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67 NORMAS LEGALES Sábado 22 de julio de 2017 El Peruano / d) Otros procedimientos administrativos y actuaciones a realizarse ante la SUNAT. 2.2.3 Aceptar las donaciones de bienes de bienes muebles e inmuebles, previa evaluación de la documentación respectiva, así como de los Informes Técnico y legal que sobre el particular vayan a expedirse, en el marco de la normativa de la materia. Artículo 3.- Delegar las siguientes facultades en el (la) Director (a) General de la O fi cina General de Gestión de las Personas de la Superintendencia Nacional de Salud-SUSALUD: 3.1 Autorizar y resolver acciones del personal respecto a las rotaciones, encargaturas y todos aquellos actos o actuaciones que sean necesarias para una adecuada conducción y dirección del personal, adscritos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728 y del Decreto Legislativo N° 1057 - Régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS). 3.2 Suscribir los contratos administrativos de servicios – CAS, sus respectivas adendas, así como las cartas de no renovación o no prórroga de dichos contratos. 3.3 Remitir las Ofertas de Empleo de la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, al Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto Supremo N° 012-2004-TR. 3.4 Elevar los recursos de apelación ante el Tribunal del Servicio Civil, previa veri fi cación de los requisitos de admisibilidad exigidos en el Decreto Supremo N° 008-2010- PCM y su modi fi catoria aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2013- PCM; así como ejecutar lo dispuesto en las resoluciones expedidas por el referido tribunal administrativo. 3.5 Conducir y suscribir la documentación referida a los a fi liados y/o asegurados, en diversas entidades públicas y privadas (ONP, AFPs, ESSALUD). 3.6 Representar a la Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo - MTPE para intervenir en cualquier tipo de diligencias relacionadas con las inspecciones de trabajo que sean sobre temas laborales, denuncias y gestiones de índole laboral que se lleven a cabo tanto en las instalaciones de SUSALUD como en la SUNAFIL y/o MTPE; y sin perjuicio de las facultades que ostenta el Procurador Público de SUSALUD. Artículo 4.- Delegar las siguientes facultades en el (la) Director (a) General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Salud-SUSALUD: 4.1 Autorizar la elaboración de per fi les, expedientes técnicos o estudios de fi nitivos, así como supervisar y monitorear la ejecución física y fi nanciera de los Proyectos de Inversión Pública declarados viables, a favor de la SUSALUD. 4.2 Atender y tramitar administrativa y directamente la documentación y requerimientos presentados por el Ministerio de Economía y Finanzas – MEF y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, así como representar a la Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD ante dichas Entidades, siempre que tales acciones no sean de competencia exclusiva del Titular de la Entidad. Artículo 5.- Observancia de los requisitos legales La delegación de facultades previstas por la presente Resolución es indelegable y comprenden las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no eximen de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. En tal sentido, los directivos públicos responsables de las facultades delegadas podrán, de considerarlo pertinente y siempre que el caso lo amerite, requerir motivadamente a los diversos órganos de SUSALUD, los informes sustentatorios que coadyuven al mejor cumplimiento de dichas facultades. Artículo 6.- Información El Secretario General y los directivos públicos responsables a quienes se les delega facultades mediante la presente Resolución, deberán informar, bajo responsabilidad, trimestralmente a la Superintendente de la Superintendencia Nacional de Salud sobre los actos realizados en virtud de la delegación dispuesta en la presente Resolución. Artículo 7.- Remisión Remitir copia de la presente Resolución a los directivos públicos responsables a quienes se les delega facultades, para su cumplimiento y difusión. Artículo 8.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal Web Institucional y en el Portal de Transparencia Estándar de la SUSALUD. Artículo 9.- Vigencia Las delegaciones autorizadas mediante la presente Resolución tendrán vigencia durante el Ejercicio Fiscal 2017. Artículo 10.- Derogación Dejar sin efecto la Resolución de Superintendencia N° 200-2016-SUSALUD/S, así como toda norma que se oponga a la presente. Regístrese, comuníquese y publíquese.ELENA CRISTINA ZELAYA ARTEAGA Superintendente 1546995-1 ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO Acuerdos adoptados sobre Directores de Empresas en las que FONAFE participa como accionista ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 001-2017/011-FONAFE Se comunica que mediante Acuerdo de Directorio Nº 001-2017/011-FONAFE de fecha 20 de julio de 2017, se aprobó lo siguiente: Designar como Miembro de Directorio, a las personas señaladas a continuación: NOMBRE CARGO EMPRESA SECTOR QUE PROPONE LUIS EDUARDO GARCIA ROSELL ARTOLADIRECTOR SEDAPALMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento JAIME EUGENIO RAYGADA SOMMERKAMPDIRECTOR SEDAPAL.Ministerio de Economía y Finanzas PATRICIA ELLIOT BLAS Directora Ejecutiva 1546964-1