Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2016 (29/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Jueves 29 de setiembre de 2016 /

El Peruano

Que, mediante Sesión Extraordinaria de fecha 13 de setiembre de 2016, el Consejo de Defensa Jurídica del Estado acordó recomendar la aceptación de la renuncia formulada por el señor abogado Walter Mota Rojas a su designación como Procurador Público Anticorrupción Descentralizado del Distrito Judicial de La Libertad, y que se proponga dar término a dicha designación; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068, por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0172008-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia del señor abogado Walter Mota Rojas a su designación como Procurador Público Anticorrupción Descentralizado del Distrito Judicial de La Libertad, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO Ministra de Justicia y Derechos Humanos 1434939-4

Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de la Producción 1434922-5

Aprueban Normas Técnicas Peruanas en su versión 2016 sobre conductores eléctricos y textiles
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 024-2016-INACAL/DN Lima, 23 de setiembre de 2016 VISTO: El Informe N° 015-2016-INACAL/DN.PA CONSIDERANDO: Que, el artículo 10 de la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, establece que las competencias del INACAL, entre ellas, la Normalización se sujeta a lo establecido en el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), el cual contempla en el Anexo 3, el Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, el que establece en el literal J que las instituciones con actividades de normalización elaboran programas de trabajo, entre otros documentos; Que, el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, modificado por Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE, establece que la Dirección de Normalización es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios, y goza de autonomía técnica y funcional; Que, el numeral 18.3 del artículo 18 de la Ley N° 30224, establece que las Normas Técnicas Peruanas promueven la calidad de los bienes y servicios que se ofertan en el mercado, por lo que deben ser revisadas cada cinco (5) años, en concordancia con el literal d) del artículo 36 del Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE; Que, la Dirección de Normalización, en ejercicio de sus funciones de revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas; así como, elaborar y actualizar periódicamente los programas de normalización considerando la demanda del sector público y privado, establecidas en los literales d) y l) del artículo 36 del Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, elaboró y aprobó el Programa de Actualización de Normas Técnicas Peruanas correspondientes al año 2016, a través del Informe N° 001-2016-INACAL/DN - Programa de Actualización, de fecha 24 de febrero de 2016, el mismo que se encuentra publicado en el portal institucional del INACAL; Que, en el marco del citado programa, mediante el Informe N°015-2016-INACAL/DN.PA, señala que luego de realizada la consulta pública, revisión y evaluación respectiva, de 14 Normas Técnicas Peruanas correspondientes a las materias de: a) Conductores eléctricos y b) Textiles y confecciones; corresponde aprobarlas en su versión 2016 y dejar sin efecto las correspondientes versiones anteriores; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo Nº 004-2015-PRODUCE, Reglamento de Organización y

PRODUCE
Aceptan renuncia y encargan funciones de Director Ejecutivo del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 020-2016-PRODUCE Lima, 28 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 009-2015-PRODUCE se designó al señor Fernando Alarcón Díaz como Director Ejecutivo del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, cargo al cual ha formulado renuncia, siendo necesario aceptarla; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Fernando Alarcón Díaz, al cargo de Director Ejecutivo del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar al señor Iván Enrique Castillejo Legtig, Asesor en Gestión de Proyectos para la Dirección Ejecutiva del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, el cargo de Director Ejecutivo del citado Organismo, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular.

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