Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2017 (29/11/2017)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 29 de noviembre de 2017 /

El Peruano

Tercero.- Dentro de los ocho días del retorno, la Vicerrectora Académica, informará sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Cuarto.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. ANA MARIA GUTIERREZ VALDIVIA Vicerrectora Academica Encargada del Rectorado ORLANDO FREDI ANGULO SALAS Secretario General 1591539-1

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Declaran nulo el Acuerdo de Concejo N° 029-2017-MDSL/C, que rechazó solicitud de vacancia de regidores del Concejo Distrital de San Luis, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN Nº 0495-2017-JNE Expediente Nº J-2017-00347-A01 SAN LUIS - LIMA - LIMA VACANCIA RECURSO DE APELACIÓN Lima, quince de noviembre de dos mil diecisiete VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Alejandro Suárez Chávez, José Manuel Cueva de la Cruz y María Concepción Pecho Borda en contra del Acuerdo de Concejo Nº 029-2017-MDSL/C, del 17 de julio de 2017, que rechazó su solicitud de vacancia presentada en contra de Edgardo Renzo Alarcón Briones y Jimmy Silverio Chipana Cruz, regidores del Concejo Distrital de San Luis, provincia y departamento de Lima, por la causal de restricciones de contratación, establecida en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y oídos los informes orales. ANTECEDENTES La solicitud de declaratoria de vacancia El 5 de junio de 2017 (fojas 100 a 106), Alejandro Suárez Chávez, José Manuel Cueva de la Cruz y María Concepción Pecho Borda presentaron una solicitud de declaratoria de vacancia contra Edgardo Renzo Alarcón Briones y Jimmy Silverio Chipana Cruz, regidores del Concejo Distrital de San Luis, provincia y departamento de Lima, por la causal de restricciones de contratación, establecida en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM), con los siguientes fundamentos: - Los mencionados regidores concertaron con el alcalde y con César Luis Gálvez Vera, procurador público municipal, designado por Resolución de Alcaldía Nº 052015-MDSL, para que este "asuma la defensa de [sus] procesos criminales privados [...] teniendo el agravante que los delitos denunciados y que dieron origen al presente proceso se refieren a infracciones punitivas en las cuales el sujeto pasivo y/o agraviado es la municipalidad". - Los regidores son investigados por el Ministerio Público respecto a la presunta comisión del delito contra la Administración Pública, en la modalidad de abuso de autoridad. Como consecuencia de ello, los regidores fueron citados por el jefe del Departamento Nº 06, de la Dirección de Investigación de Denuncias de la Policía Nacional de Perú (PNP), a fin de que rindan sus manifestaciones.

Ante ello, el 11 de junio de 2015, las autoridades ediles solicitaron reprogramación de la diligencia y nombraron a César Luis Gálvez Vera, procurador público municipal, y a Ethel Esquivel Mendoza como sus abogados. - Así, con el escrito, de fecha 11 de junio de 2015, "ambas partes materializan el contrato, el acuerdo de voluntades entre los regidores denunciados y el abogado privado y a la vez Procurador Público Municipal, para que este asuma su defensa, a sabiendas que están incurriendo en una infracción, causal de vacancia". - Con relación a la intervención directa de los regidores, se encuentra probado porque estos "se pusieron de acuerdo con el procurador [...] y de esta manera los regidores aludidos se benefici[aron] con los recursos municipales". - Respecto al conflicto de intereses, "los regidores aludidos prefieren hacer un provecho indebido de los recursos de la municipalidad para sus beneficios personales en perjuicio de los vecinos y de la comuna de San Luis al utilizar al Procurador Público Municipal para sus beneficios personales, individuales". Los solicitantes adjuntaron copia simple de la denuncia penal contra los regidores (fojas 111), de la Resolución de Alcaldía Nº 05-2015-MDSL, del 2 de enero de 2015 (fojas 112), de los escritos Nº 1, del 11 de junio de 2015 (fojas 113 y 117), y de la declaración indagatoria (fojas 114 a 116). Asimismo, el 7 de junio de 2017 (fojas 96 y 97), los solicitantes amplían sus fundamentos, señalando que también existió un acuerdo de voluntades entre Ethel Maribel Esquivel Mendoza y los regidores cuestionados, pues, el 7 de agosto de 2015, la abogada intervino en el proceso penal antes citado y sus servicios fueron sufragados por la municipalidad. Además, el 28 de junio de 2017 (fojas 65 a 69), los solicitantes, una vez más, ampliaron sus argumentos, debido a que el Ministerio de Economía y Finanzas (en adelante, MEF), a través del Memorando Nº 1112-2017EF/44 y el Informe Nº 723-2017-EF/44.03, recibidos por correo electrónico el 21 de junio del mismo año, puso en conocimiento el cuadro consolidado de Excel respecto a los giros efectuados por la municipalidad a favor de Ethel Maribel Esquivel Mendoza durante el periodo 2015-2017. Es así que, en el mes de agosto de 2015, la abogada percibió S/ 3,500.00. Finalmente, los solicitantes señalan que, con fecha 21 de abril de 2016, ante la programación de la vista del Expediente Nº J-2015-00369-A01, relacionado al procedimiento de suspensión en contra del regidor Marco Antonio Cabrejos Millones, el procurador público municipal fue designado como abogado del regidor Jimmy Silverio Chipana Cruz, solicitante de la suspensión del regidor Cabrejos Millones. Anexaron la solicitud de acceso a la información pública, de fecha 29 de mayo de 2017 (fojas 70); la Carta Nº 385-2017-MDSL-SG (fojas 71) y el Informe Nº 243-2017-MDSL-GAF/SGLCPYSG, ambos de fecha 2 de junio del año en curso (fojas 72); captura de pantalla de la admisión de la solicitud de información del portal electrónico del MEF (fojas 73);Oficio Nº 1643-2017EF/45.01, del 21 de junio de 2017 (fojas 74); Memorando Nº 1112-2017-EF/44 (fojas 75) e Informe Nº 723-2017EF/44.03, ambos del 20 de junio del presente año (fojas 76); cuadro Excel respecto a la información de los giros efectuados por la Municipalidad Distrital de San Luis - 301283 a favor de Ethel Maribel Esquivel Mendoza, durante el periodo 2015-2017 (fojas 77). Descargo del regidor Edgardo Renzo Alarcón Briones Con fecha 17 de julio de 2017 (fojas 38 a 45), el regidor Edgardo Renzo Alarcón Briones presentó su descargo, señalando lo siguiente: - "Nunca he contratado en mi calidad de regidor con el abogado y procurador de la Municipalidad de San Luis, Dr. César Luis Gálvez Vera, ya que en una sola oportunidad este se limitó a suscribir un escrito de apersonamiento ante el Jefe del Departamento Nº 06 de la Dirección de

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