Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2017 (30/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano / Jueves 30 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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por Uso de Campo Deportivo del Estadio Municipal 2017, es según lo establecido en el Artículo 2°. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- FACÚLTESE al señor Alcalde para que mediante Decreto de alcaldía pueda modificar los plazos de Acogimiento y /o descuentos a que se refiere el artículo 2° de la presente Ordenanza. Tercera.- DEROGAR, toda norma que contravenga el presente dispositivo. Cuarta.- ENCARGAR, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la publicación del presente dispositivo en el Portal Web de esta comuna. Quinta.- ENCARGAR, a la Secretaria General las acciones para la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano", así como la notificación del presente dispositivo a las unidades orgánicas de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. REYNALDO RODOLFO ENCALADA TOVAR Alcalde 1591465-4

Aprueban modificación de la sección de vías de diversas calles del Asentamiento Humano Virgen de Guadalupe
ORDENANZA Nº 035-MDMP Mi Perú, 20 de noviembre de 2017. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ. POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe N° 008-2017-MDMP/GDU-SGOP-EDQR, el Informe N° 0201-2017-MDMP/SGOPU, el Informe N°088-2017MDMP/GDU, el Informe N° 202-2017-GAJ/MDMP y el Dictamen N° Dictamen N° 001-2017-CDU de la Comisión de Desarrollo Urbano. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con los artículos II y IX del título preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que establecen que aquella radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, y a su vez, se legitima a través del proceso de planeación local que es uno integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos, aplicando las políticas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones específicas, exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales; Que, el artículo 161º numeral 7.2 cardinal 7) de la acotada ley, precisa que es competencia y función metropolitana especial, la planificación, regulación y gestión del tránsito urbano tanto de peatones cuanto de vehículos, por ello mediante ordenanza Nº 341 se actualiza el sistema vial metropolitano que define la estructura vial del área metropolitana de Lima y Callao, la clasificación

de vías, los intercambios viales y láminas que contienen las secciones viales normativas, y a su vez, categoriza las vías de Lima Metropolitana, en expresas, metropolitanas, arteriales y colectoras a cargo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y en el caso de la vías locales, según el artículo 5º de la misma norma, a cargo de las municipalidades distritales es decir, corresponde a estas, la definición y aprobación de las secciones viales y normativas y los derechos de vía de las vías locales de su circunscripción; Que, mediante informe de vistos el Informe N° 0082017-MDMP/GDU-SGOP-EDQR, el Ingeniero Civil de la Subgerencia de Obras Públicas, informa que habiéndose realizado la Obra: Mejoramiento de calles del A.H. Virgen de Guadalupe ­ Distrito de Mi Perú, Provincia del Callao ­ Región Callao, y la posterior entrega del plano "Planta general y Secciones Típicas (PG/ST-01)", se realizó la inspección técnica el día lunes 09 de octubre del año en curso observándose calles que se encuentran con poca información y en algunos casos deben ser modificados para el bien de los pobladores de la obra. Asimismo, en dicho informe se menciona que habiéndose realizado la verificación e inspección de cada calle, pasaje y la Av. Principal del Asentamiento Humano Virgen de Guadalupe, se han encontrado observaciones y modificaciones que no se han tomado en cuenta en el desarrollo de la obra Que, mediante el Informe N°0201-2017-MDMP/ SGOPU, la Subgerencia de Obras Públicas emite pronunciamiento, indicando que estas modificaciones se deberán realizar de acuerdo a las visitas a campo y en beneficio del ciudadano del sector que precisa una adecuada infraestructura en transitabilidad. Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano, remite mediante el Informe N° 088-2017-MDMP/GDU, la propuesta de modificación, antes planteadas, para su aprobación mediante Sesión de Concejo. Que, mediante el Informe N° 202-2017-GAJ/ MDMP, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión FAVORABLE, respecto a la Propuesta de Modificación de Secciones de Vías del Asentamiento Humano Virgen de Guadalupe; recomendando que este sea sometido a Sesión de Concejo. Que, habiendo sido revisado y evaluado el Proyecto Ordenanza que aprueba la Modificación Sección Vial de las calles de la Avenida Principal del Asentamiento Humano Virgen de Guadalupe - Distrito de Mi Perú ­ Callao ­ Callao y los informes técnicos y legal por la Comisión de Desarrollo Urbano, mediante Dictamen N° 001-2017-CDU, por los argumentos allí señalados, dictaminaron por aprobar el señalado proyecto. En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 20° inciso 4) y 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y con el voto UNANIME, el Concejo Municipal se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN SECCIÓN VIAL DE LAS CALLES DE LA AVENIDA PRINCIPAL DEL ASENTAMIENTO HUMANO VIRGEN DE GUADALUPE - DISTRITO DE MI PERÚ ­ CALLAO - CALLAO Artículo Primero.- APROBAR la modificación de la sección de vías de las siguientes calles del A.H. Virgen de Guadalupe, conforme el siguiente detalle: · CALLE 1: Actualmente Calle 1 sección B ­ B (10 metros) Lp ­ vereda 1.20m ­ Jardín 1.40m ­ Pista 4.80m ­ Jardín 1.40m ­ Vereda 1.20m - Lp Modificación Calle 1 sección A-A (9.55 metros) Lp ­ Jardín1.85m ­ Vereda 1.50m ­ Berma 0.20m ­ Pista 4.80m ­ vereda 1.20m Lp Calle 1 sección B-B (9.85 metros) Lp ­ Jardín 2.15m ­ Vereda 1.50m ­ Berma 0.20m ­ Pista 4.80m ­ vereda 1.20m Lp

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