Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2017 (02/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

Jueves 2 de noviembre de 2017 /

El Peruano

Unidad Ejecutora 301-782-Unidad Ejecutora Chota. Unidad Ejecutora 311-1382-Unidad Ejecutora Contumazá. Unidad Ejecutora 302-783-Unidad Ejecutora Cutervo. Unidad Ejecutora 303-784-Unidad Ejecutora Jaén. Unidad Ejecutora 304-1168-Unidad Ejecutora San Ignacio. Unidad Ejecutora 310-1381-Unidad Ejecutora San Marcos. Unidad Ejecutora 312-1383-Unidad Ejecutora San Miguel. Unidad Ejecutora 313-1384-Unidad Ejecutora San Pablo. Unidad Ejecutora 305-1353-Unidad Ejecutora Santa Cruz. Unidad Ejecutora 306-1354-Unidad Ejecutora Cajabamba. Que, mediante Informe N° 09-2017-GR.CAJ-DRA/ D.P; de fecha 15 de setiembre del 2017, la Directora de Personal, Rocío E. Salazar Chero; señala: "la suscrita es de OPINION porque SE DEBE APROBAR, los Cuadros para Asignación de Personal Provisional CAP-P de: la Dirección Regional de Educación Cajamarca y de las UGEL de: Chota, Cutervo, Jaén, San Ignacio, Santa Cruz, Cajabamba, Bambamarca, Celendín, Cajamarca, San Marcos, Contumazá, San Miguel, San Pablo"; Que, mediante Informe N° 23-2017-GR.CAJ-GRPPAT/ SGDI; de fecha 19 de setiembre de 2017, el Sub Gerente de Desarrollo Institucional, Percy Crisólogo Bardales, señala: "El Proyecto de CAP Provisional de la Dirección Regional de Educación y UGEL del Gobierno Regional Cajamarca, cumple con los procedimientos establecidos en amparo de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GPGSC, y cuenta con el informe favorable de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, mediante INFORME N° 181-2017-SERVIR/GDRSRH; así como con el Informe N° 09-2017-GR.CAJ-DRA/D.P, de la Dirección de Personal del Gobierno Regional Cajamarca"; Que, con Oficio N° 0241-2017-GR.CAJ/GR, de fecha 28 de setiembre del 2017, remitido por el Gobernador Regional (e) Sr. Hilario Porfirio Medina Vásquez, al Presidente del Consejo Regional Dr. Jhony Eduardo Barrantes Herrera mediante el cual eleva la propuesta de aprobación del CAP Provisional de Dirección Regional de Educación de Cajamarca y de sus UGEL, solicitando se ponga a consideración del pleno del Consejo Regional; Que, mediante Informe Legal N° 18 -2017-GR.CAJ/ DRAJ-WLMJ de fecha 04 de octubre del 2017, el Abg. Luis Mantilla Julcamoro remite al Director Regional de Asesoría Jurídica, Marco Andrés Ávalo Villarreal, su opinión en la que señala: "opinión legal favorable respecto a la aprobación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Dirección Regional de Educación de Cajamarca y de sus UGEL, en concordancia con los Informes Técnicos emitidos y en adhesión al Informe Técnico emitido por SERVIR, los mismos que determinan que la propuesta formulada cumple con los lineamientos y requisitos establecidos en la Directiva N° 002-2015-SERVIR ­ GDSRH, "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad CPE", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR/PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 57-2016-SERVIR/PE, en consecuencia, debe propiciarse su aprobación por parte del Consejo Regional conforme a ley"; Que, mediante Dictamen N° 025 - 2017-GR.CAJCR/COAJ-COP, de fecha 05 de octubre del año 2017, elaborado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Jurídicos y Planeamiento se emite opinión favorable, respecto al Proyecto de Ordenanza Regional que aprueba el Cuadro de Asignación de Personal Provisional CAP ­ P de la Dirección Regional de Educación Cajamarca y las UGEL, por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión de fecha 01 de marzo del año 2017; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización Nº

27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 007-2016-GR.CAJ-CR, por unanimidad el Pleno aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero: APROBAR el Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAP ­ P) de la: - Dirección Regional de Educación de Cajamarca, que consta de siete (05) folios. Los mismos que debidamente visados, forman parte de la presente Ordenanza Regional. - Unidad de Gestión Educativa Local Chota, que consta de cinco (05) folios. Los mismos que debidamente visados, forman parte de la presente Ordenanza Regional. - Unidad de Gestión Educativa Local Cutervo, que consta de cinco (05) folios. Los mismos que debidamente visados, forman parte de la presente Ordenanza Regional. - Unidad de Gestión Educativa Local Jaén, que consta de cinco (05) folios. Los mismos que debidamente visados, forman parte de la presente Ordenanza Regional. - Unidad de Gestión Educativa Local San Ignacio, que consta de seis (06) folios. Los mismos que debidamente visados, forman parte de la presente Ordenanza Regional. - Unidad de Gestión Educativa Local Santa Cruz, que consta de cinco (05) folios. Los mismos que debidamente visados, forman parte de la presente Ordenanza Regional. - Unidad de Gestión Educativa Local Cajabamba, que consta de cinco (05) folios. Los mismos que debidamente visados, forman parte de la presente Ordenanza Regional. - Unidad de Gestión Educativa Local Hualgayoc, que consta de cinco (05) folios. Los mismos que debidamente visados, forman parte de la presente Ordenanza Regional. - Unidad de Gestión Educativa Local Celendín, que consta de cinco (05) folios. Los mismos que debidamente visados, forman parte de la presente Ordenanza Regional. - Unidad de Gestión Educativa Local Cajamarca, que consta de cinco (05) folios. Los mismos que debidamente visados, forman parte de la presente Ordenanza Regional. - Unidad de Gestión Educativa Local San Marcos, que consta de cinco (05) folios. Los mismos que debidamente visados, forman parte de la presente Ordenanza Regional. - Unidad de Gestión Educativa Local Contumazá, que consta de cinco (05) folios. Los mismos que debidamente visados, forman parte de la presente Ordenanza Regional. - Unidad de Gestión Educativa Local San Miguel, que consta de cinco (05) folios. Los mismos que debidamente visados, forman parte de la presente Ordenanza Regional. - Unidad de Gestión Educativa Local San Pablo, que consta de cinco (05) folios. Los mismos que debidamente visados, forman parte de la presente Ordenanza Regional. Segundo: DISPONER que la Dirección Regional de Educación Cajamarca distribuya y difunda los documentos de gestión aprobados mediante la presente ordenanza regional. Tercero: ENCARGAR a la Dirección Regional de Administración a través de la Dirección de Personal, brinde el apoyo y asistencia técnica necesarios para la implementación de las acciones a que diere lugar. Cuarto: ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca la publicación de la presente ordenanza regional que aprueba el CAP Provisional CAP ­ P de la Dirección Regional de Educación Cajamarca y las UGEL en el Diario Oficial "El Peruano", en el Portal Institucional y Portal del Estado Peruano, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 29091, ley que modifica el párrafo Nº 38.3 del artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como remitir vía electrónica el archivo digital al SERVIR y Ministerio de Educación, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la aprobación. Quinto: La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Sexto: Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente ordenanza.

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