Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2016 (27/07/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 262

595184

NORMAS LEGALES

Miércoles 27 de julio de 2016 /

El Peruano

para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante D.S. N° 400-2015-EF se aprobaron "Los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016", y con Resolución Directoral N° 003-2016-EF/50.01 se aprobaron los "Instructivos para el Cumplimiento de las Metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016", correspondientes a las Metas 01 al 14, cuya fecha máxima de cumplimiento es el 31 de julio del año 2016 y correspondiente a las Metas del Nº 15 al Nº 45 al 31 de diciembre del 2016, figurando la Meta Nº 02: "Implementar un Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en Viviendas Urbanas del Distrito, Según los Porcentajes Categorizados", para Municipalidades de Ciudades Principales Tipo A"; Que, la Guía para el Cumplimiento de la Meta N° 02, contempla en el Cuadro de Actividades y Nivel de Cumplimiento, a la "ACTIVIDAD 4. Implementación del programa de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos domiciliarios, apreciándose el "Cuadro de Consideraciones" en los que se requiere para el cumplimiento de dicha actividad, la presentación entre otros documentos de la copia de la Ordenanza Municipal y su Reglamento que aprueba la formalización de recicladores; Que, la Municipalidad de La Molina con fecha 12 de mayo del 2015 aprobó la Ordenanza N° 289, Ordenanza que Promueve la Formalización de los Recicladores de Residuos Sólidos en el Distrito de La Molina, con el objeto de establecer el marco técnico normativo necesario para la formalización de las organizaciones de segregadores de residuos sólidos, dedicadas a la recolección selectiva de residuos sólidos en la jurisdicción de La Molina, a fin de promover una mejora en la calidad de dichas labores y propiciar un mejor manejo de los residuos sólidos a nivel local; asimismo en su Primera Disposición Final estipula: "Facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza"; Que, la Gerencia de Gestión Ambiental y Obras Públicas mediante Informe N° 040-2016-MDLM-GGAOP y Memorandos N° 667 y N° 668-2016-MDLM-GGAOP, informa que respecto del cumplimiento de la Meta Nº 02 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016, se requiere contar con el Reglamento de la Ordenanza N° 289, para lo cual ha elaborado el proyecto de Reglamento que regula complementariamente los aspectos desarrollados por la Ordenanza N° 289, como especificaciones sobre el contenido del registro municipal, de la credencial municipal, de la indumentaria mínima recomendada, identificación de los vehículos utilizados, incentivos a los participantes en el programa de segregación en la fuente, educación y comunicación ambiental, fiscalización, supervisión y sanciones; materias que se circunscriben al marco normativo establecido por la Ley N° 29419, Ley que Regula la Actividad de los Recicladores y su Reglamento aprobado por D.S. N° 005-2010-MINAM; Estando a lo expuesto, contando con la opinión de la Gerencia de Asesoría Jurídica con Informe N° 234-2016-MDLM-GAJ, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional con Informe N° 114-2016-MDLM-GPPDI y de la Gerencia Municipal con Memorando N° 221-2016-MDLM-GM, y en uso de las facultades conferidas en los Artículos 20° numeral 6) y 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO DE LA ORDENANZA N° 289, ORDENANZA QUE PROMUEVE LA FORMALIZACIÓN DE LOS RECICLADORES DE RESIDUOS SÓLIDOS EN EL DISTRITO DE LA MOLINA, el cual consta de 21 Artículos, siete (07) Títulos, una Disposición Transitoria y Final y cuatro (04) Anexos, que forman parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en

el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de Información la publicación del presente Decreto y el Reglamento en el Portal Institucional de la Municipalidad de La Molina www.munimolina.gob.pe; en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano: www.serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 1409152-1

Modifican el "Anexo N° 1 - Cronograma" de la Ordenanza N° 315, que regula el Proceso de Presupuesto Participativo correspondiente al Año Fiscal 2017
DECRETO DE ALCALDÍA N° 012-2016 La Molina, 26 de julio de 2016 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO: El Informe Nº 107-2016-MDLM-GPPDI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, sobre modificación del Anexo N° 1 de la Ordenanza N° 315, que Regula el Proceso de Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2017, en el Distrito de La Molina; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 142-2009-EF, definen y establecen pautas para la Participación Ciudadana en el proceso de toma de decisiones relativo a la asignación de los recursos públicos en los procesos de elaboración del Plan de Desarrollo Concertado y del Presupuesto Participativo; y con Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01, se aprobó el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01 - Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, teniendo como objetivo establecer mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales; Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en el numeral 6) del Artículo 20° establece como atribución del Alcalde: "Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas"; asimismo en el Artículo 42° dispone que: "Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, con fecha 16 de junio del 2016, se aprobó la Ordenanza N° 315, que Regula el Proceso de Presupuesto Participativo correspondiente al Año Fiscal 2017, en el Distrito de La Molina, la cual contiene el Anexo N° 1 Cronograma de Ejecución de Actividades de las Fases del Proceso del Presupuesto Participativo, y el Anexo N° 2 - Criterios de Priorización del Proceso del Presupuesto Participativo 2017; Que, el Artículo 19° de la Ordenanza N° 315 establece las Fases del Proceso del Presupuesto Participativo, siendo las siguientes: Fase de Preparación, Fase de Concertación, Fase de Coordinación entre Niveles de Gobierno y la Fase de Formalización; en ese sentido, en la Fase de Concertación se prevé la realización de talleres para desarrollar un trabajo concertado de diagnóstico, identificación, evaluación técnica y priorización de los proyectos de inversión, siendo a su vez dichos talleres, de "Revisión e Identificación de Proyectos" y de "Formalización de Acuerdos y Compromisos";

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.