Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2016 (22/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

Sábado 22 de octubre de 2016 /

El Peruano

día 19 de octubre en el Departamento de Lambayeque y el lugar de llegada en Lima, conforme al evento programado, será el 23 de octubre de 2016, en la Plaza de Armas de Lima, donde se realizará la premiación de los ganadores. Concluyendo que la Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional de la Gerencia de Planificación, en aplicación de la Directiva Nº 002-2012-MML-GP "Normas y Procedimientos para aceptar donaciones a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima", da su conformidad al trámite sustentado por el Proyecto Especial Metropolitano de Transporte No Motorizado, por lo que se sugiere la aceptación de la donación valorizada en S/ 4,000.00 (Cuatro mil con 00/100 Soles). En ese sentido, se lleva a consideración de su Despacho, la siguiente documentación: - Memorando Nº 1767-2016-MML-GTU, del 10 de octubre de 2016. - Memorando Nº 712-2016-MML-GTU-PEMTNM, del 07 de octubre de 2016. - Memorando Nº 711-2016-MML-GTU-PEMTNM, del 07 de octubre de 2016. - Depósito de INTERBANK N° 1968983 a la cuenta de fideicomiso MML Inversión TDA 075 REG B25256TRA 210-0492658 de fecha 06 de octubre del 2016. - Oficio Nº 167-2016-MML-GTU-PEMTNM, del 01 de julio de 2016 - Carta de fecha 28 de setiembre 2016, emitido por MONARK (PERÚ) S.A Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; y por lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, en su Dictamen N° 160-2016-MML-CMAEO; ACORDÓ: Artículo Único.- Aceptar, la donación dineraria valorizada en S/ 4,000.00 (Cuatro mil con 00/100 Soles), donados por la empresa MONARK (PERU) S.A. con RUC 20100004756, a favor del Proyecto Especial Metropolitano de Transporte No Motorizado, en el marco de la "IX Edición de la Vuelta Ciclística al Perú Chiclayo-Lima", de la Gerencia de Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1444191-1

oralmente o por escrito ante el Alcalde Provincial o Distrital del domicilio de cualquiera de ellos precisando los requisitos, así mismo al artículo 252 del Código Civil, señala que la autoridad municipal puede dispensar de la publicación de avisos matrimoniales. Que es función específica de los Gobiernos Locales en materia de población y participación vecinal fomentar su bienestar, siendo de su competencia organizar y administrar la presentación de los servicios públicos esenciales, como es el caso de Registro Civil. Que dentro de este contexto, a través de la Sub Gerencia de Registro Civil, solicita mediante Informe N° 24-2016-SGRC/MDPN de fecha 09 de Setiembre de año 2016, la aprobación para realizar el "Primer Matrimonio Civil Comunitario 2016, programado para el día 19 de Noviembre del presente año, a horas 11.00 a.m. así como la dispensa de la publicación de los edictos matrimoniales, siendo la política de la municipalidad brindar a los vecinos que deseen unirse en matrimonio los mecanismos legales y facilidades que les permita formalizar su situación de convivencia, con la finalidad de fortalecer a la familia como célula básica de la sociedad, por lo que corresponde aprobar la realización del matrimonio civil. Estando de conformidad con las facultades conferidas por inciso b) del artículo 9, de la Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, el concejo Municipal aprobó por Unanimidad, con dispensa de lectura y aprobación del Acto lo siguiente: ORDENANZA "PRIMER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2016" Artículo Primero.- AUTORIZAR la celebración del "PRIMER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2016", el mismo que se realizará el sábado 19 de noviembre del 2016, a las 11.00 a.m. en la "Playa Bikini", del distrito de Punta Negra. Artículo Segundo.- Los contrayentes que participen en el Matrimonio Civil deberán presentar los siguientes documentos: 1. Partida de Nacimiento original (de ambos) actualizado valido 03 meses (Lima) y 06 meses (Provincia). 2. Certificado de soltería y/o constancia negativa de Matrimonio Civil (RENIEC). 3. Certificado médico Pre Nupcial y Constancia de Consejería Preventiva del ITS, VHI-SIDA, expedida por el área de Salud del Distrito. 4. DNI vigente original y copia de los contrayentes. 5. 02 Formatos de Declaración Jurada de domicilio (Ley N° 28882). 6. DNI vigente original y copia de 02 testigos (No familiares) 7. Dos fotos a color tamaño carnet o pasaporte 8. Derecho de matrimonio costo cero. 9. Charla Pre Matrimonial (en la Municipalidad de Punta Negra) - Los VIUDOS, además de los requisitos. Partida de Matrimonio donde se consigne su condición de viudo y DNI con su nuevo Estado Civil. - Los DIVORCIADOS, además de los requisitos. Partida de Matrimonio con disolución de vínculo matrimonial y DNI con su nuevo estado civil. - Los MENORES DE EDAD, además de los requisitos. Autorización del Juzgado de familia. - Los POLICIAS y MILITARES, además de los requisitos. CIP (Original y copia) y/o DNI (Original y copia) - Los EXTRANJEROS, además de los requisitos. Los documentos presentados deben estar visado por el consulado Peruano del país residencia, hacer la traducción oficial o legalizada en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, copia de pasaporte (con sello de último ingreso al Perú) Legalizado ante Notario Público. Artículo Tercero.- DISPENSAR la publicación de los Edictos Matrimoniales de los contrayentes, en virtud

MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA
Autorizan celebración de Primer Matrimonio Civil Comunitario 2016
ORDENANZA N° 013-2016/MDPN Punta Negra, 29 de Setiembre del 2016 EL ALCALDE LA MUNICIPAL DEL DISTRITAL DE PUNTA NEGRA POR CUANTO: El Concejo Municipal de Punta Negra, en Sesión Ordinaria N° 17 de Concejo de la fecha, y; VISTO: El Informe N° 24-2016 SGRC/MDPN, referente al Proyecto de Ordenanza Municipal sobre la celebración del Primer Matrimonio Civil Comunitario 2016. CONSIDERANDO: Que, el artículo 248 del Código Civil, establece que quienes pretenden contraer matrimonio lo declaran

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