Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2017 (09/07/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 52

52

NORMAS LEGALES

Domingo 9 de julio de 2017 /

El Peruano

de zona primaria para recintos de exposiciones o ferias internacionales, registro voluntario de titulares de derecho, otorgamiento de franquicia aduanera diplomática, incentivos tributarios para el migrante retornado y transferencia de mercancía importada con beneficio tributario. Artículo 281°.- Funciones de la Gerencia de Operadores y Atención a Usuarios Son funciones de la Gerencia de Operadores y Atención a Usuarios: (...) f) Conducir la elaboración del Plan de Acción para la suscripción de los Acuerdos de Reconocimiento Mutuo, alianzas estratégicas y convenios, elevarlo para su aprobación y conducir la ejecución de las actividades previstas en el referido plan, así como conducir su seguimiento. g) Conducir la ejecución de las actividades operativas orientadas al cumplimiento de los compromisos asumidos en los Acuerdos de Reconocimiento Mutuo, así como en las alianzas estratégicas y convenios vinculados al Programa del Operador Económico Autorizado, que disponga la Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera. (...) k) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Intendencia Nacional de Control Aduanero. l) Gestionar la producción y distribución de los formatos, formularios y materiales de difusión que sirven de soporte a los procesos de asistencia y atención al usuario del servicio aduanero a través de los distintos canales de atención, conduciendo la difusión que corresponda en el ámbito de su competencia. m) Conducir la emisión de las resoluciones anticipadas sobre restitución simplificada de derechos arancelarios y sobre reimportación de mercancías reparadas o alteradas. n) Elevar a la Intendencia, la atención de los requerimientos de información de entidades internacionales vinculados a los procesos aduaneros a nivel nacional. o) Determinar las sanciones de suspensión, cancelación e inhabilitación previstas en la Ley General de Aduanas, en el ámbito de su competencia. Artículo 282°.- División de Operador Económico Autorizado La División de Operador Económico Autorizado es una unidad orgánica, de cuarto nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Operadores y Atención a Usuarios, encargada de administrar al Operador Económico Autorizado conforme a las disposiciones normativas y procedimientos correspondientes. Artículo 283°.- Funciones de la División de Operador Económico Autorizado Son funciones de la División de Operador Económico Autorizado: a) Elaborar y proponer proyectos de opinión técnica y de disposiciones relacionadas a los procesos de su competencia. (...) e) Elaborar el Plan de Acción para la suscripción de los Acuerdos de Reconocimiento Mutuo, alianzas estratégicas y convenios, elevarlo para su aprobación y ejecutar las actividades previstas en el referido plan, así como se encarga de su seguimiento. (...) i) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Operadores y Atención a Usuarios. Artículo 283°-A.- División de Autorización de Operadores La División de Autorización de Operadores es una unidad orgánica, de cuarto nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Operadores y Atención a Usuarios, encargada del proceso operativo de autorización

de operadores de comercio exterior, así como de proponer la aplicación de las sanciones de suspensión, cancelación e inhabilitación a los operadores de comercio exterior, por no renovar, adecuar o reponer la garantía dentro del plazo, y aplicar la sanción de multa por no comunicar a la Administración Aduanera, la revocación del representante legal o la conclusión del vínculo contractual del auxiliar dentro de los plazos establecidos. Artículo 283°-B.- Funciones de la División de Autorización de Operadores Son funciones de la División de Autorización de Operadores: (...) d) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Operadores y Atención a Usuarios. e) Proponer a la Gerencia de Operadores y Atención a Usuarios, la aplicación de las sanciones de suspensión, cancelación e inhabilitación dispuestas en la Ley General de Aduanas, a los despachadores de aduana, almacenes aduaneros, empresas del servicio postal y empresas del servicio de entrega rápida, por no renovar, adecuar o reponer la garantía dentro del plazo. Asimismo, aplicar la sanción de multa a los operadores de comercio exterior, por no comunicar a la Administración Aduanera, la revocación del representante legal o la conclusión del vínculo contractual del auxiliar dentro de los plazos establecidos. (...) Artículo 283°-K.- División de Atención al Usuario Aduanero y Liberaciones La División de Atención al Usuario Aduanero y Liberaciones es una unidad orgánica, de cuarto nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Operadores y Atención a Usuarios, encargada del proceso de atención al usuario del servicio aduanero, con excepción de la atención que se presta a través de operaciones centralizadas, en materia aduanera. Asimismo, es la encargada de la ejecución de los procesos de declaración de extensión de zona primaria para recintos de exposiciones o ferias internacionales, registro voluntario de titulares de derecho, otorgamiento de franquicia aduanera diplomática, incentivos tributarios para el migrante retornado y transferencia de mercancía importada con beneficios tributarios. Igualmente, brinda soporte para la atención de los requerimientos de información vinculados a los procesos que supervisa la Intendencia. Artículo 283°-L.- Funciones de la División de Atención al Usuario Aduanero y Liberaciones Son funciones de la División de Atención al Usuario Aduanero y Liberaciones: a) Actualizar los sistemas de información institucional respecto a la data del funcionamiento y registro de los incentivos tributarios para el migrante retornado. b) Resolver las solicitudes de incentivos tributarios para el migrante retornado, de franquicia aduanera diplomática, de transferencia de mercancía importada con exoneración o inafectación tributaria, de extensión de zona primaria para recintos de exposiciones o ferias internacionales y de registro voluntario de titulares de derecho; así como emitir resoluciones que modifiquen, revoquen, sustituyan o complementen dichos actos administrativos. c) Orientar y asistir a los usuarios del servicio aduanero en las modalidades, presencial (en la sede de la Intendencia), telefónica y virtual, en materia aduanera. d) Ejecutar el seguimiento del servicio de orientación que las Intendencias de Aduanas brindan al usuario aduanero a nivel nacional. e) Elaborar y proponer proyectos de opinión técnica y de disposiciones relacionadas a los procesos de su competencia. f) Realizar las acciones que permitan asegurar la producción y distribución de los formatos, formularios

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.