Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2018 (24/08/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 72

72

NORMAS LEGALES

Viernes 24 de agosto de 2018 /

El Peruano

eleccionario, así como el Cronograma de Elecciones de la Junta Directiva del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes del Distrito de Ate (CCONNA-ATE) Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Proveído Nº 1036-2018-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL NUMERAL 6) DEL ARTÍCULO 20º Y EL ARTÍCULO 42º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972; SE DECRETA: Artículo 1º.- CONVOCAR; a elecciones de la Junta Directiva del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes del Distrito de Ate (CCONNA-ATE) para el periodo 2019-2020; en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- APROBAR; la CONFORMACIÓN DEL COMITÉ ELECTORAL DEL CONSEJO CONSULTIVO DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL DISTRITO DE ATE ­ CCONNA-ATE; de acuerdo al artículo 31º del REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO CONSULTIVO DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL DISTRITO DE ATE ­ CCONNA-ATE, aprobado con Decreto de Alcaldía Nº 026-2014/MDA; el mismo que estará integrado por: Representantes de Organizaciones de Niñas , Niños y Adolescentes: - Angela Aucatoma Garcia - Leidy Julian Caja CCONNA ATE CCONNA ATE

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban Directiva que regula el Sorteo electrónico de premios del Segundo Semestre de 2018
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2018-MDL Lince, 13 de agosto de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE VISTO: El Informe N° 370-2018-MDL-GSAT-SRAC de fecha 01 de agosto de 2018, emitido por la Subgerencia de Registro y Atención al Contribuyente, Informe N° 079-2018-MDL-GPP/SPIR de fecha 01 de agosto de 2018, emitido por la Subgerencia de Planeamiento, Inversiones y Racionalización, Informe N° 450-2018-MDL/GAJ de fecha 06 de agosto de 2018, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de competencia. Que, la Ordenanza N° 307-MDL de fecha 18 de enero de 2012, publicada en el Diario Oficial el Peruano el 25 de febrero de 2012 establece que serán beneficiados con el sorteo los contribuyentes personas naturales propietarias de casa habitación que cumplan puntualmente con sus obligaciones en las fechas de vencimiento establecidos por la Administración Tributaria en su oportunidad y precisadas en el Decreto de Alcaldía que reglamente dicho otorgamiento; Que, el artículo 68º de la Ordenanza Nº 393-2017MDL de fecha 17 de julio de 2017, ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (R.O.F) Y ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE, APROBADO POR ORDENANZA N° 346-2015-MDL establece, entre otras, como una de las funciones de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, la de formular y proponer planes y programas que permitan generar rentas a la Municipalidad; Que, mediante Ordenanza Nº 399-2017-MDL de fecha 29 de noviembre de 2017 se estableció el calendario de pagos tributarios e incentivos por pronto pago, entre otros, correspondiente al ejercicio 2018; Que, la Subgerencia de Registro y Atención al Contribuyente a través de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria considera pertinente que se apruebe la realización del sorteo de Bienes Muebles (artefactos), entre los contribuyentes considerados como Vecino Linceño Preferente, y también con aquellos contribuyentes que se pongan al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias hasta el mes de setiembre de 2018, buscando con ello reducir el índice de morosidad de nuestro distrito y en consecuencia incrementar la recaudación; Que, es preciso señalar que los contribuyentes que participan en el sorteo y que no hayan sido considerados en el padrón de Vecino Linceño Preferente sólo contarán con el beneficio del sorteo de bienes muebles establecidos en el artículo primero inciso 2 de la Ordenanza Nº 307MDL, siempre y cuando se encuentran al día en sus pagos hasta el mes de setiembre de 2018, no siendo de aplicación los demás beneficios de la citada norma; Que, estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR LA DIRECTIVA Nº 006-2018-MDL-GM, que regula el Sorteo electrónico de premios del Segundo Semestre de 2018, cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto.

Representantes de Instituciones que trabajan con la Niñez y Adolescencia en el distrito de Ate: - Susana Sánchez Ccoyllo - Yuri Hinojosa Effio Org. Civil MANTHOC Otg. Civil AGAPE

Representantes de la Municipalidad de Ate: - Jaime Pérez Cabanillas Funcionario de la Municipalidad de Ate - Aristides M. Unocc Cangalaya Funcionario de la Municipalidad de Ate

Artículo 3º.- APROBAR; el CRONOGRAMA DE ELECCIONES DEL CONSEJO CONSULTIVO DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL DISTRITO DE ATE, CCONNA-ATE, periodo 2019 ­ 2020, el mismo que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 4º.- DISPONER; que el presente Decreto de Alcaldía tendrá eficacia anticipada al 15 de junio del 2018. Artículo 5º.- DISPONER; la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano; y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe), el íntegro del Anexo antes mencionado; encargando a la Gerencia de Desarrollo Social y Cultural, y Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones su difusión. Artículo 6º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Social y Cultural, Sub Gerencia de Desarrollo Humano, Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones, y demás Unidades Orgánicas pertinentes de la Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1684230-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.