Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2017 (29/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Miércoles 29 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer, a partir 1 de enero de 2018, la reubicación de la Sala Laboral Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Piura a la Corte Superior de Justicia de Sullana, como Sala Laboral Transitoria de la Provincia de Sullana, dispuesta en el artículo segundo de la Resolución Administrativa N° 308-2017-CE-PJ. Artículo Segundo.- Mantener vigente lo dispuesto en el artículo tercero de la Resolución Administrativa N° 308-2017-CE-PJ, respecto a la ampliación, a partir del 1 de diciembre de 2017, de la competencia funcional de la 1º y 2º Salas Civiles Permanentes de la Corte Superior de Justicia de Piura, para el trámite con turno abierto de los procesos laborales de la subespecialidad correspondiente a Procesos Contenciosos Administrativos Laborales y Previsionales. Artículo Tercero.- Cerrar el turno, a partir del 1 de diciembre de 2017, a la Sala Laboral Transitoria de la Corte Superior de Justicia Piura, para el trámite de procesos laborales. Artículo Cuarto.- La Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, deberá habilitar el Hito Estadístico correspondiente a la 1º y 2º Salas Civiles Permanentes de la Corte Superior de Justicia de Piura, para el ingreso de los expedientes de la subespecialidad Procesos Contenciosos Administrativos Laborales y Previsionales; así como, en todos los órganos jurisdiccionales que lo requieran en función a las disposiciones administrativas emitidas por este Órgano de Gobierno. Artículo Quinto.- Los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Piura y Sullana, realizarán las siguientes acciones administrativas: a) Que la Sala Laboral Transitoria de Piura resuelva y notifique antes del 31 de diciembre de 2017, los expedientes que se encuentren expeditos para sentenciar y se haya realizado la vista de causa al 15 de diciembre de 2017, debiendo remitir de forma equitativa y aleatoria a la 1° y 2° Salas Civiles Permanentes de Piura la carga procesal pendiente de la subespecialidad de Procesos Contenciosos Administrativos Laborales Previsionales, que tenga al 31 de diciembre de 2017; facultando al Presidente de esta Corte Superior de Justicia para disponer las medidas pertinentes para la correcta y oportuna liquidación de expedientes y reubicación de la Sala Laboral Transitoria. b) Que la Sala Civil Permanente de la Provincia de Sullana remita a la Sala Laboral Transitoria de Sullana la carga procesal pendiente en materia laboral que al 31 de diciembre de 2017 no se encuentre expedita para sentenciar ni se haya programado fecha para la vista de causa; así como, aquellos expedientes a los que se haya programado vista de causa con fecha posterior al 28 de febrero de 2018. Artículo Sexto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Consejeros Responsables de los Equipos Técnicos Institucionales de Implementación del Código Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Piura y Sullana, Oficina de Productividad Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRIGUEZ TINEO Presidente 1591616-7

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Encargan el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 792-2017-P-CSJCL/PJ Callao, 28 de noviembre de 2017 VISTO: La Resolución Administrativa de fecha 13 de noviembre de 2017, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Facultades del Presidente de la Corte Superior Que, es atribución del Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, dirigir la política institucional de su Distrito Judicial con la finalidad de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables, en aplicación de lo previsto en los numeral 3) y 4) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Antecedente La Resolución de fecha 13 de noviembre de 2017, emitida por el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante la cual autoriza la participación del suscrito en el "Primer Congreso Internacional de Justicia Ambiental del Poder Judicial"; que se llevará a cabo los días treinta de noviembre, uno y dos de diciembre del año en curso, en la ciudad de Puerto Maldonado - Madre de Dios, Motivación El artículo 89° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que "En caso de impedimento, muerte o cese del Presidente de la Corte Superior de Justicia, asume el cargo el Juez Superior Decano, conforme a lo dispuesto por el artículo 75° de la citada Ley". Estando a la participación del suscrito en dicho importante evento oficializado por los días 30 de noviembre, 01 y 02 de diciembre de 2017, se hace necesario encargar el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao en dicho periodo adicionando el término de la distancia, para la participación en el "Primer Congreso Internacional de Justicia Ambiental del Poder Judicial" que se realizará en la Ciudad de Puerto Maldonado - Madre de Dios; por lo que, la encargatura se iniciará desde el miércoles 29 de los corrientes, al Juez Superior Decano del Distrito Judicial del Callao, de acuerdo a su ubicación en el Cuadro de Antigüedad de Jueces Superiores Titulares, aprobado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 262-2016-CE-PJ de fecha 05 de octubre de 2016. De acuerdo al Cuadro de Antigüedad antes mencionado, le corresponde a la señorita doctora EVANGELINA HUAMANÍ LLAMAS, asumir el Decanato de los Jueces Superiores de esta Corte Superior de Justicia; sin embargo, en vista que dicha magistrada se encuentra designada como Jueza Suprema Provisional integrante de la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, conforme a lo dispuesto mediante Resolución Administrativa N° 272-2017-P-CEPJ de fecha 28 de junio de 2017 emitida por el Presidente del Poder Judicial; por ello corresponde encargar la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia del Callao, al Juez Superior que en orden de ubicación sucede a la magistrada en mención.

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