Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2016 (27/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 260

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NORMAS LEGALES

Miércoles 27 de julio de 2016 /

El Peruano

Vecinos Participantes del Programa Segregación en la Fuente. - El acto del sorteo se realizará con la presencia del Alcalde o su representante, así como con la presencia de un Notario Público o veedor de la Municipalidad. - La Gerencia de Gestión Ambiental deberá emitir el Informe del Sorteo a la Gerencia de Secretaría General, así como también remitirá copia del mismo a la Gerencia de Administración y Finanzas para el control de los premios y a la Gerencia Municipal para su supervisión. Artículo Sétimo.- El financiamiento para el Incentivo y Reconocimiento al Vecino del Programa de Segregación en la Fuente­ VPSF será financiado por Recursos propios de la Entidad Edil, con certificación de la disponibilidad presupuestaria por parte de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, con la opinión favorable de la Gerencia de Administración y Finanzas. Algún otro recurso reconocido como donación de personas naturales y/o jurídicas, convenios con Instituciones Privadas u ONG, o por Proyectos de Inversión deberá ser aprobado por Acuerdo de Concejo. La Gerencia de Administración y Finanzas será la responsable de las adquisiciones que corresponda, una vez adquiridos los bienes, serán puestos a disposición de la Gerencia de Gestión Ambiental, para que sean sorteados a favor de los VPSF. Artículo Octavo.- AUTORIZAR al señor Alcalde que vía Decreto de Alcaldía, efectué las modificaciones y/o actualizaciones que corresponda para el mejor cumplimiento de la presente ordenanza, aprobado en el artículo primero. Artículo Noveno.- ENCÁRGUESE a la Sub. Gerencia de Tecnología de la Información y de la Comunicación y a la Sub. Gerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal la difusión de la lista de ganadores de los SORTEOS ENTRE LOS VECINOS PARTICIPANTES DEL PROGRAMA DE SEGREGACIÓN EN LA FUENTE 2016 (VPSF). DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Los sorteos en el Plan de Incentivos dispondrán de un presupuesto de S/. 54,900.00 Distribuidos referencialmente de la siguiente manera:
PRIMER SORTEO SEGUNDO SORTEO TERCER SORTEO Semana del sorteo Disposición Económica Tercera semana de Primera semana de Agosto del 2016 Octubre del 2016 S/. 18300.00 60 Kits de limpieza 15 Planchas 30 Licuadoras 10 Batidoras 10 Hervidor 10 Olla arrocera 2 Televisor S/. 18300.00 60 Kits de limpieza 15 Planchas 30 Licuadoras 10 Batidoras 10 Hervidor 10 Olla arrocera 2 Televisor Segunda semana de Diciembre del 2016 S/. 18300.00 60 Kits de limpieza 15 Planchas 30 Licuadoras 10 Batidoras 10 Hervidor 10 Olla arrocera 2 Televisor

- REPRESENTANTE: persona que representa a un (01) participante del PSF, o a dos (02) participantes PSF como máximo en caso de asistir como un participante no inscrito. - ASISTENTE: persona que está presente en el momento del sorteo público del Programa de Segregación en la Fuente, ya sea en calidad de representante o participante. Cuarta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 1409067-1

Aprueban el Reglamento Interno de Trabajo de la Municipalidad
(Se publica la presente Resolución de Alcaldía de la Municipalidad de Independencia, solicitado mediante Oficio Nº 040-2016-GSG-MDI, recibido el 26 de julio de 2016) RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 909-2015-MDI Independencia, 31 de diciembre del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA VISTO: Los informes N° 660-2015, N° 798-2015, N° 1364-2015, N° 1406-2015, 1459-2015- SGP/GAF/MDI emitido por la Sub Gerencia de Personal, los Memorandos N° 762-2015, N°467-2015, N°1300-2015-GPPR/GM/ MDI de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización; Informe N° 123-2015 de la Gerencia de Administración y Finanzas, Memorandos 222-2015 y 573-2015-GAL/MDI de la Gerencia de Asesoría Legal y el Memorando 2791-2015-GM/MDI de la Gerencia Municipal: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en su Artículo 194° reconoce a las Municipalidades Distritales su calidad de Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo señalado en el Art. 2° del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972. Que, mediante el informe N° 660-2015- SGP/GAF/MDI la Sub Gerencia de Personal informa que la Municipalidad de Independencia emitió la Resolución de Alcaldía 7692013-MDI aprobando el Reglamento Interno de Trabajo del personal empleado, personal bajo el Régimen de Contratación Administrativa de Servicios y la de Obreros de la Municipalidad Distrital de Independencia1; sin embargo la Sub Dirección de Registros Generales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo realizó observaciones respecto del contenido del referido Reglamento Interno de Trabajo-en adelante RIT-, en el sentido de que: i) incumplimiento de lo señalado por la Resolución Ministerial N° 376-2008-TR sobre Medidas Nacionales frente al VIH y SIDA en el lugar de trabajo2 ; ii) el RIT no cumplía con lo señalado por la Ley General para la Prevención y Control de los Riesgos del Consumo del Tabaco3; y iii) cuando se presentó el RIT, ésta debía de

Premios a sortear

Segunda.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Gestión Ambiental, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización y a la Sub. Gerencia de Tecnología de la Información y la Comunicación, el cumplimiento de la presente Ordenanza, de acuerdo a su competencia. Tercera.- En relación al sorteo y de los conceptos de la presente ordenanza, se tendrá en cuenta las siguientes definiciones: - PSF: Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos. - PADRÓN DEL PSF: listado de personas, con sus datos completos, que pertenecen al Programa de Segregación en la Fuente. - PARTICIPANTE INSCRITO: aquella persona que está inscrita en el padrón del PSF y que participa activamente del Programa de Segregación en la Fuente.

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Mediante Resolución de Alcaldía 291-2014-MDI del 11 de abril del 2014, se corrigió un error de tipo material referido a las faltas consideradas graves y la correspondiente a la jornada semanal máxima de prestación de servicios del personal CAS. El artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 376-2008-TR. Artículo 12° del Decreto Supremo N° 001-2011-SA.

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