Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2017 (09/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

Domingo 9 de julio de 2017 /

El Peruano

Artículo 324°.- División de Infraestructura y Mantenimiento La División de Infraestructura y Mantenimiento es una unidad orgánica, de cuarto nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Infraestructura y Servicios, encargada de elaborar los estudios para identificar las necesidades de infraestructura y equipamiento de la Institución, elaborar los estándares, documentos y normas técnicas de diseño arquitectónico e ingeniería que se requieran para la construcción, ampliación, remodelación, reconstrucción y acondicionamiento de la infraestructura y su equipamiento, y realizar las acciones vinculadas a la ejecución de las intervenciones antes mencionadas según corresponda. Asimismo, se encarga del acondicionamiento y mantenimiento de la infraestructura de las maquinarias, vehículos, mobiliarios y equipos, así como de elaborar los requerimientos, especificaciones técnicas y términos de referencia, según corresponda. Lo dispuesto en el párrafo anterior no comprende los equipos electromecánicos que soportan los centros de cómputo de la SUNAT, los equipos informáticos, los equipos de comunicaciones y aquellas competencias asignadas a distintos órganos, unidades orgánicas u otros. Artículo 325°.- Funciones de la División de Infraestructura y Mantenimiento Son funciones de la División de Gestión de Infraestructura y Mantenimiento: a) Elaborar y proponer, las acciones relativas a las funciones a su cargo a ser incorporadas en los planes de acción y mantenimiento, así como en la programación multianual de infraestructura y equipamiento y en las estrategias y políticas institucionales, en el ámbito de su competencia. (...) f) Elaborar las propuestas de requerimiento, términos de referencia, especificaciones técnicas de la infraestructura, equipamiento y vehículos institucional, cuando corresponda. g) Elaborar los expedientes técnicos o documentos equivalentes de la inversiones que no constituyan proyectos de inversión, cuando corresponda, y/o estudios que se requieran, cumpliendo con la normatividad aplicable. (...) j) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Infraestructura y Servicios. k) Realizar las acciones vinculadas a la ejecución de la construcción, ampliación, remodelación, reconstrucción que corresponda, así como el acondicionamiento y mantenimiento de la infraestructura y de las maquinarias, mobiliarios, vehículos, y equipos, así como controlar los servicios prestados por terceros, en coordinación con las unidades usuarias a nivel nacional. l) Elaborar el informe que propone la baja de maquinaria, vehículos, mobiliario y equipos y elevar a la Gerencia para su envío a la unidad responsable del control patrimonial. m) Realizar acciones de seguimiento y evaluación de la implementación de la normatividad y procedimientos, así como supervisar la gestión de las áreas de soporte administrativo; en los aspectos de su competencia. Artículo 325°-A.- División de Gestión de Servicios La División de Gestión de Servicios es una unidad orgánica, de cuarto nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Infraestructura y Servicios, encargada de la gestión de los servicios de mensajería, jardinería, limpieza, impresión, pasajes aéreos, energía eléctrica, agua potable, telefonía fija y otros servicios cuya gestión por necesidad institucional requiera ser centralizada, con excepción de las competencias asignadas a otras unidades orgánicas. Asimismo, se encarga de la administración de los servicios de transporte de Lima y Callao.

Artículo 325°-B.- Funciones de la División de Gestión de Servicios Son funciones de la División de Gestión de Servicios: a) Elaborar y proponer las acciones relativas a las funciones a su cargo a ser incorporadas en el plan de acción y las estrategias en el ámbito de su competencia. b) Elaborar y proponer proyectos de opinión técnica y de disposiciones normativas internas relacionadas a las actividades a su cargo. c) Realizar las acciones relativas a los servicios de mensajería, jardinería, limpieza, impresión, pasajes aéreos y demás servicios de su competencia. d) Realizar acciones de seguimiento y evaluación de la implementación de la normatividad y procedimientos, así como supervisar la gestión de las áreas de soporte administrativo; en los aspectos de su competencia. e) Elaborar propuestas de mejora e informes sobre el desempeño de los sistemas y procedimientos aplicados en el ámbito de su competencia. f) Realizar las acciones relativas a la administración de los servicios de transporte y de la flota vehicular de Lima y Callao. g) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Infraestructura y Servicios. (...) Artículo 338°.- Intendencia Nacional de Finanzas y Patrimonio La Intendencia Nacional de Finanzas y Patrimonio es un órgano dependiente de la Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas, encargado de gestionar y supervisar en la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria los sistemas administrativos de presupuesto, contabilidad, tesorería, bienes estatales, de aprobar y aceptar bienes otorgados a favor de la SUNAT y de supervisar las acciones vinculadas a la fase de formulación y evaluación de los proyectos de Inversión, así como los convenios de recaudación con las instituciones que conforman el Sistema Financiero Nacional, de acuerdo a la normatividad aplicable. Asimismo, se encarga de emitir conformidad al Informe de sostenibilidad de las inversiones le sean remitidos para su revisión. Artículo 339°.- Funciones de la Intendencia Nacional de Finanzas y Patrimonio Son funciones de la Intendencia Nacional de Finanzas y Patrimonio: (...) e) Supervisar el proceso de gestión financiera y la fase de formulación y evaluación del ciclo de inversión en la SUNAT. (...) g) Suscribir y supervisar los convenios de recaudación con las instituciones que conforman el Sistema Bancario y Financiero, así como de otras entidades para recibir el pago de deudas tributarias y las adendas correspondientes. (...) j) Emitir conformidad al Informe de sostenibilidad de los proyectos que le sean remitidos para su revisión. (...) n) Aceptar, mediante Resolución de Intendencia, legados, donaciones y otras liberalidades que se hagan a favor de SUNAT; dentro del marco de su competencia. (...) Artículo 341º.- Funciones de la Gerencia Financiera Son funciones de la Gerencia Financiera: (...) n) Aprobar y elevar los informes sobre sostenibilidad de los proyectos que le sean requeridos. (...) Artículo 343°.- Funciones de la División de Formulación, Evaluación y Contabilidad Presupuestal Son funciones de la División de Formulación, Evaluación y Contabilidad Presupuestal:

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