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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (21/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 83

83 NORMAS LEGALES Viernes 21 de diciembre de 2018 El Peruano / el recurso de apelación interpuesto por Alexander Salvador Samaniego Zurita, personero legal titular de la organización política Siempre Unidos; y, en consecuencia, REVOCAR la Resolución Nº 594-2018-JEE-HCHR/JNE, del 14 de julio de 2018, que declaró improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Provincial de Huarochirí, departamento de Lima, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, y se DISPONGA que el Jurado Electoral Especial de Huarochirí continúe con el trámite correspondiente. SS.TICONA POSTIGORODRÍGUEZ VÉLEZConcha Moscoso Secretaria General 1725575-9 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Opinan favorablemente para que la Corporación Financiera de Desarrollo realice el “Quinto Programa de Instrumentos Representativos de Deuda de COFIDE” y el “Tercer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda a Corto Plazo de COFIDE” RESOLUCIÓN SBS Nº 4806-2018 Lima, 5 de diciembre de 2018LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por la Corporación Financiera de Desarrollo - COFIDE, para que se emita opinión favorable sobre el “Quinto Programa de Instrumentos Representativos de Deuda de COFIDE” a emitirse en soles, hasta por un monto máximo en circulación equivalente a US$ 500’000,000.00 (quinientos millones y 00/100 dólares americanos); y el “Tercer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda a Corto Plazo de COFIDE” a emitirse en soles, hasta por un monto máximo en circulación equivalente a US$ 200’000,000.00 (doscientos millones y 00/100 dólares americanos); y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su artículo 221º, numeral 14, faculta a las empresas a emitir y colocar bonos, certi fi cados de depósito negociables y demás instrumentos representativos de obligaciones, siempre que sean de su propia emisión; Que, la emisión de instrumentos fi nancieros se rige por lo dispuesto en el artículo 232° de la Ley General, el que establece que la emisión de instrumentos fi nancieros debe ser acordada por el órgano de dirección de la empresa y requiere opinión previa favorable de esta Superintendencia, siendo aplicable lo previsto en la Circular SBS N°B-2074-2000; Que, la Circular SBS N° B-2074-2000 establece precisiones respecto de la emisión en serie de instrumentos fi nancieros por parte de las entidades del sistema fi nanciero, diferenciando dos procedimientos de emisión, uno general y otro anticipado, correspondiendo la presente solicitud a un trámite anticipado y constatándose que se han cumplido los requisitos exigibles para tal efecto; Que, en la sesión de Directorio de COFIDE, celebrada el 20 de octubre de 2016, se aprobó el “Quinto Programa de Instrumentos Representativos de Deuda”, hasta por un monto máximo en circulación de US$ 500’000,000.00. Asimismo, se acordó delegar a la Gerencia de Finanzas la determinación de los términos, características y condiciones de las emisiones a ser realizadas en el marco del Programa; Que, en la sesión de Directorio de COFIDE, celebrada el 26 de junio de 2018, se aprobó el “Tercer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda a Corto Plazo”, hasta por un monto máximo en circulación de US$ 200’000,000.00. Asimismo, se acordó delegar al Comité de Activos y Pasivos la determinación de los términos, características y condiciones de las emisiones a ser realizadas en el marco del Programa; Que, en la sesión de Directorio de COFIDE, celebrada el 29 de octubre de 2018 se acordó modi fi car los términos y condiciones generales del “Quinto Programa de Instrumentos Representativos de Deuda” y del “Tercer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda a Corto Plazo”, especi fi cando que ambas emisiones se realizarán en soles, y que estarán garantizadas en forma genérica con el patrimonio de COFIDE; Que, COFIDE ha cumplido con presentar la documentación requerida por el Procedimiento N° 25 “Opinión favorable sobre emisión en serie de instrumentos fi nancieros para empresas del Sistema Financiero y de Seguros”, del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado mediante Resolución SBS N° 1678-2018, la que se encuentra conforme; y de forma adicional, se ha cumplido con lo previsto en la Circular SBS N° B-2074-2000; Con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Micro fi nanzas, y de Riesgos; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General y sus modi fi catorias; RESUELVE:Artículo Único.- Opinar favorablemente para que la Corporación Financiera de Desarrollo realice el “Quinto Programa de Instrumentos Representativos de Deuda de COFIDE” a emitirse en soles, hasta por un monto máximo en circulación equivalente a US$ 500’000,000.00 (quinientos millones y 00/100 dólares americanos); y el “Tercer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda a Corto Plazo de COFIDE” a emitirse en soles, hasta por un monto máximo en circulación equivalente a US$ 200’000,000.00 (doscientos millones y 00/100 dólares americanos). Regístrese, comuníquese y publíquese.SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1724992-1 Modifican el Procedimiento Operativo para disponer hasta el 25% del Fondo de Pensiones de los afiliados del Sistema Privado de Pensiones destinado a la compra de un primer inmueble RESOLUCIÓN SBS N° 5033-2018 Lima, 20 de diciembre de 2018LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES