento de lo señalado por la Resolución Ministerial N° 376-2008-TR sobre Medidas Nacionales frente al VIH y SIDA en el lugar de trabajo2 ; ii) el RIT no cumplía con lo señalado por la Ley General para la Prevención y Control de los Riesgos del Consumo del Tabaco3; y iii) cuando se presentó el RIT, ésta debía de
Premios a sortear
Segunda.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Gestión Ambiental, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización y a la Sub. Gerencia de Tecnología de la Información y la Comunicación, el cumplimiento de la presente Ordenanza, de acuerdo a su competencia. Tercera.- En relación al sorteo y de los conceptos de la presente ordenanza, se tendrá en cuenta las siguientes definiciones: - PSF: Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos. - PADRÓN DEL PSF: listado de personas, con sus datos completos, que pertenecen al Programa de Segregación en la Fuente. - PARTICIPANTE INSCRITO: aquella persona que está inscrita en el padrón del PSF y que participa activamente del Programa de Segregación en la Fuente.
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Mediante Resolución de Alcaldía 291-2014-MDI del 11 de abril del 2014, se corrigió un error de tipo material referido a las faltas consideradas graves y la correspondiente a la jornada semanal máxima de prestación de servicios del personal CAS. El artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 376-2008-TR. Artículo 12° del Decreto Supremo N° 001-2011-SA.