Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2018 (09/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Viernes 9 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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TÍTULO II ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL PARA CONFORMAR EL CONSEJO DE COORDINACIÓN REGIONAL DEL GOBIERNO DE ICA CAPÍTULO I DE LA CONVOCATORIA Artículo 12.- Convocatoria La convocatoria a elecciones de representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional la realiza el Gobernador Regional de Ica mediante Resolución Ejecutiva Regional, designando al Comité Electoral, que estará integrado por tres (3) miembros de la Subgerencia de Planeamiento Estratégico, en calidad de presidente, vocal y secretario. Asimismo, se establecerá el cronograma de actividades para el proceso de elección de representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional. CAPÍTULO II INSCRIPCIÓN EN EL LIBRO DE REGISTRO DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL Y ACREDITACIÓN DE LOS DELEGADOS ELECTORES PARA EL PROCESO DE ELECCIÓN Artículo 13.- Del Libro de Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil para conformar el Consejo de Coordinación Regional del Gobierno Regional de Ica. 13.1.- Finalidad. El Libro de Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil para conformar el Consejo de Coordinación Regional del Gobierno Regional de Ica, tiene como finalidad la inscripción de las organizaciones de la sociedad civil de nivel regional que acrediten personería jurídica y un mínimo de tres (03) años de actividad institucional comprobada en el departamento de Ica. La Subgerencia de Planeamiento Estratégico de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial será responsable de su administración. 13.2.- Características. Se trata de un registro administrativo, cuyos efectos se suscriben a la participación ordenada, organizada y concertada de la sociedad civil; en ningún caso, se trata de un registro constitutivo de personería jurídica, derechos ni efectos más allá de los necesarios para el proceso de elección de los representantes de la sociedad civil que integrarán el Consejo de Coordinación Regional del Gobierno Regional de Ica. 13.3.- Composición. El Libro de Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil para conformar el Consejo de Coordinación Regional del Gobierno Regional de Ica, contendrá la inscripción y registro de las organizaciones de la sociedad de nivel regional que acrediten personería jurídica y un mínimo de tres (03) años de actividad institucional comprobada en el departamento de Ica. Dichas organizaciones deberán reunir y presentar los requisitos establecidos en el presente reglamento para lograr su inscripción en el Libro de Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil. 13.4.- Tipificación de Organización de la sociedad civil. Las organizaciones de la sociedad civil que podrán participar, entre otras, son las siguientes: organizaciones de productores, gremios empresariales, laborales, profesionales, agrarios, vecinales, universidades, iglesias, comunidades campesinas y nativas, mesas de concertación y organizaciones de mujeres y jóvenes. Conforme a la finalidad de su constitución, así como a la actividad que registren dichas organizaciones de la

sociedad civil serán clasificadas por la Subgerencia de Planeamiento Estratégico, como: a) Empresarial y/o productiva, se conforma para potenciar el desarrollo empresarial y/o productivo en el departamento de Ica. Ejemplo: organizaciones de productores, gremios empresariales, entre otros. b) Educativa y/o formativa, se conforma para potenciar el desarrollo de los ciudadanos en los sectores educativo y/o formativos en el departamento de Ica. Ejemplo: Universidades, institutos, entre otros. c) Social, se conforma para mejorar las condiciones sociales relacionadas con la vida comunitaria y la mejora de la calidad de vida en el departamento de Ica. Ejemplo: Comunidades campesinas y nativas, mesas de concertación y organizaciones de mujeres y jóvenes, organizaciones laborales, profesionales, agrarios, vecinales, entre otros. CAPÍTULO III INSCRIPCIÓN EN EL LIBRO DE REGISTRO DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL Y ACREDITACIÓN DEL DELEGADO ELECTOR PARA EL PROCESO DE ELECCIÓN Artículo 14.- Requisitos para la inscripción en el Libro de Registro de Organizaciones de la sociedad civil y acreditación del delegado(a) elector. Para la inscripción en el Libro de Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil, para la conformación del Consejo de Coordinación Regional del Gobierno Regional de Ica, las organizaciones de la sociedad civil deberán presentar los siguientes requisitos en la Oficina de Administración Documentaria del Gobierno Regional de Ica o en los Centros de Servicios Subregionales, según corresponda: a. Nombre de la Organización. b. Denominación abreviada de la Organización (Siglas). c. Dirección, teléfono y correo electrónico de la Organización. d. Número de socios empadronados. e. Acreditación de personería jurídica: 1) Las personas jurídicas de derecho privado, deben acreditar con copia certificada por notario su inscripción en la Superintendencia Nacional de Registros PúblicosSUNARP, correspondiente. 2) Las organizaciones creadas mediante Ley y otras normas de nivel nacional o regional, deberán adjuntar copia de la norma legal correspondiente que acredite su creación. f. Acreditar un mínimo de tres (03) años de actividad institucional regional comprobada, los que podrán ser, entre otros: Copia de Libro de Actas, Publicaciones, Memorias Institucionales, Certificados de proyectos, Páginas web activas, Declaración Jurada del Impuesto a la Renta, Declaración Mensual del Impuesto General a las Ventas (IGV), Ficha RUC actualizada, Instrumentos Jurídicos (Estatuto, Reglamento, Normativa interna y Modificaciones). g. Remitir copia certificada por notario del Acta en el que se elige al actual Directorio y/o Junta Directiva y/o Consejo de la Organización, especificándose la vigencia de su mandato. h. Remitir fotocopia del Documento Nacional de Identidad del representante legal. i. Nombre del representante que será acreditado como delegado(a) elector. j. Documento de acreditación del delegado(a) elector, suscrito por el Directorio, Consejo, Asamblea General o la que haga sus veces, y copia del Documento Nacional de Identidad. k. Solicitud de inscripción dirigida al Gobernador Regional de Ica. La solicitud de la organización de la sociedad civil, tendrá valor de declaración jurada sobre la veracidad

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