Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2017 (25/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

Viernes 25 de agosto de 2017 /

El Peruano

docente en el IES y la EES públicos del ámbito nacional, en el marco de lo establecido en la Ley y en el presente Reglamento. 239.2. El proceso de contratación de servicio docente se realiza de acuerdo con las plazas y horas vacantes, disponibles y presupuestadas. 239.3. La DRE emite la resolución que aprueba el contrato de servicios docente y garantiza el pago oportuno de las remuneraciones. Para el caso de las EEST, se encarga el Educatec. 239.4. El Minedu, el Educatec y la DRE supervisan el cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas relacionadas con la contratación de servicio docente, así como la selección de personal en igualdad de oportunidades. 239.5. La DRE puede contratar el servicio de docentes a tiempo completo y a tiempo parcial, a solicitud de los IES y EESP, los cuales pueden financiarse con los recursos presupuestales de las plazas vacantes. Artículo 240. Concurso público de méritos abierto 240.1. El proceso de contratación de docentes regulares se realiza al menos una (1) vez al año, y contempla la difusión masiva de la convocatoria, evaluación y publicación del cuadro de méritos a través de la página web del Minedu, de la DRE, el Educatec y de los propios IES o EES. 240.2. El Minedu provee una plataforma virtual para la realización del concurso público de méritos abierto, la misma que es utilizada por el IES y la EES, el Educatec, la DRE y el propio Minedu, en cuanto corresponda. Artículo 241. Consolidación de plazas Las DRE, el Educatec, los propios IES o EES y el Minedu, según corresponda, difunden el consolidado de todas las plazas vacantes y horas disponibles para contrato de servicio docente. Artículo 242. Comité de evaluación La conformación del comité de evaluación se establece en las normas que emita el Minedu. Artículo 243. Convocatoria El director general del IES y la EEST públicos y la DRE, para el caso de las EESP, convocan a concurso público de méritos para contrato en plazas vacantes y horas disponibles. Artículo 244. Requisitos para la contratación docente 244.1. Los requisitos para acceder a una plaza de contrato docente, según los tipos de docentes contratados, son los siguientes: a. Para los Regulares, los requisitos son: - Grado académico o título equivalente al grado o título del programa formativo en el que se va a desempeñar. - Para el caso del IES y la EEST, dos (2) años de experiencia laboral en su especialidad o en la temática a desempeñarse, distinta a la docente, desarrollada en los últimos cinco (5) años o un (1) año de experiencia como formador-instructor en la especialidad a la que postula. - Para el caso de la EESP, tres (3) años de experiencia docente en Educación Superior en la especialidad a la que postula. b. Para los Altamente especializados, los requisitos son: - Grado académico o título equivalente al grado o título del programa formativo en el que se va a desempeñar. - Para el caso del IES y la EEST, ocho (8) años de trayectoria laboral en su especialidad o en la temática a desempeñarse, distinta a la docente, desarrollada en los últimos quince (15) años o cinco (5) años como formadorinstructor en su especialidad dentro de una empresa del sector productivo o de servicios. - Para la EESP, diez (10) años de experiencia docente en Educación Superior en la especialidad a la que postula, desarrollada en los últimos quince (15) años.

c. Para los Extraordinarios, los requisitos mínimos son: - Haber obtenido por lo menos un (1) reconocimiento de trascendencia nacional y/o internacional por su trayectoria laboral en su especialidad o afín. - Para el IES y la EEST, diez (10) años de trayectoria laboral en su especialidad o en la temática a desempeñarse, distinta a la docente, desarrollada en los últimos diecisiete (17) años. - Para la EESP, diez (10) años de experiencia docente en Educación Superior en la especialidad a la que postula, desarrollada en los últimos quince (15) años. 244.2. Las normas que emita el Minedu pueden establecer excepciones u otros requisitos para la contratación de servicio docente. 244.3. Las plazas y horas para la contratación de docentes altamente especializados y extraordinarios se autorizan con sujeción a la disponibilidad presupuestal y a las normas que el Minedu emita. Artículo 245. Evaluación para renovación de contrato 245.1. La aprobación de una evaluación es condición mínima para la renovación de contrato. 245.2. Para el caso de IES y EEST, el informe sobre la labor del docente que emite el director general se elabora sobre la base del resultado de la evaluación de desempeño realizada en la institución educativa respectiva, de acuerdo con las normas que emite el Minedu. Para el caso de EESP, el proceso de evaluación se establece en dichas normas. Artículo 246. Remuneración, asignaciones y aguinaldos 246.1. Los docentes contratados del IES y la EES públicos perciben una remuneración mensual de acuerdo con el tipo de docente contratado y con la cantidad de horas pedagógicas semanales asignadas. Adicionalmente y de manera mensual, perciben: a. Asignación por trabajo en ámbito rural o de frontera. b. Asignación por servicio en el IES o la EES públicos bilingües. c. Asignación por desempeño de cargo de Gestión Pedagógica, en el caso de IES y EEST. 246.2. Los montos, criterios y condiciones correspondientes a la remuneración y asignaciones anteriormente señaladas son aprobados mediante decreto supremo del Ministerio de Economía y Finanzas, a propuesta del Minedu. 246.3. Los docentes contratados tienen los deberes y derechos establecidos en los artículos 77 y 78 de la Ley, en lo que corresponda, y de acuerdo con las normas que emita el Minedu. 246.4. Para los docentes contratados que laboren en la jornada de trabajo a tiempo parcial, el pago se realiza de manera proporcional a las horas contratadas, incluyendo una (1) hora y treinta (30) minutos por cada seis (6) horas de dictado efectivo para realizar labores de preparación de clase y evaluación. CAPÍTULO XVI CONTRATACIÓN DE ASISTENTES Y AUXILIARES DEL IES Y LA EEST Artículo 247. Contratación El proceso de contratación de asistentes y auxiliares del IES y de la EEST se realiza mediante concurso público abierto y es convocado para cubrir las plazas presupuestadas vacantes, de acuerdo con las normas que establece para tal fin. El Minedu emite las normas para el desarrollo del referido proceso de contratación. Artículo 248. Remuneración, asignaciones Los montos de la remuneración y asignaciones de los asistentes y auxiliares contratados establecidos en la Ley, así como sus características y condiciones, se aprueban mediante decreto supremo, refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas, a propuesta del Minedu.

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