Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2018 (24/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

Viernes 24 de agosto de 2018 /

El Peruano

el servicio de transporte especial de pasajeros en vehículos menores, encargada de autorizar, controlar y supervisar dicho servicio así como de aplicar las sanciones por infracción al presente reglamento y a las disposiciones complementarias que dicte en ejercicio de su función reguladora del servicio especial; Que, mediante Ordenanza Nº 193/MDSM se Regula el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores en el distrito; Que mediante Resolución de Alcaldía Nº 373­2017/ MDSM, de fecha 08 de mayo del 2017, se crea la Comisión Técnica Mixta; Que, es política de la actual administración municipal desarrollar una serie de acciones que mejoren las condiciones de vida de la población en general, debido al nivel socioeconómico de la mayoría de la población y sumado a ello las características geográficas de nuestro distrito, es necesario el servicio de transporte público en vehículos menores motorizados dentro de nuestra jurisdicción; Que, con la finalidad de actualizar y adecuarnos a la normatividad legal vigente, es necesario expedir dispositivos para que la actual realidad del servicio mejore dentro del marco jurídico en el cual se desarrolla este servicio dentro del Distrito de San Miguel; De conformidad con lo establecido en el artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL SERVICIO DEL TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHÍCULOS MENORES EN EL DISTRITO DE SAN MIGUEL Artículo 1º.- APROBAR la Ordenanza que Regula el Servicio del Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores en el Distrito de San Miguel, y cuyo texto en Anexo Nº 01 forma integrante de la presente ordenanza, que consta de IV (cuatro) Títulos, IX (nueve) Capítulos y 54 (cincuenta y cuatro) artículos en 24 (veinticuatro) folios. Artículo 2º.- MODIFÍQUESE E INCORPÓRESE en el Cuadro de Infracciones y Sanciones del Régimen de Aplicación de Sanciones, aprobado mediante Ordenanza Nº 284/MDSM, las infracciones detalladas en el Anexo Nº 02, que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo 3º.- INCORPÓRESE en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado mediante Ordenanza Nº 274/MDSM, procedimientos establecidos en los artículos 10º y 18º, los mismos que se encuentran detallados en el Anexo Nº 03, que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo 4º.- A partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza, las autorizaciones expedidas y que no reúnan los requisitos establecidos en el TUPA en vigencia, deberán adecuarse en un plazo no mayor de 15 (quince) días de publicada la presente ordenanza. En caso no cumplieran con lo antes anotado, dichas autorizaciones serán revocadas. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS, MODIFICATORIAS, DEROGATORIAS Y FINALES Primera.- FACÚLTESE al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía establezca las disposiciones reglamentarias, complementarias o aquellas que tengan por finalidad esclarecer algún vacío o ambigüedad. Segunda.- DERÓGUESE todo norma que se oponga a la presente ordenanza. Tercera.- El presente dispositivo entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Cuarta.- El dispositivo legal aprobado se publicará en el Diario Oficial El Peruano y el texto íntegro de los documentos de gestión aprobados se publicará en el

portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel, (www.munisanmiguel.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde 1683537-1

Aprueban el Plan Regulador del Servicio de Transporte Público de Vehículos Menores en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2018 /MDSM San Miguel, 15 de agosto de 2018 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL CONSIDERANDO: VISTOS, el memorando Nº 511-2018-GM/MDSM de la Gerencia Municipal, el informe Nº081-2018-SGTTGDU/MDSM emitido por la Subgerencia de Tránsito y Transporte y la Ordenanza Nº 366/MDSM; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que mediante Decretos de Alcaldía se establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, se sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y se resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 366/MDSM se Regula el Servicio del Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores en el distrito de San Miguel, la misma en el numeral 5.15) del artículo 5º del Anexo Nº01, establece que se deberá elaborar el plan regulador para la prestación del servicio especial de transporte de pasajeros de vehículos menores, sobre la base del estudio técnico de acuerdo a lo establecido en el artículo 17º de la ordenanza Nº 1693-MML; Que, a través de documento de vistos, la Subgerencia de Tránsito y Transporte, propone el Plan Regulador del Servicio de Transporte Público de Vehículos Menores en el Distrito de San Miguel, Provincia y Departamento de Lima; Que, estando a lo expuesto y contando con los vistos buenos de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asuntos Jurídicos y la Subgerencia de Tránsito y Transporte y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo 1º.- APROBAR el PLAN REGULADOR DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO DE VEHÍCULOS MENORES EN EL DISTRITO DE SAN MIGUEL, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA, el mismo que consta de 353 (trescientos cincuenta y tres) folios, y que en anexo forma parte integrante del presente decreto. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano a través de la Subgerencia de Tránsito y Transporte, y demás áreas competentes, el fiel cumplimiento del presente decreto. Artículo 3º.- PUBLICAR el presente decreto en el Diario Oficial El Peruano y, en simultáneo, el texto íntegro del documento en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde 1683540-1

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