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45 NORMAS LEGALES Viernes 9 de junio de 2017 El Peruano / ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Aprueban el Reglamento de la Escuela Nacional de Control RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 216-2017-CG Lima, 8 de junio de 2017VISTO, la Hoja Informativa N° 00019-2017-CG/GDE de la Gerencia Central de Desarrollo Estratégico; CONSIDERANDO: Que, el literal d) del artículo 15° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, establece que es atribución del Sistema Nacional de Control propugnar la capacitación permanente de los funcionarios y servidores públicos en materias de administración y control gubernamental, con el objetivo de consolidar, actualizar y especializar su formación técnica, profesional y ética, para cuyo efecto, la Contraloría General a través de la Escuela Nacional de Control, ejerce un rol tutelar en el desarrollo de programas y eventos de esta naturaleza; Que, la Tercera Disposición Final de la Ley N° 27785, señala que la Escuela Nacional de Control, en su condición de entidad educativa, está facultada para otorgar grados académicos de Magíster y de Segunda Especialización en Control Gubernamental, y que la Contraloría General defi ne su funcionamiento académico, administrativo y económico; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 303-2015-CG se aprobó la creación del Centro de Entrenamiento de la Contraloría General de la República, a cargo de la Escuela Nacional de Control, el cual tiene como propósito fortalecer las capacidades y formar al personal de la Contraloría General de la República, mediante la aplicación de programas de acreditación de nivel básico, intermedio y avanzado dirigidos al personal de la Institución; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 372- 2016-CG se aprobó el Reglamento de la Escuela Nacional de Control con la fi nalidad de consolidar, actualizar y especializar la formación técnica, profesional y ética de los funcionarios y servidores públicos; así como incentivar y promover la investigación cientí fi ca en temas de administración pública y control gubernamental; Que, el artículo 62° del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría N° 028-2017-CG, establece que la Escuela Nacional de Control es el órgano encargado de proveer entrenamiento, formación, capacitación y especialización en temas de control gubernamental y gestión pública, con el fi n de incrementar las aptitudes, habilidades y conocimientos del personal del Sistema Nacional de Control y de la administración pública; así como incentivar y promover la investigación cientí fi ca y la publicación de normas y temas sobre control gubernamental y gestión pública; Que, resulta necesario que la Escuela Nacional de Control cuente con una organización administrativa y académica acorde a los servicios educativos que brinda, incorporando la Unidad de Posgrado y Segunda Especialidad Profesional, como la instancia académica que tendrá a su cargo la formación y especialización de profesionales, para la obtención del grado académico de maestro y del título de segunda especialidad profesional en control gubernamental; Que, conforme al documento del visto, la Gerencia Central de Desarrollo Estratégico, propone la aprobación del proyecto de Reglamento de la Escuela Nacional de Control, cuyo proceso de emisión ha sido desarrollado en el marco de la Directiva N° 014-2013-CG/REG “Organización y Emisión de Documentos Normativos”;En uso de las facultades previstas en el artículo 32° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de la Escuela Nacional de Control, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El Reglamento aprobado en el artículo precedente, entrará en vigencia a partir del día hábil siguiente a la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto la Resolución de Contraloría N° 372-2016-CG y la Resolución de Contraloría N° 303-2015-CG; así como todas las demás disposiciones que se opongan al presente Reglamento. Artículo Cuarto.- Encargar al Departamento de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente Resolución y el Reglamento aprobado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el portal (www.contraloria.gob.pe) y en la intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDGAR ALARCÓN TEJADA Contralor General de la República 1530645-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de Ingeniería a España, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0822 Lima, 2 de junio de 2017Visto el O fi cio Nº 441-VRI/2017 de fecha 26 de mayo de 2017, del Vicerrectorado de Investigación de la Universidad Nacional de Ingeniería; CONSIDERANDO: Que, la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, en el numeral 6.5, del artículo 6º, establece como uno de los fi nes de la Universidad, el de realizar y promover la investigación cientí fi ca, tecnológica y humanística, la creación intelectual y artística; Que, mediante la Ley Nº 27619 se regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos que irroguen gasto al Tesoro Público; estableciéndose su reglamentación a través del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 056- 2013.PCM, en el que se aprueba la escala de viáticos; Que, mediante la Resolución Rectoral Nº 408 del 08 de marzo del 2013, se creó un fondo intangible, para fi nanciar la participación en eventos académicos, de estudiantes de pregrado y profesores, de la Universidad Nacional de Ingeniería; incrementándose la retención de los recursos directamente recaudados al 0,5%; mediante Resolución Rectoral Nº 1724 de fecha 27 de noviembre de 2014; Que, el Consejo Universitario por la Resolución Rectoral Nº 0097 del 24 de enero del 2017, aprobó el Reglamento de Subvención a Estudiantes y Docentes para su Participación en Conferencias y Estadías de Investigación; modi fi cado por Resolución Rectoral Nº 524 del 26 de abril de 2017; Que, mediante Resolución Decanal Nº 24/2017 de fecha 26 de mayo de 2017, la Facultad de Arquitectura, Urbanismo y Artes concede licencia con goce de remuneración al Arq. Robinson Constantino Ortiz Agama, por el periodo de 25 días, para que participe en el IX