Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2018 (09/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano / Viernes 9 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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2014-OEFA/CD modificada por la Resolución de Concejo Directivo Nº 026-2016-OEFA/CD; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR en vías de regularización el "Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador - PLANEFA 2018", que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, a través de la Subgerencia de Parques y Jardines, Información y Evaluación Ambiental, el fiel cumplimiento y ejecución del "Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador PLANEFA 2018", aprobado en el artículo 1º de la presente Resolución, y a la Gerencia Municipal su supervisión. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico la publicación de la presente Resolución y sus anexos en el Portal Institucional www. munives.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 1623598-1

MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO
Otorgan beneficios tributarios y no tributarios para el pago de deudas pendientes en la jurisdicción del distrito de Villa María del Triunfo
ORDENANZA Nº 246-2018- MVMT Villa María del Triunfo, 23 de febrero del 2018 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO VISTO, en la Sesión Ordinaria de la fecha, el Memorándum N° 036-2018-GM/MVMT de la Gerencia Municipal, los Informes N° 20-2018-GAT/MVMT, N° 15-2018-GAT-GM/MVMT y N° 40-2018-GAT-GM/MVMT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe N° 028-2018-GAJ/MVMT de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 031-2018-SGRAC-GAT/MDVMT de la Sub Gerencia de Registro y Atención al Contribuyente, el Informe N° 009-2018-SGRFT-GAT/MVMT de la Sub Gerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, el Informe N° 50-2018-SGFCYSAM-GDEL/MVMT de la Sub Gerencia de Fiscalización, Control y Sanción Administrativa Municipal, el Informe N° 12-2018-EC-GAT/ MVMT de la Ejecutoría Coactiva, el Memorándum N° 66-2018-GPP/MVMT de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, los Dictámenes N° 001-2018-MDVMTCARPP y N° 003-2018-MDVMT-CARPP de la Comisión de Administración, Rentas, Planeamiento y Presupuesto del Concejo Municipal de Villa María del Triunfo, sobre el "Proyecto de Ordenanza que Aprueba Beneficios Tributarios y no Tributarios para el pago de deudas pendientes, en la jurisdicción del Distrito de Villa María del Triunfo", y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972,

dispone que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de ley; Que, el Artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, precisa que conforme a lo establecido por el numeral 4 del Artículo 195º y Artículo 74º de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas y otorgan exoneraciones, dentro de los límites que fije la Ley; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario - Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, otorga a los gobiernos locales potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, así como exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; y en su Artículo 41º establece que, la deuda tributaria sólo podrá ser condonada por norma expresa con rango de Ley y excepcionalmente, los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo; Que, la presente Ordenanza tiene como objetivo establecer el beneficio de regularización tributaria y no tributaria dentro de la jurisdicción del Distrito de Villa María del Triunfo para los contribuyentes y/o administrados que mantengan obligaciones pendientes de pago con la Municipalidad, independientemente del estado de cobranza en que se encuentren; Que, a través del Informe N° 031-2018-SGRACGAT/MDVMT, de fecha 24 de enero del 2018, la Sub Gerencia de Registro y Atención al Contribuyente señala que se considera pertinente otorgar un estímulo consistente en descuentos conforme lo desarrollado en el proyecto de Ordenanza, siendo que los contribuyentes podrán acceder al mismo realizando el pago total del monto anual del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio fiscal del año 2018 durante la vigencia de la Ordenanza; Que, la Sub Gerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria mediante Informe N° 009-2018-SGRFT-GAT/ MVMT de fecha 24 de enero del 2018, informa que al revisar los artículos del proyecto de Ordenanza que tiene por objeto aprobar el Régimen de Incentivos por la "Amnistía para el pago de tributos", emiten opinión favorable a los beneficios descritos en el proyecto en mención; Que, la Sub Gerencia de Fiscalización, Control y Sanción Administrativa Municipal a través del Informe N° 50-2018-SGFCYSAM-GDEL/MVMT de fecha 25 de enero del 2018, señala que los beneficios contenidos en el proyecto de Ordenanza resultan beneficiosos para la administración y para el administrado, por lo que la Ordenanza se encuentra arreglado a ley; Que, mediante Informe N° 12-2018-EC-GAT/MVMT de fecha 26 de enero del 2018, el Ejecutor Coactivo señala que el proyecto de Ordenanza se encuentra arreglado a ley, y que los beneficiosos resultarán provechosos para la Administración y para los administrados; Que, mediante Informe N° 028-2018-GAJ/MVMT, de fecha 30 de enero de 2018, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que el proyecto de Ordenanza que aprueba beneficio tributario y no tributario para el Pago de Deudas Pendientes en la Jurisdicción del Distrito de Villa María del Triunfo, se encuentra conforme a la normatividad jurídica vigente, por considerar que el mismo se encuentra enmarcado dentro de las funciones y competencias exclusivas de la Municipalidad; Que, con Informe N° 20-2018-GAT-GM/MVMT, de fecha 30 de enero del 2018, la Gerencia de Administración Tributaria señala que la presente Ordenanza establece beneficios de regularización tributaria y no tributaria en la jurisdicción de Villa María del Triunfo, y cumple con los parámetros técnicos y justificación legal para su implementación;

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