Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2018 (20/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Viernes 20 de abril de 2018 /

El Peruano

Crean Juzgado de Paz en el Centro Poblado "Alto Puno", distrito, provincia, región y Distrito Judicial de Puno
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 107-2018-CE-PJ Lima, 10 de abril de 2018 VISTO: El Oficio N° 381-2018-GG-PJ cursado por la Gerente General del Poder Judicial, por el cual remite la propuesta presentada por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puno. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puno, en mérito del informe elaborado por el Responsable de la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz del mencionado Distrito Judicial; y la solicitud presentada por el Alcalde de la Municipalidad del Centro Poblado de Alto Puno, propone la creación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado "Alto Puno", Distrito, Provincia y Región de Puno. Segundo. Que, los informes elaborados por la Gerencia General del Poder Judicial y el Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, concluyen que es factible la creación del Juzgado de Paz materia de propuesta. Tercero. Que conforme a lo dispuesto en los incisos 24), 25) y 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modificar sus ámbitos de competencia territorial; asi como, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Cuarto. Que, siendo asi, y teniendo en cuenta que dentro de los objetivos principales de las políticas implementadas por este Poder del Estado, se encuentra eliminar las barreras que impide acceder al Poder Judicial a las poblaciones más alejadas de los centros urbanos del país; así como, brindar un servicio de justicia en forma oportuna y eficaz; resulta procedente la petición que se formula. En consecuencia, en mérito del Acuerdo N° 275-2018 de la décima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Lama More, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Ángulo Arana, sin la intervención de la señora Consejera Tello Gilardi por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado "Alto Puno", Distrito, Provincia, Región y Distrito Judicial de Puno; que comprende además a las Urbanizaciones: El Mirador, Ciudad Nueva, Totorani y Ciudad Humanidad - Totorani; los Barrios: San Pedro, San Salvador, Los Ángeles, 27 de Junio y Panamericana Norte; las Comunidades Campesinas: Yanamayo y Huerta Huaraya; las Parcialidades: Millojachi, Capujra y Jirata Viscachuni; y los Sectores: Coyaquipa y Chincheros. Articulo Segundo.- Los límites geográficos del órgano jurisdiccional materia de creación, son los que están descritos en el informe del Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, que en documento anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puno, Oficina Nacional de Justicia

de Paz y Justicia Indígena; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRIGUEZ TINEO Presidente 1638868-3

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Autorizan la Convocatoria a Elecciones de Jueces de Paz Titulares y Accesitarios del Juez de Paz Urbano del Asentamiento Humano Ramón Castilla y del Asentamiento Humano Néstor Gambeta Zona Alta - Callao
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 01-2018-CED-CSJCL/PJ Callao, 4 de enero de 2018. VISTOS: El oficio cursado por la abogada Rosario Quijano Soria, coordinadora de ODAJUP- Oficina de Apoyo a la Justicia de Paz Nº 100-2017-ODAJUP de la Corte Superior de Justicia; y, CONSIDERANDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 72 del Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo Distrital conjuntamente con el Presidente de la Corte Superior, son los órganos de dirección de un Distrito Judicial. Que, mediante los oficios de vistos, la señora Coordinadora y Operadora de la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz de la Corte Superior de Justicia, informa del deceso del señor Alberto Ramírez Valles, Juez de Paz Urbano del Asentamiento Humano Ramón Castilla, Callao, por tanto dicho juzgado ha quedado sin reemplazante toda vez que no cuenta con primer ni segundo accesitario, por lo que es necesario convocar al proceso de Elección de citado Juez de Paz Urbano de dicha jurisdicción; asimismo informa que el Asentamiento Humano Néstor Gambeta Zona Alta- Callao, no tiene Juez de Paz Urbano al haber quedado desierto en el último Proceso de Selección de Juez de Paz. Que, en ese sentido, el artículo 152 de la Constitución Política del Perú, señala: "Los jueces de Paz proviene de elección popular. Dicha elección, sus requisitos, el desempeño jurisdiccional, la capacitación y la duración en sus cargos son nombradas por ley. La Ley puede establecer la elección de los jueces de primera instancia y determinar los mecanismos ", y la Ley 29824, ley de Justicia de Paz, publicada en el diario el Peruano el 03 de enero del 2012, en su artículo 8º indica "El Juez de paz accede al cargo a través de los siguientes mecanismos: a) Por elección popular, b) por selección del Poder Judicial, con la activa participación de la población organizada ... La elección popular es la forma ordinaria de acceso al cargo ... Ambos procesos son reglamentados por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial". La Resolución Administrativa Nº 098-2012-CE-PJ de fecha 06 de junio del 2012, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, aprobó el Reglamento de Elección Popular de Jueces de Paz y Reglamento de Selección de Jueces de Paz, el mismo que tiene por finalidad desarrollar el proceso de elección popular del Juez acorde con lo establecido por el artículo 24º de la Ley Nº 26859- Ley Orgánica de Elecciones- y el artículo 8º de la Ley Nº 29824- Ley de Justicia de Paz, y precisa, que dichas normas son de

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