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76 NORMAS LEGALES Jueves 27 de julio de 2017 / El Peruano SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco de Crédito de Perú la apertura de agencia en el departamento de Arequipa RESOLUCIÓN SBS N° 2724-2017 Lima, 12 de julio de 2017LA INTENDENTE GENERAL DE BANCAVISTA:La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (01) agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO:Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú la apertura de la agencia “Enalta Arequipa” ubicada en la Calle San Juan de Dios 123, segundo piso, distrito, provincia y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese.PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1548299-1 Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Ica S.A. - CMAC Ica S.A. la conversión de oficina especial en agencia, ubicada en el departamento de Ica RESOLUCIÓN SBS Nº 2835-2017 Lima, 19 de julio de 2017EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZASVISTA:La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Ica S.A. - CMAC Ica S.A., para que se le autorice la conversión de su O fi cina Especial en Agencia; ubicada en el Jr. Santa Rosa N° 240-244 del Centro Poblado Pueblo Nuevo, II Etapa, Mz. 34, Lt. 13 y 14, distrito de Pueblo Nuevo, provincia de Chincha y departamento de Ica; y CONSIDERANDO:Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar a esta Superintendencia la documentación pertinente para la conversión de la citada O fi cina Especial;Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Micro fi nanciera “A”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de o fi cinas, uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Ica S.A. - CMAC Ica S.A. la conversión de la O fi cina Especial en Agencia; ubicada en el Jr. Santa Rosa N° 240-244 del Centro Poblado Pueblo Nuevo, II Etapa, Mz. 34, Lt. 13 y 14, distrito de Pueblo Nuevo, provincia de Chincha y departamento de Ica. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Micro fi nanzas 1548147-1 Autorizan a Solución Empresa Administradora Hipotecaria S.A. realizar proceso de fusión por absorción con Edyficar Perú S.A. RESOLUCIÓN SBS Nº 2846-2017 Lima, 19 de julio de 2017LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA:La solicitud presentada por Solución Empresa Administradora Hipotecaria S.A. (en adelante, Solución EAH), para que esta Superintendencia le autorice llevar adelante un proceso de fusión por absorción con Edy fi car Perú S.A. (en adelante, Edy fi car), a través del cual la totalidad de activos y pasivos que conforman el patrimonio de Edy fi car, se trans fi eren a título universal y en bloque a Solución EAH; así como, efectuar el correspondiente aumento de capital social de Solución EAH y como consecuencia, la modi fi cación de su estatuto social; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo al artículo 12° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, aprobada por Ley N° 26702 y sus modi fi catorias (en adelante, la Ley General), las empresas que soliciten su transformación, conversión, fusión o escisión, deberán solicitar las autorizaciones de organización y funcionamiento respecto del nuevo tipo de actividad; Que, el artículo 28° del Reglamento para la constitución, reorganización y establecimiento de empresas y representantes de los sistemas fi nanciero y de seguros, aprobado por Resolución SBS N° 10440-2008 y sus modi fi catorias (en adelante, el Reglamento), establece que las empresas que acuerden fusionarse mediante la absorción de una o más sociedades por otra sociedad existente, deberán presentar a esta Superintendencia, a través de la sociedad absorbente, la correspondiente solicitud de autorización de fusión; Que, el procedimiento administrativo a seguir para obtener la autorización de fusión por absorción se encuentra contenido en el numeral 41 - Autorización de Procesos de Reorganización Societaria para Empresas del Sistema Financiero y de Seguros del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de esta Superintendencia;