Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2017 (30/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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NORMAS LEGALES

Jueves 30 de noviembre de 2017 /

El Peruano

· CALLE D: Actualmente Calle D sección M ­ M (11.50 metros) Lp vereda 1.20m ­ Jardín 1.40m ­ Pista 6.30m ­ Jardín 1.40m ­ Vereda 1.20m - Lp Modificación Calle 1 sección M - M (10.33 metros) Lp ­ Jardín 2.93m ­ Vereda 1.20m ­ Berma 0.20m ­ Pista 4.80m ­ vereda 1.20m Lp · CALLE E: Actualmente Calle E sección B - B (10.00 metros) Lp vereda 1.20m ­ Jardín 1.40m ­ Pista 6.30m ­ Jardín 1.40m ­ Vereda 1.20m - Lp Modificación Calle E sección B - B (8.70 metros) Lp ­ Jardín 1.40m ­ Vereda 1.30m ­ Berma 0.40m ­ Pista 4.40m ­ vereda 1.20m Lp · CALLE 2: Actualmente Calle 2 sección B - B (10.00 metros) Lp vereda 1.20m ­ Jardín 1.40m ­ Pista 6.30m ­ Jardín 1.40m ­ Vereda 1.20m - Lp Modificación Calle 2 sección B - B (9.37 metros) Lp ­ Jardín 2.17m ­ Vereda 1.20m ­ Pista 4.50m ­ vereda 1.50m Lp · CALLE 3: Actualmente Calle 3 sección B - B (10.00 metros) Lp vereda 1.20m ­ Jardín 1.40m ­ Pista 6.30m ­ Jardín 1.40m ­ Vereda 1.20m - Lp Modificación Calle 3 sección B - B (8.70 metros) Lp ­ Jardín 2.25m ­ Vereda 1.50m ­Pista 4.50m ­ vereda 1.20m Lp · CALLE 6: Actualmente Calle 6 sección C - C (12.00 metros) Lp vereda 1.20m ­ Jardín 1.40m ­ Pista 6.80m ­ Jardín 1.40m ­ Vereda 1.20m - Lp Modificación Calle 6 sección C - C (10.35 metros) Lp ­ Jardín 0.50m ­ Vereda 1.50m ­ Berma 0.20m ­ Pista 6.00m ­ Berma 0.20m ­ Jardín 0.75m ­Vereda 1.20m Lp Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Secretaria General las acciones para la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano", así como la notificación del presente dispositivo a las unidades orgánicas de las Municipalidad. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la publicación del presente dispositivo en el Portal Web de esta comuna. Regístrese, comuníquese y cúmplase. REYNALDO RODOLFO ENCALADA TOVAR Alcalde 1591468-1

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ VISTOS: El Proveído N° 0964-2017/GM, de la Gerencia Municipal, el Informe N° 124-2017-GPP/MDMP, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 147-2017/MDMP/GAJ, presentado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, referidos a la modificación de requisitos y plazos de los procedimientos vinculados a la Autorización para la instalación de anuncios publicitarios contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA. CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Mi Perú, mediante Ordenanza Municipal N° 037-MDMP, el 22 de noviembre de 2016 y su modificatoria Ordenanza Municipal N° 044MDMP, de fecha 26 de diciembre de 2016, aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos . TUPA, el cual fue ratificado por la Municipalidad Provincial del Callao, mediante Acuerdo de Concejo N° 012-2017-MPC, del 25 de enero de 2017, ambas normas publicadas en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 06 de febrero de 2017. Que, con fecha 21 de julio de 2017, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Ordenanza Municipal N° 0182017-MPC, a través del cual la Municipalidad Provincial del Callao Aprueba el Reglamento Para la Ubicación de Anuncios Publicitarios en la Provincia Constitucional del Callao, del cual se desprenden disposiciones que ameriten la modificación del TUPA vigente de la Municipalidad Distrital de Mi Perú. Que, en atención a ello la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, propone se disponga la modificación de requisitos y plazos de los procedimientos vinculados a la Autorización para la Instalación de Anuncios Publicitarios, contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, contando para ello con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica. Que, el artículo 43° numeral 43.5 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, señala que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldía, en el caso de los Gobiernos Locales. Estando a las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20° y a lo señalado por el artículo 42° de la Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades. SE DECRETA: Artículo Primero.- ELIMINACIÓN DE REQUISITO Dispóngase, la eliminación, en los procedimientos administrativos vinculados a la Autorización para la instalación de anuncios publicitarios contenidos en el TUPA vigente, el requisito de "Copia de la Licencia Municipal de Funcionamiento, si se ubica en un establecimiento que opera fuera de la jurisdicción del distrito. Si el establecimiento opera dentro del distrito en la solicitud de autorización se consignará el número de Licencia de Funcionamiento y fecha de expedición", de conformidad con la Ordenanza N° 018-2017-MPC. Artículo Segundo.- REDUCCIÓN DE PLAZO DE EVALUACIÓN. Dispóngase, la reducción del plazo de evaluación a diez (10) días hábiles para los procedimientos administrativos vinculados a la Autorización para la instalación de anuncios publicitarios, contenidos en el TUPA vigente, de conformidad con la Ordenanza N° 0182017-MPC. Artículo Tercero.- PUBLICIDAD Publíquese el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial "El Peruano" y en el portal electrónico de la Municipalidad Distrital de Mi Perú (www.munimiperu.gob. pe)

Modifican procedimientos administrativos contenidos en el TUPA vinculados a la Autorización para la instalación de anuncios publicitarios
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2017-MDMP Mi Perú, 23 de agosto de 2017

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