Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2018 (24/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Viernes 24 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES
VIA Av. Av. Av. Av. Av. Av. Av. Av. Av. Av. Av. DIRECCIÓN DE LA VÍA CIPRIANO DULANTO CLEMENT DEL RÍO JOSÉ LEGUÍA Y MELENDEZ JUAN PABLO FERNANDINI LA MARINA (Cuadra 6 (2), 7 (2) y 8 (2), Intersección con Pedro Torres (1) e Intersección Coricancha (1)). MARIANO CORNEJO PASO DE LOS ANDES SAN MARTÍN SUCRE UNIVERSITARIA TOTAL

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CANTIDAD MÁXIMA 3 3 3 3 3 8 8 2 2 8 8 75

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Comisión Organizadora del Sorteo de premios del segundo semestre 2018, y asimismo a las diferentes Gerencias y Subgerencias de la corporación edilicia, el cumplimiento del presente Decreto, de acuerdo a sus competencias. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Informática y Tecnología la publicación del presente Decreto de Alcaldía y su Anexo en el Portal de la Municipalidad Distrital de Lince y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen su difusión correspondiente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARTIN PRINCIPE LAINES Alcalde 1683693-1

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Aprueban el "Procedimiento del sorteo de asignación de ubicaciones para la difusión de propaganda electoral en bienes de uso público en las Elecciones Regionales y Municipales 2018", y el plano de bermas donde se podrán instalar paneles o carteles
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 26-2018-MPL-A Pueblo Libre, 20 de agosto de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE VISTO: El Informe Nº 032-2018-MPL-GRDE, emitido por la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico de fecha 07 de agosto de 2018, el Informe Legal Nº 64-2018-MPLGAJ, de fecha 13 de agosto de 2018; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27680 "Ley de Reforma Constitucional", precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local y personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. De igual modo, según el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 462-MPL, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 11 de marzo de 2016, se modifica el artículo 7 de la Ordenanza Nº 424MPL, que primigeniamente instituyera la Autorización y Regulación de la Ubicación de Anuncios y Avisos Publicitarios sobre Propaganda Electoral, lo que ha merecido variación por razones de ornato en el distrito de Pueblo Libre, debiendo utilizarse en adelante la berma central de ciertas avenidas tal y como se muestra en el cuadro siguiente:
VIA Av. BOLIVAR BRASIL Av. (Intersección con Jr. Cabo Nicolás Gutarra (1), Coraceros (2), Jr. General Borgoño (2), Av. Colombia (2), Jr. Pedro Ruiz (1)). 8 8 DIRECCIÓN DE LA VÍA CANTIDAD MÁXIMA 8

Que, la cantidad máxima de publicidad permitida por vía, tal y como dispone el artículo 7 de la Ordenanza Nº 462-MPL, debe ser materia de un sorteo público entre los partidos políticos, agrupaciones independientes y alianzas electorales, siempre que exista inscripción definitiva de la fórmula o lista de candidatos y/o haya quedado apta ante el Jurado Nacional de Elecciones o el correspondiente Jurado Electoral Especial; Que, mediante Informe Nº 032-2018-MPL-GRDE, de fecha 07 de agosto de 2018, la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico remite a la Gerencia Municipal el proyecto de Decreto de Alcaldía que aprueba el procedimiento del sorteo de asignación de ubicaciones para la difusión de propaganda electoral en bienes de uso público para las Elecciones Regionales y Municipales 2018; Que, el Informe Legal Nº 64-2018-MPL-GAJ, de fecha 13 de agosto de 2018, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye que resulta procedente la aprobación del proyecto de Decreto de Alcaldía que aprueba el procedimiento del sorteo de asignación de ubicaciones para la difusión de propaganda electoral en bienes de uso público para las Elecciones Regionales y Municipales 2018, de acuerdo al artículo 7 y la tercera disposición final de la Ordenanza Nº 462-MPL; Que, estando próximos a las Elecciones Regionales y Municipales del 07 de octubre del año en curso, se hace necesario reglamentar el sorteo público respecto de la cantidad máxima de publicidad permitida por vía, conforme lo dispone el artículo 7 de la Ordenanza Nº 462-MPL y su Tercera Disposición Final, conforme a las consideraciones antes expuestas; Estando a las consideraciones expuestas, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20, y el artículo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el "Procedimiento del sorteo de asignación de ubicaciones para la difusión de propaganda electoral en bienes de uso público en las Elecciones Regionales y Municipales 2018", que consta de seis (06) artículos, acorde con las ubicaciones aprobadas por el artículo 7 de la Ordenanza Nº 462MPL, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- APROBAR el plano que indica las bermas centrales de las vías aprobadas en el artículo 7 de la Ordenanza Nº 462-MPL, en donde se podrán instalar los paneles y/o carteles publicitarios para la difusión de propaganda electoral de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico, a través de la Subgerencia de Desarrollo Empresarial y Comercialización, así como a la Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, y a la Gerencia de Comunicación e Imagen Institucional su

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