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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (12/09/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de setiembre de 2018 El Peruano / 024 y 028-2016-OEFA/ CD; 014-2017-OEFA/CD; y, 012- 2018-OEFA/CD— (en adelante, el Reglamento de Terceros ), el cual tiene por fi nalidad lograr una e fi ciente gestión administrativa en la contratación de Terceros Evaluadores, Supervisores y Fiscalizadores, así como determinar los procedimientos para su respectivo registro, selección, contratación y ejecución de las funciones ejercidas; Que, el Anexo IV “Modelo de Contrato de Prestación de Servicios de Tercero (Evaluador, Supervisor o Fiscalizador)” del Reglamento de Terceros, contiene el modelo de contrato que vincula a los Terceros Evaluadores, Supervisores y Fiscalizadores con el OEFA, cuyas disposiciones regulan la prestación de los servicios contratados, de conformidad con la Ley del SINEFA, los términos de referencia de la contratación y el Reglamento de Terceros; Que, a través del documento de Visto, se sustenta la necesidad de modi fi car la Cláusula Cuarta del Anexo IV “Modelo de Contrato de Prestación de Servicios de Tercero (Evaluador, Supervisor o Fiscalizador)” del Reglamento de Terceros, a fi n de permitir la continuidad en la prestación de los servicios de los Terceros evaluadores, supervisores y fi scalizadores del OEFA, coadyuvando de dicha manera al logro de los objetivos institucionales, vinculados a las funciones de fi scalización ambiental; Que, ese sentido, resulta necesario modi fi car la Cláusula Cuarta del Anexo IV “Modelo de Contrato de Prestación de Servicios de Tercero (Evaluador, Supervisor o Fiscalizador)” del Reglamento de Terceros; Que, mediante Acuerdo Nº 026-2018, adoptado en la Sesión Ordinaria Nº 025-2018 del Consejo Directivo realizada el 11 de setiembre de 2018, se acordó por unanimidad modi fi car la Cláusula Cuarta del IV “Modelo de Contrato de Prestación de Servicios de Tercero (Evaluador, Supervisor o Fiscalizador)” del Reglamento de Terceros; habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del acta respectiva a fi n de asegurar su vigencia inmediata; Con el visado de la Gerencia General, de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; y, en ejercicio de la atribución conferida por el Literal n) del Artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-MINAM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modi fi car la Cláusula Cuarta del Anexo IV “Modelo de Contrato de Prestación de Servicios de Tercero (Evaluador, Supervisor o Fiscalizador)” del Reglamento del Régimen de Contratación de Terceros Evaluadores, Supervisores y Fiscalizadores del OEFA aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 008-2013-OEFA/CD y sus modi fi catorias, el cual queda redactado en los siguientes términos: “CLÁUSULA CUARTA: VIGENCIA La duración de EL CONTRATO será determinada en los Términos de Referencia, pudiendo renovarse el plazo de ejecución del servicio.” Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano; así como en el Portal de Transparencia Estándar y el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe), en el plazo máximo de dos (2) días hábiles contado desde la emisión de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA TESSY TORRES SÁNCHEZ Presidenta del Consejo Directivo 1690455-1SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Loreto INTENDENCIA REGIONAL LORETO RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 121-024-0001166/SUNAT Punchana, 3 de setiembre del 2018 CONSIDERANDO: Que, es necesario designar nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Loreto para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modi fi catoria, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el Artículo Único de la Resolución de Superintendencia Nacional adjunta Operativa N° 005-2014- SUNAT/600000 desconcentra en el Intendente Principales Contribuyentes Nacionales, en el Intendente Lima y en los Intendentes Regionales, la competencia para designar auxiliares coactivos en el ámbito de competencia de cada intendencia; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-2014-SUNAT/600000 y del Reglamento de Organización y Funciones de SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Loreto, al trabajador que se indica a continuación: ORD REG. DNI APELLIDOS NOMBRES 1 7477 40527752 OCHOA BICHARRA KATTY Regístrese, comuníquese y publíquese. JAMBEL HOEL TORRES BARSALLO Intendente Regional (e)Intendencia Regional Loreto 1689658-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA Otorgan Licencia Institucional a la Universidad Nacional de Cañete, para ofrecer el servicio educativo superior universitario RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 116-2018-SUNEDU/CD Lima, 11 de setiembre de 2018