Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2017 (15/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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Descripción del Riesgo 42

NORMAS LEGALES
Valoración Ausencia de conocimiento especializado en los Riesgo Moderado sujetos obligados de menor tamaño/volumen para la aplicación del marco preventivo de lavado de activos y financiación del terrorismo. Escasa involucración de determinadas Riesgo Moderado asociaciones representativas de intereses gremiales de sujetos obligados en la aplicación de las medidas en materia de lavado de activos y/o financiación del terrorismo.

Viernes 15 de setiembre de 2017 /

El Peruano

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Sudamérica ­ GAFISUD" (marzo 2013 a enero 2014); y, sobre la base de las recomendaciones de éste, ejecutó el proyecto "Implementación de las Medidas y Acciones para el Cumplimiento de las 40 Recomendaciones del GAFI" (noviembre 2014 a marzo 2016). Ambos con el financiamiento de la Secretaría de Estado para Asuntos Económicos de la Cooperación Suiza ­ SECO. En el marco del segundo proyecto, el 11 de marzo de 2016 se presentó el Informe Final. Entre los temas de cumplimiento técnico que consideró como prioritarios a ser abordados por el Estado, se señalaron los siguientes: - La Evaluación Nacional de Riesgos y las Evaluaciones Sectoriales de Riesgo, con un Enfoque Basado en Riesgos (EBR). - Actualización del Plan Nacional de Lucha contra el LA/FT. - Contar con un marco normativo adecuado, que establezca, entre otros aspectos, el acceso a la información protegida por el secreto bancario y la reserva tributaria y la adecuada tipificación del LA/FT. - Establecer la responsabilidad autónoma de las personas jurídicas por LA/FT. - Debido cumplimiento de las Resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU. - Generar y publicar estadísticas para demostrar la efectividad LA/FT. - Mejorar la capacidad de los operadores de justicia. - Creación de una Mesa de Trabajo para implementar las R8 y R24. - Procedimientos para intercambio de información. - Capacitación en las materias recomendadas. Para implementar parte de dichas recomendaciones se presentaron varios proyectos de ley ante el Congreso de la República; sin embargo, fue sólo a partir de la emisión de la Ley Nº 30506, Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de seguridad ciudadana por un plazo de 90 días calendario, del 9 de octubre del 2016, que se emitieron los Decretos Legislativos que recogieron en casi su totalidad los cambios normativos sugeridos. En tal sentido, a continuación se detallan las normas emitidas en el periodo abril 2016 a enero 2017, que han permitido cumplir la mayoría de las debilidades identificadas: Leyes emitidas en el periodo abril 2016-enero 2017
1 Ley Nº 30437, "Ley que modifica el artículo 3 de la Ley Nº 27693, Ley que crea la UIF-Perú, para ampliar sus facultades en la lucha contra el terrorismo", publicada el 25 de mayo del 2016. Decreto Legislativo Nº 1249, "Decreto Legislativo que dicta medidas para fortalecer la prevención, detección y sanción del lavado de activos y el terrorismo", publicado el 26 de noviembre del 2016. Decreto Legislativo Nº 1298, "Decreto Legislativo que modifica los artículos 261, 264, 266 y 267 del Código Procesal Penal aprobado por Decreto Legislativo Nº 957, que regulan la detención preliminar judicial y la detención judicial en caso de flagrancia" publicado el 30 de diciembre del 2016 Decreto Legislativo Nº 1352, "Decreto Legislativo que amplía la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas", publicado el 7 de enero del 2017.

2. Evaluación Sectoriales de Riesgos LA/FT en los ámbitos minero y pesquero Estas evaluaciones sectoriales, realizadas con la asistencia técnica de la Cooperación Alemana implementada por GIZ, han permitido identificar los principales riesgos LA/FT en los sectores minero y pesquero, así como sus respectivos lineamientos de política para mitigarlos. En el sector minero, se han identificado en orden de prioridad siete (7) riesgos: la minería ilegal del oro, minería ilegal de otros minerales, fondos del contrabando que se invierten en el sector minero, fondos del narcotráfico que se invierten en el sector minero, otras actividades ilícitas que lavan sus ganancias en el sector minero, clientes sospechosos y actividades terroristas financiadas por empresas mineras. Mientras que en el sector pesquero los riesgos LA/FT que ascienden a igual número (7) son: extracción ilegal, procesamiento ilegal, comercialización ilegal, fondos del narcotráfico que se invierten en el sector pesquero, otras actividades ilícitas que lavan sus ganancias en el sector pesquero, clientes sospechosos y actividades terroristas financiadas por empresas pesqueras. ANEXO 4 NIVEL DE CUMPLIMIENTO DE LAS 40 RECOMENDACIONES DEL GAFI El informe de evaluación mutua realizado al Perú en el marco de la III Ronda de Evaluaciones Mutuas del GAFISUD (actualmente GAFILAT) del 31 de julio del 2008 dio cuenta del grado de cumplimiento de las 49 Recomendaciones (hoy las 40 Recomendaciones de febrero del 2012). En efecto, el informe establece que 10 de ellas habían sido cumplidas; 14 mayoritariamente cumplidas; 24 parcialmente cumplidas y solo 1 no cumplida. Como resultado de esta evaluación se determinó que en las Recomendaciones claves del GAFI, como son las Recomendaciones 5, 10, 13, y las Recomendaciones Especiales I, III y IV, el Perú obtuvo una calificación de Parcialmente Cumplido, lo cual motivó que sea sometido a un proceso de "Seguimiento Intensificado"18.

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En efecto, mediante la Ley Nº 30437 se otorga expresamente a la UIF-Perú la potestad para congelar activos y fondos de las personas vinculadas al terrorismo, el FT y a la proliferación de armas de destrucción masiva, conforme a lo dispuesto en las Resoluciones del Consejo de Seguridad ONU Nº 1267, Nº 1373, Nº 1718 y Nº 2231.

Posteriormente, la SBS, con el objetivo de preparar al país para lograr una adecuada implementación de las nuevas 40 Recomendaciones del GAFI y lograr una buena calificación en la IV Ronda de Evaluaciones Mutuas, implementó el proyecto "Fortalecimiento de las Capacidades del Perú para afrontar la Cuarta Ronda de Evaluaciones Mutuas del Grupo de Acción Financiera de

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Proceso al que ingresan aquellos países que muestran deficiencias en sus sistemas de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo. Como consecuencia de ello, deben reportar periódicamente las medidas implementadas para subsanar las deficiencias detectadas.

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