Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2018 (04/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano / Viernes 4 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES
Urbanísticos

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c) Beneficios de los Parámetros especiales de la presente norma.

Municipal de Aplicación de Sanciones Administrativas ­ R.A.S., y el Cuadro de Infracción y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Lurigancho, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, mediante Ordenanza Nº 260-MDL, la Municipalidad Distrital de Lurigancho, aprobó el Nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones y el Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Lurigancho; el mismo que fue publicado en el diario oficial El Peruano con fecha 28 de febrero de 2018; Que, conforme lo establece el Artículo 9º, inciso 8) de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal, Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, resulta necesario Modificar la Ordenanza Nº 260-MDL de la Municipalidad Distrital de Lurigancho, que aprobó el Nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones y el Cuadro de Infracciones, publicado en el diario oficial El Peruano con fecha 28 de febrero de 2018; respecto del artículo tercero y de los Anexos que son parte integrante de la ordenanza; Que, en uso de las facultades otorgadas por los incisos 8) y 9) del artículo 9º, así como el artículo 40º de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades; con el voto UNANIME de los miembros del Concejo Municipal y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la presente: ORDENANZA QUE MODIFICA PARCIALMENTE LA ORDENANZA Nº 260-MDL, QUE APRUEBA EL NUEVO REGIMEN MUNICIPAL DE APLICACION DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS ­ R.A.S., Y EL CUADRO DE INFRACCION Y SANCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO Artículo 1º.- MODIFICAR el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 260-MDL que aprueba el Nuevo Régimen Municipal de Aplicación de Sanciones Administrativas ­ R.A.S., y el Cuadro de Infracción y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Lurigancho, en los siguientes términos: "Artículo 3º.-Definiciones (...) Sanción.-Es la consecuencia jurídica punitiva de carácter administrativo establecido en el CIS, generado por la comisión de una infracción establecida en el PIM. Artículo 2º.- MODIFICAR la Segunda Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 260-MDL que aprueba el Nuevo Régimen Municipal de Aplicación de Sanciones Administrativas ­ R.A.S., y el Cuadro de Infracción y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Lurigancho, en los siguientes términos: "Segunda.-APROBAR los formatos de Papeleta de Infracción Municipal (Anexo A), Acta de Ejecución de Medida Cautelar Previa (Anexo B), Acta de Destrucción (Anexo C), Acta de Decomiso (Anexo D), Acta de Inmovilización (Anexo E), Acta de Retención (Anexo F), Acta de Retiro (Anexo G), Acta de Clausura (Anexo H) y Acta de Fiscalización (Anexo I). Artículo 3º.- MODIFICAR los Anexos A, B, C, D, E, F, G y H que forman parte integrante de la Ordenanza Nº 260-MDL que aprueba el Nuevo Régimen Municipal de Aplicación de Sanciones Administrativas ­ R.A.S., y el Cuadro de Infracción y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Lurigancho, las mismas que quedarán redactadas en los siguientes términos:

Que, los predios que actualmente se encuentran en proceso de construcción obras nuevas, ampliaciones, remodelaciones (culminadas y/o casco habitable) y demoliciones y de existir Notificación Preventiva al predio en consulta, podrán acogerse a la presente ordenanza, realizando la cancelación de la multa correspondiente indicadas a continuación para cada modalidad: Multa a las modalidades A y B (3.5% del valor de la Obra). - Multa a las modalidades C y D (10% del valor de la Obra). DISPOSICIONES FINALES Primero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, y estará vigente hasta 45 días calendarios. Segundo.- ENCÁRGUESE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Subgerencia de Control Urbano, Gerencia de Participación Vecinal y la Subgerencia de Imagen Institucional para la difusión de la presente ordenanza. Tercera.- FACÚLTESE al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias y complementarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como para determinar y aprobar las prórrogas de su vigencia conforme a sus atribuciones. Cuarta.- ENCÁRGUESE al Gerente de Administración y Finanzas y, Secretario General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, a la Unidad de Tecnología de la Información, la publicación en la página web de la Municipalidad Distrital de El Agustino (www.mdea.gob.pe), y a la Subgerencia de Imagen Institucional, la correspondiente difusión masiva. Quinta.- SUSPÉNDASE todo dispositivo legal que se oponga a la presente Ordenanza durante su vigencia. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RICHARD SORIA FUERTE Alcalde 1643578-1

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Modifican la Ordenanza N° 260-MDL, que aprobó el Nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 264-MDL Chosica, 23 de marzo de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE LURIGANCHO, en Sesión de la fecha; y, VISTO: El Dictamen Nº 004-2018/CAJER, emitido por la Comisión de Regidores de Asuntos Jurídicos, Economía y Rentas, sobre la propuesta de Modificación Parcial de la Ordenanza Nº 260-MDL, que aprueba el Nuevo Régimen

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