Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2016 (27/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 261

El Peruano / Miércoles 27 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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hacerse en un solo ejemplar, pero haciendo una distinción por capítulos o artículos. Al no haberse levantado las observaciones dentro del plazo otorgado por dicha Sub Dirección, se resolvió declarar por no presentada la solicitud de aprobación del RIT. Que mediante Informe N° 798-2015-SGP/GAF/MDI, la Sub Gerencia de Personal ­en atención a la expresado por Sub Dirección de Registros Generales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, expresa que con la finalidad de que la Municipalidad cuente con un Reglamento han procedido a su reformulación, adecuándola a las observaciones del Ministerio y actualizándolo a los nuevos lineamientos de la Ley N° 30057. Que, a través del memorando 222-2015-GAL/MDI la Gerencia de Asesoría Legal, en referencia al Informe N° 798-2015 de la Sub Gerencia de Personal, emite opinión favorable por su aprobación, señalando que en el presente proyecto de reglamento interno se ha tomado en cuenta las observaciones, incorporándose las indicaciones formuladas por la Dirección Nacional de Registro General del Ministerio de Trabajo. De tal manera que el proyecto materia del presente informe es un documento estructurado, dividido en 7 títulos, con un total de 325 artículos, 4 disposiciones complementarias, 5 disposiciones especiales y 5 disposiciones finales. Que, mediante informe N° 123-2015-GAF/MDI la Gerencia de Administración y Finanzas, se pronuncia respecto al Informe N° 798-2015 de la Sub Gerencia de Personal, opina de manera favorable por que sea aprobado el RIT, al cumplir con la normatividad aplicable y el desarrollo armonioso de las relaciones laborales. Que mediante Informe N° 1364-2015, la Sub Gerencia de Personal informa que se han subsanado las observaciones efectuadas, por las áreas orgánicas, referidas a algunos artículos señalados en el proyecto del RIT. Luego de ello, la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización en su memorando N°4672015-GPPR/MDI solicita se haga la corrección a la redacción del articulado en el RIT; dando como respuesta que la Sub Gerencia de Personal emita el Informe N° 1406-2015-SGP/GAF/MDI, con la cual da respuesta a lo solicitado, precisando que las observaciones de dicha Gerencia han sido atendidos e incluidos en el proyecto del RIT, haciendo el detalle correspondiente. Que, con el Memorando N° 1300-2015-GPPR/ GM/MDI la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, luego de revisado el Informe N° 1406-2015-SGP/GAF/MDI, concluye que se cuenta con la explicación suficiente y tiene por subsanado las observaciones, dando opinión favorable para el trámite de su aprobación. Que, mediante el Informe 1459-2015- SGP/GAF/ MDI la Sub Gerencia de Personal, luego de haber subsanado las recomendaciones efectuadas, solicita se prosiga con el trámite para que se emita el acto resolutivo correspondiente; luego de ello fue derivado a la Gerencia de Asesoría Legal, quien mediante el Informe N° 5732015-GAL/MDI se ratifica en la opinión vertida en su memorando 222-2015-GAL/MDI. Que, mediante el memorando 2791-2015-GM/MDI la Gerencia Municipal eleva los actuados a fin de que se emita el acto resolutivo respectivo y atendiendo que un Reglamento Interno de Trabajo establece las normas genéricas del comportamiento laboral, que deben observar todos los trabajadores de la Municipalidad Distrital de Independencia, indistintamente del régimen laboral que los vincule con la finalidad de conservar y fomentar la armonía en las relaciones laborales entre entidad y sus trabajadores; por lo que en uso de las atribuciones señaladas por numeral 6) del artículo 20° de la Ley 27972: SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO de la Municipalidad Distrital de Independencia, el mismo que consta de siete ( 07) títulos, trescientos veinticinco (325) artículos, cuatro (04) disposiciones complementarias, cinco (05) disposiciones especiales y cinco (05) disposiciones finales. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía 769-2013-MDI de fecha 30 de

septiembre del 2013 que aprobó el Reglamento Interno de Trabajo del personal empleado, personal bajo el Régimen de Contratación Administrativa de Servicios-CAS y la de Obreros de la Municipalidad Distrital de Independencia. Articulo Tercero.- DISPONGO la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y sus anexos en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Independencia www.muniindependencia.gob. pe una vez aprobados por la Autoridad Administrativa de Trabajo, encargándose a la Gerencia de Secretaría General y la Sub Gerencia de Tecnología de la Información respectivamente. Artículo Cuarto.- DISPONGO que la Sub Gerencia de Personal cumpla con lo señalado por el artículo 4° del Decreto Supremo Nº 039-91-TR, esto es la presentación del RIT ante la Autoridad Administrativa de Trabajo en tres (3) ejemplares; y una vez aprobada, proceda con hacer de conocimiento de los trabajadores de la MDI a través de un ejemplar del RIT, dándose cuenta de ello a la Autoridad competente, dentro de los cinco días naturales de producido el referido acto. Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas Regístrese, comuníquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 1409069-1

MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
Aprueban Reglamento de la Ordenanza N° 289, Ordenanza que promueve la formalización de los recicladores de residuos sólidos en el distrito de La Molina
DECRETO DE ALCALDÍA N° 011-2016 La Molina, 22 de julio de 2016 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO: El Informe N° 040-2016-MDLM-GGAOP y los Memorandos N° 667 y N° 668-2016-MDLM-GGAOP, de la Gerencia de Gestión Ambiental y Obras Públicas, sobre la propuesta de Reglamento de la Ordenanza N° 289, Ordenanza que Promueve la Formalización de los Recicladores de Residuos Sólidos en el Distrito de La Molina; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27314, Ley General de Residuos Sólidos, dispone en su Artículo 4° inciso 9), que es política nacional promover la iniciativa y participación activa de la población, la sociedad civil organizada y el sector privado en la gestión y el manejo de los residuos sólidos; Que, la Ley N° 29419, Ley que Regula la Actividad de Recicladores, tiene por objeto establecer el marco normativo para la regulación de las actividades de los trabajadores del reciclaje, orientada a la protección, capacitación y promoción del desarrollo social y laboral, promoviendo su formalización, asociación y contribuyendo a la mejora en el manejo ecológicamente eficiente de los residuos sólidos en el país; Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en el numeral 6) del Artículo 20° establece como atribución del Alcalde: "Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas"; asimismo en el Artículo 42° dispone que: "Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés

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