Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2017 (09/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Domingo 9 de julio de 2017 /

El Peruano

f) Evaluar las consultas técnicas que formulen las entidades del sector público o representativas del sector privado, organismos internacionales u otras entidades extranjeras, personas naturales o jurídicas y órganos y unidades orgánicas de la SUNAT, relativas al ámbito de su competencia, y proyectar opinión técnica, en coordinación con las unidades orgánicas de la SUNAT, de corresponder. g) Elaborar las propuestas relativas al diseño del flujo físico de mercancías, vehículos y personas, así como de los controles asociados, en zona primaria, en coordinación con las entidades públicas nacionales y extranjeras respectivas. h) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Procesos de Atención Fronteriza y Control. Artículo 245°-AE.- Intendencia Nacional Jurídico Aduanera La Intendencia Nacional Jurídico Aduanera es un órgano dependiente de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas, encargado de interpretar el sentido y alcance de las normas con carácter vinculante y supervisar la elaboración de proyectos de normas en materia aduanera. Asimismo, se encarga de absolver consultas y dirigir la elaboración de los proyectos de normas en asuntos penales vinculados a la materia antes mencionada. También, se encarga de apoyar a la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas, así como a la Superintendencia Nacional, en la evaluación de los recursos de apelación, nulidades y otros expedientes administrativos en el ámbito aduanero. Artículo 245°-AF.- Funciones de la Intendencia Nacional Jurídico Aduanera Son funciones de la Intendencia Nacional Jurídico Aduanera: a) Dictar los lineamientos de los procesos bajo su competencia, así como supervisar el seguimiento de su implementación y cumplimiento. b) Supervisar y visar los proyectos de disposiciones normativas en las materias de su competencia, así como evaluar y emitir opinión respecto a los proyectos normativos y otros documentos sometidos a su consideración, en el ámbito de su competencia. c) Coordinar con los organismos externos, cuando corresponda, así como con los órganos y unidades orgánicas de la SUNAT, los temas relacionados a las propuestas normativas y consultas legales, en las materias de su competencia. d) Emitir opinión legal con carácter vinculante en relación a las consultas formuladas por los órganos y unidades orgánicas de la SUNAT, así como por las entidades externas autorizadas que versen sobre el sentido y alcance de las normas vinculadas a la materia aduanera, en coordinación con la Intendencia Nacional Jurídico Tributaria. e) Absolver las consultas formuladas por los órganos y unidades orgánicas de la SUNAT, así como por las entidades externas autorizadas en las materias de su competencia. f) Supervisar la recopilación y sistematización de la normativa legal en materia aduanera, así como su difusión interna y externa. g) Revisar y elevar las propuestas de mejora inherentes a las funciones específicas de las unidades orgánicas a su cargo, orientadas a mejorar su productividad y los objetivos estratégicos de la institución. h) Supervisar los procesos de su competencia y la gestión de las unidades orgánicas bajo su dependencia. i) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas. Artículo 245°-AG.- Gerencia de Normas Aduaneras La Gerencia de Normas Aduaneras es una unidad orgánica, de tercer nivel organizacional, dependiente de la Intendencia Nacional Jurídico Aduanera, encargada de elaborar los proyectos de normas en materia aduanera, que le sean requeridos por los órganos de la SUNAT o

entidades externas, así como de proyectar la opinión legal sobre aquellos proyectos normativos sometidos a su consideración. Artículo 245°-AH.- Funciones de la Gerencia de Normas Aduaneras Son funciones de la Gerencia de Normas Aduaneras: a) Elaborar los proyectos de lineamientos de los procesos bajo su competencia, así como realizar el seguimiento de su implementación y cumplimiento. b) Elaborar proyectos de disposiciones normativas y otros documentos en materia aduanera, así como evaluar y proyectar opinión respecto de aquellos proyectos puestos a su consideración, en el ámbito de su competencia. c) Elaborar propuestas de mejora inherentes a sus funciones específicas, orientadas a mejorar su productividad y los objetivos estratégicos de la institución. d) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Intendencia Nacional Jurídico Aduanera. Artículo 245°-AI.- Gerencia de Dictámenes Aduaneros La Gerencia de Dictámenes Aduaneros es una unidad orgánica, de tercer nivel organizacional, dependiente de la Intendencia Nacional Jurídico Aduanera, encargada de proyectar opinión sobre el sentido y alcance de las normas aduaneras, así como de recopilar y sistematizar la normativa en materia aduanera, coordinando su difusión interna y externa. Asimismo, se encarga de evaluar las consultas y elaborar los proyectos de normas en asuntos penales vinculados a la materia antes mencionada, así como de evaluar y remitir a la Procuraduría Pública de la SUNAT, cuando corresponda, los informes de indicios de delito aduanero. Finalmente, se encarga de proyectar las resoluciones de recursos y otros expedientes administrativos en el ámbito aduanero. Artículo 245°-AJ.- Funciones de la Gerencia de Dictámenes Aduaneros Son funciones de la Gerencia de Dictámenes Aduaneros: a) Elaborar los proyectos de lineamientos de los procesos bajo su competencia, así como realizar el seguimiento de su implementación y cumplimiento. b) Evaluar y proyectar opinión legal en relación a las consultas formuladas por los órganos y unidades orgánicas de la SUNAT, así como por las entidades externas autorizadas que versen sobre el sentido y alcance de las normas vinculadas a la materia aduanera. c) Evaluar y proyectar opinión sobre las consultas formuladas por los órganos y unidades orgánicas de la SUNAT así como por las entidades externas autorizadas, en las materias de su competencia. d) Elaborar los proyectos de las disposiciones normativas de carácter interno que interpreten de manera general el sentido y alcance de las normas aduaneras, considerando los pronunciamientos de las Salas Especializadas en Tributos Aduaneros del Tribunal Fiscal. e) Elaborar proyectos de disposiciones normativas y otros documentos en materia de su competencia, así como evaluar y proyectar opinión respecto de aquellos proyectos puestos a su consideración, en el ámbito de su competencia. f) Recopilar y sistematizar la normativa legal en materia aduanera, coordinando su difusión interna y externa con las áreas competentes. g) Elaborar las propuestas de mejora inherentes a sus funciones específicas, orientadas a mejorar su productividad y los objetivos estratégicos de la institución. h) Brindar apoyo legal en materia penal aduanera a los órganos y unidades orgánicas de la SUNAT que lo requieran, así como evaluar y remitir cuando corresponda a la Procuraduría Pública de la SUNAT los informes de indicios de delito aduanero. i) Proyectar las resoluciones que resuelven los recursos de apelación, así como las quejas, nulidades de oficio y

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