Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2018 (24/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

Viernes 24 de agosto de 2018 /

El Peruano

Comité Electoral Especial Descentralizado de la región Arequipa, a los afiliados: Alfredo Adán Quirquihuaña Palomino, Francisco Ernesto Álvarez Bustamante y Lourdes Villalta Samán, como presidente, secretario y relatora, respectivamente. En ese sentido, el proceso eleccionario debía realizarse, en cumplimiento de la LOP y de su estatuto partidario, con la participación de los tres miembros elegidos. 6. Sin embargo, de la revisión del reglamento electoral de la mencionada organización política, el cual obra en el expediente N° ERM.2018018960, al haberse presentado adjunto al escrito de fecha 10 de julio de 2018, se advierte, en su artículo 21, que los Comités Electorales Especiales Descentralizados (en adelante, CEED) están constituidos por tres miembros titulares y dos suplentes, los cuales designarán de entre sus miembros, a quienes ocuparán los cargos de presidente, secretario y relator. Asimismo, en su artículo 23 establece que los CEED "sesionarán ordinariamente cada semana y extraordinariamente las veces que consideren necesarias, o a solicitud del COEN. Las sesiones deberán ser convocadas por su presidente y para quedar válidamente constituidas, requieren un quorum de dos miembros titulares. Los acuerdos se tomarán por mayoría simple. El Presidente tiene voto dirimente en caso de igualdad en la votación [énfasis agregado]". 7. En ese sentido, si bien es cierto el CEED de la región de Arequipa se encuentra conformado por tres miembros, tal como lo establece el artículo 20 de la LOP y el estatuto de la organización política, no obstante, de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 de su Reglamento Electoral, el comité electoral que realizó las elecciones internas estuvo facultado para tomar acuerdos por mayoría simple, es decir, solo con dos de sus miembros. Por consiguiente, se establece que, en cumplimiento de lo prescrito en su reglamento, el acta de elecciones internas sí cumplió con las normas electorales aplicables. 8. Por tales motivos, y teniendo en cuenta los argumentos antes expuestos, corresponde declarar fundado el recurso de apelación y, en consecuencia, revocar la decisión del JEE, y disponer que dicho órgano electoral continúe con el trámite correspondiente. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Henry Álex Yauri Zúñiga, personero legal titular de la organización política Unión por el Perú; y, en consecuencia, REVOCAR la Resolución N° 00170-2018-JEE-CMNA/JNE, de fecha 27 de junio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Camaná, mediante la cual declaró improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos presentada para el Concejo Distrital de Cháparra, provincia de Caravelí y departamento de Arequipa, con el objeto de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018. Artículo Segundo.- DISPONER que el Jurado Electoral Especial de Camaná continúe con el trámite correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1684445-13

MINISTERIO PUBLICO
Designan a Fiscal Suprema Titular en el Despacho de la Fiscalia Suprema de Control Interno
RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 111-2018-MP-FN-JFS Lima, 22 de agosto de 2018 VISTO Y CONSIDERANDO: Mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos Nº 109-2018-MP-FN-JFS de fecha 06 de agosto de 2018, se encargó al doctor Jorge Antonio Bernal Cavero, Fiscal Adjunto Supremo Titular, el Despacho de la Fiscalía Suprema de Control Interno. Que, mediante Acuerdo Nº 5236, adoptado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria de Junta de Fiscales Supremos de fecha 22 de agosto de 2018, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, se acordó designar a la doctora Zoraida Ávalos Rivera, Fiscal Suprema Titular, en el Despacho de la Fiscalía Suprema de Control Interno. Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y conforme a lo establecido en el considerando precedente; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la encargatura del doctor Jorge Antonio Bernal Cavero, Fiscal Adjunto Supremo Titular, en el Despacho de la Fiscalía Suprema de Control Interno, materia de la Resolución Nº 109-2018-MP-FN-JFS de fecha 06 de agosto de 2018, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución. Artículo Segundo.- Designar a la doctora Zoraida Ávalos Rivera, Fiscal Suprema Titular, en el Despacho de la Fiscalía Suprema de Control Interno, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Consejo Nacional de la Magistratura, Despacho de la Fiscalía de la Nación, Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, a los señores Fiscales Supremos, Presidencias de la Junta de Fiscales Superiores a nivel nacional, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GONZALO CHÁVARRY VALLEJOS Fiscal de la Nación Presidente de la Junta de Fiscales Supremos 1684455-1

Establecen fecha a partir de la cual surte efectos la Res. Nº 4710-2017-MP-FN, amplían competencia de la Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos y emiten otras disposiciones
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2919-2018-MP-FN Lima, 22 de agosto de 2018 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4710-2017-MP-FN, de fecha 22 de diciembre de 2017, se resolvió, entre otros, la conversión de la Fiscalía Suprema Transitoria en lo Contencioso Administrativo, en Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos

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