Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2016 (15/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

Jueves 15 de setiembre de 2016 /

El Peruano

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a Scotiabank Perú la apertura de oficina especial temporal y el cierre temporal de agencias en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 4345-2016 Lima, 10 de agosto de 2016 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Scotiabank Perú para que se le autorice la apertura de una (01) oficina especial temporal y el cierre temporal de dos (02) agencias, según se detalla en el Anexo adjunto a la presente Resolución; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado;

Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por los artículos 30º y 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa Nº 240-2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a Scotiabank Perú la apertura de una (01) oficina especial temporal por el periodo de cinco meses; y el cierre temporal de dos (02) agencias por el periodo de cuatro meses, según se detalla en el Anexo adjunto a la presente resolución. Artículo Segundo.- Scotiabank Perú deberá comunicar a esta Superintendencia las fechas efectivas correspondientes a la apertura de la oficina especial temporal y al cierre de las dos agencias señaladas en el Anexo adjunto a la presente resolución. A partir de dichas fechas, serán considerados los periodos descritos en el Artículo Primero. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca

ANEXO RESOLUCIÓN SBS Nº 4345-2016 Apertura de oficina especial temporal por cinco meses Autorización Apertura Temporal por cinco meses Tipo Oficina Especial Temporal Denominación Chacarilla 2 Dirección Calle Monte Rosa Nº 104-128 Tienda 10 Período de Operación Cinco (5) meses Distrito Santiago de Surco Provincia Lima Departamento Lima

Cierre temporal por cuatro meses de agencias Autorización Cierre Temporal por cuatro meses Cierre Temporal por cuatro meses 1428285-1 CONSIDERANDO: Que, en sesión de Directorio de fecha 27 de julio de 2016, se acordó la apertura de las referidas Oficinas Especiales; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de las oficinas, conforme lo establece el Procedimiento 11º del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente de esta Superintendencia; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 128832009 de fecha 10 de setiembre de 2009; Tipo Agencia Agencia Denominación Chacarilla Pardo Dirección Calle Monte Rosa Nº 152 Av. José Pardo Nº 683 Período de Operación Cuatro (4) meses Cuatro (4) meses Distrito Santiago de Surco Miraflores Provincia Lima Lima Departamento Lima Lima

Autorizan a CMAC Piura S.A. la apertura de oficinas especiales en los departamentos de Junín, San Martín y Cajamarca
RESOLUCIÓN SBS Nº 4746-2016 Lima, 2 de setiembre de 2016 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por CMAC Piura S.A. para que esta Superintendencia autorice la apertura de tres (03) Oficinas Especiales, según se indica en la parte resolutiva; y,

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