Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2016 (22/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

Sábado 22 de octubre de 2016 /

El Peruano

eventuales o de determinada actividad, previendo las necesidades en que incurra la Municipalidad. c) Autorizar todo concepto de pagos de conformidad con la Directiva de Tesorería. d) Visar Boletas de Pago de personal e) Emisión de Resoluciones referida a aspectos laborales, licencias, vacaciones, pago de pensiones, vacaciones truncas y todo aspecto laboral, en lo que corresponda y no sea competencia de otra unidad estructurada. f) Autorizar el pago de dietas y remuneraciones. g) Suscribir las planillas de pagos de remuneraciones de los trabajadores nombrados y permanentes correspondiente al régimen del D.L. 276 y D.L. 728, y de aquellos que laboran bajo Contratación Administrativa de Servicios (CAS), así como autorizar el pago de las mismas. h) Suscribir contratos y resoluciones que tengan que ver con la contratación de personal, previa verificación del cumplimiento de los requisitos y procedimientos de cobertura y contratación de personal establecidos por el D.L. 276, D.L. 728, D.L. 1057 y su correspondiente Reglamento, asimismo la suscripción de las respectivas addendas. i) Suscribir todo tipo de contratos menores a 3 UIT, que no tengan por objeto la contratación de servicios de elaboración de estudios a nivel de perfil, factibilidad, expediente técnico y la evaluación de dichos estudios. j) Suscribir contratos de Locación de Servicios. k) Suscripción de contratos de arrendamiento. l) Emitir resoluciones de reconocimiento y felicitación al personal destacado. m) Reconocimiento de todo concepto de deuda, donde la Municipalidad se haya beneficiado. n) Disponer trámites de descuentos judiciales y ejecuciones coactivas. o) Comunicar al Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado ­ OSCE, los hechos producidos por los proveedores, participantes, postores, Contratistas y expertos independientes, que pudieran dar lugar a las aplicaciones de sanciones. p) Aprobar las Bases de los Procesos de Selección y autorizar su convocatoria. q) Aprobar los Expedientes de contratación de los procesos de selección correspondiente a la Contratación de Servicios en General, Adquisiciones de Bienes, Consultorías y Ejecución de Obras. r) Aprobar y/o autorizar el otorgamiento de la Buena Pro en los procesos de selección que convoque la Entidad, cuando las propuestas económicas de los postores excedan el valor referencial hasta el límite del diez por ciento (10%) del mismo y se cuente con la asignación suficiente de recursos. s) Contratar complementariamente dentro de los límites asignados por la legislación que regula la materia. t) Representación de la Municipalidad, ante instancias administrativas de Entidades Públicas y Privadas, Organismos Descentralizados, Poderes del Estado y otros, incluso para el pago de multas, derechos, obligaciones y similares. u) Autorizar los Encargos Internos. v) Emitir resoluciones en primera instancia en los asuntos de su competencia otorgados por normas y por el Manual de Organización y Funciones de la Municipalidad. w) Mediante Acto Administrativo declarar la Cancelación del Proceso de selección, cuando corresponda y de acuerdo a las normas que rigen las contrataciones del estado, salvo que el expediente de contratación haya sido emitido por el superior jerárquico. x) Autorizar y suscribir las ordenes de servicio y de compra. y) Autorizar y suscribir los comprobantes de pago. z) Aprobar y autorizar la ejecución de planes o actividades que se ejecuten con la finalidad de cumplir con sus objetivos y/o metas trazados por su Gerencia. Artículo Tercero.- DELEGAR en el Gerente de Infraestructura Urbana y Rural, las competencias y atribuciones que se indican a continuación: a) Aprobación de planes o expedientes técnicos de actividades de mantenimiento de infraestructura, así como

autorizar su ejecución previa verificación del cumplimiento de los requisitos y procedimiento establecido por ley. b) Aprobación de la modificación de los planes o expedientes para actividades de mantenimiento conforme Ley. c) Aprobación de los expedientes técnicos o Estudios Definitivos de los Proyectos de Inversión Pública (PIPs). d) Aprobar las modificaciones que el PIP sufra durante la fase de inversión, previa verificación de los requisitos y procedimientos establecidos por las normas que rigen el Sistema Nacional de Inversión Pública. e) Autorizar la ejecución de los PIPs declarados viables. f) En el caso de Consultorías de obras y ejecución de obras, autorizar vía acto administrativo las ampliaciones de plazo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos y procedimiento establecidos por Ley, tanto en las obras ejecutadas por administración directa y por contrata. g) Emir Resoluciones en primera instancia resolviendo asuntos de su competencia otorgados por la normatividad vigente y por el Manual de Organización y Funciones de la Municipalidad. h) Emitir constancias de posesión previa verificación o inspección ocular de conformidad a la Ley de la Materia. i) Requerir a los contratistas y locadores vía carta notarial o simple, según corresponda, el cumplimiento de sus obligaciones contractuales. j) Suscribir contratos de cesión en uso cuando el terreno es cedido por terceras personas con la finalidad de ejecutarse un proyecto o actividad de mantenimiento. k) Aprobar mediante acto administrativo las liquidaciones física y financiera de las obras ejecutadas por Administración Directa y por Contrato. l) Designar y conformar los Comités de Recepción de Obras, ejecutadas por Administración Directa y por Contrato. Artículo Cuarto.- PRECISAR que las actuaciones que se realicen como consecuencia de la presente delegación de funciones se lleve a cabo en estricto cumplimiento de los requisitos técnicos y legales para una eficiente y eficaz inversión pública, bajo entera responsabilidad del funcionario delegado. Artículo Quinto.- DEJESE sin efecto toda disposición que contravenga el presente acto administrativo. Artículo Sexto.- DISPONER la notificación de la presente Resolución a toda las Unidades Orgánicas de la Municipalidad Provincial de Carhuaz. Artículo Séptimo.- DISPONER la publicación de la presente en el Periódico Mural de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese y archívese. MÁXIMO JESÚS CABALLERO GARCÍA Alcalde Provincial 1444393-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AUCALLAMA
Aprueban la creación de la Comisión Ambiental Municipal del distrito de Aucallama CAM-A
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012-2016-MDA Aucallama, 19 de setiembre de 2016 VISTO: El Concejo Municipal Distrital de Aucallama, en Sesión ordinaria de Concejo Nº 017-2016-MDA, de fecha 15 de Setiembrede 2016, el Gerente de Servicios Públicos y Medio Ambiente del Distrito propone la presente Ordenanza que aprueba la Creación de la Comisión Ambiental Municipal del Distrito de Aucallama

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