Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2016 (27/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 266

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NORMAS LEGALES

Miércoles 27 de julio de 2016 /

El Peruano

a fin de implementarlo en el distrito y de esta forma dar cumplimiento a la meta antes mencionada; Que, mediante Informe Nº 424-2016-GAJ/MLV, de fecha 25 de julio del 2016, el Gerente de Asesoría Jurídica opina favorablemente por la emisión del Decreto de Alcaldía que aprueba el "Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios al 39 % de Viviendas Urbanas del Distrito de La Victoria"; Que, mediante Proveído Nº 1603-2016-GM/MLV, de fecha 25 de julio del 2016, la Gerencia Municipal remite a Secretaría General el proyecto para la continuación del acto administrativo correspondiente; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL INCISO 6) DEL ARTÍCULO 20º Y DEL ARTÍCULO 42º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES ­ LEY Nº 27972. CON LA VISACIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL, GERENCIA DE GESTIÓN AMBIENTAL, GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO Y GERENCIA DE ASESORÍA JURÍDICA; SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el "Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en un 39% de Viviendas Urbanas del Distrito de la Victoria" con el objeto de mejorar la gestión ambiental de los residuos sólidos, involucrando la participación activa de las organizaciones sociales y vecinos del distrito, el cual forma parte integrante del presente Decreto como Anexo I. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento y difusión del presente Decreto de Alcaldía a Gerencia Municipal, Gerencia de Gestión Ambiental, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; y demás áreas pertinentes. Artículo Tercero.- Disponer a Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a Subgerencia de Tecnología de la Información su publicación en el portal institucional. Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. ELIAS CUBA BAUTISTA Alcalde 1409441-1

MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Aprueban Plan de Desarrollo Local Concertado 2016 - 2021 de la Municipalidad Distrital de Los Olivos
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 441-CDLO Los Olivos, 21 de julio de 2016 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 009-2016-MDLO/CPSGC de la Comisión Permanente de Economía y Presupuesto. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada mediante Leyes de Reforma Constitucional Nº 27680, Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el Artículo 97º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, indica que los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y sus presupuestos participativos tienen un carácter orientador de la inversión, asignación y ejecución de los recursos municipales, respondiendo fundamentalmente a los principios de participación, transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas, inclusión, eficacia, eficiencia, equidad, sostenibilidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiaridad, consistencia de las políticas locales, especialización de las funciones, competitividad e integración, siendo su aprobación una de las atribuciones del Concejo Municipal, tal como lo establece el numeral 1) del Artículo 9º de la referida ley de desarrollo constitucional; Que, el Artículo 17º numeral 17.1) de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralización establece que los gobiernos regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública. Para este efecto deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas; Que, con Informe Técnico Nº 030-2016-CEPLANDNCP/MPCC de fecha 06 de julio de 2016, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico, luego de revisar los resultados de la Actividad Nº 04 del proceso de formulación, emite opinión favorable indicando que el proyecto del Plan de Desarrollo Local Concertado, presentado por la Municipalidad Distrital de Los Olivos, cumple satisfactoriamente lo establecido en la Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico y la Guía para el Cumplimiento de la Meta 03 emitidas por el CEPLAN, por lo que, recomienda proseguir con la aprobación de este mismo; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 73-2016MDLO de fecha 26 de febrero de 2016, se conforma la Comisión de Planeamiento Estratégico y el Equipo Técnico de Planeamiento Estratégico; Que, mediante Informe Nº 109-2016-MDLO/GPP/ SPR de fecha 12 de julio de 2016, la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización refiere que el Plan de Desarrollo Concertado de la Municipalidad de Los Olivos 2016-2021 se formuló en base a los procedimiento metodológicos indicados en la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN ­ "Directiva General del proceso de Planeamiento Estratégico ­ Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico" y en la Guía para el cumplimiento de Meta 03 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el año 2016 contando con una opinión técnica favorable; Que, con Informe Nº 461-2016/MDLO/GAJ de fecha 14 de julio de 2016 la Gerencia de Asesoría Jurídica opina sobre la procedencia de aprobar el Plan de Desarrollo Local Concertado 2016-2021 de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, por cuanto se ajusta a las disposiciones legales vigentes; Estando a lo expuesto y en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 9º numeral 8) y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, el pleno del Concejo Municipal, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó por MAYORÍA la siguiente: ORDENANZA Nº 441 -2016/CDLO QUE APRUEBA EL PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO 2016-2021 Artículo Primero.- APROBAR el PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO 2016-2021 de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, como documento de gestión orientador de todos los actores ­ públicos y privados - del desarrollo en el ámbito local, el cual consta de cuatro (04) Capítulos: Capítulo I, numeral 1; Capítulo II, numeral 2; Capitulo III, numeral 3 con cinco (05) sub numerales; Capitulo IV, numeral 4 con cinco (05) sub numerales; y once (11) anexos cuyo ejemplar forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la GERENCIA MUNICIPAL a la GERENCIA DE PLANIFICACIÓN

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