NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (13/09/2018)
CANTIDAD DE PAGINAS: 128
TEXTO PAGINA: 86
86 NORMAS LEGALES Jueves 13 de setiembre de 2018 / El Peruano Criterios ConsideracionesCumplimiento Sí No No aplica Replicabilidad 1. La Práctica es de fácil replicación en otros órganos jurisdiccionales o administrativos que apoyan al funcionamiento de la NLPT. 2. Cuentan con una explicación metodológica, clara y parámetros comunes. 3. Responde a una necesidad. 4. Ayuda a solucionar problemas comunes. Sostenibilidad Tiene potencial de implementarse en otros órganos jurisdiccionales o administrativos que aplican o apoyan en la implementación de la NLPT. Cuenta con fi nanciamiento autónomo. Cuenta con el su fi ciente grado de apoyo para su implementación. Innovación Inédito y creativo en el contexto. Es una nueva forma de abordar un problema o necesidad. Solucionó uno o varios problemas aplicando estrategias innovadoras. Se contó con tecnología para su desarrollo. Impacto Los cambios generaron cambios evidentes en los litigantes. Generó mejoras en el servicio. Tiene al menos 2 indicadores señalados. Efi ciencia, e fi cacia y efectividadPromueve la optimización de los recursos disponibles (personas, dinero y/o materiales). Generó ahorro de tiempo. Evidencia mejoramiento de los servicios que brinda. Participación Contó con más de 3 áreas internas para implementar la práctica. Evidencia realizar acciones de coordinaciones entre las áreas internas. Integrabilidad Se identi fi có claramente el contexto para el desarrollo. Se realizó como un esfuerzo producto de una necesidad identi fi cada. Se identi fi có que es producto de un proceso integral y no aislado. TOTAL Porcentaje de cumplimiento Aprobación siguiente etapa Esta etapa será cali fi cada por un comité que estará compuesto por: - Secretaria Técnica del ETII NLPT, - Responsable Técnico del PP99,- Gestora Administrativa del ETII NLPT,- Abogado Metodólogo del ETII NLPT,- Ingeniero Estadístico del ETII NLPT, - Ingeniero Informático del ETII NLPT, y- Gestor del Cambio del ETIINLPT. Tercera Etapa Está orientada a elegir a los ganadores del concurso, en ella se deberá realizar una valoración que involucra realizar una evaluación en base a los siguientes factores, los cuales tienen un puntaje total de 100 puntos: Tabla de Criterios (Tercera Etapa) ConsideracionesPuntaje Máximo Defi nición del servicio, proceso o estrategia que se presenta al concurso20 Análisis de la candidatura que se presenta al concurso: 20Tabla de Criterios (Tercera Etapa)ConsideracionesPuntaje Máximo Lugar en donde se inventó o creó el servicio, proceso o estrategia (indicar país o departamento o si es propio).5 En el caso de que la buena práctica se haya originado en otro país, indicar el aporte de mejora que se ha realizado (adaptación, utilización o su puesta en el funcionamiento, en caso sea elaboración propia, indicar cómo se llevó a concebir.5 Fecha que inició la buena práctica. 5 ¿Es original o ha sido adaptado para la propia Corte? ¿Combina u organiza elementos o conceptos conocidos y los convierte en un servicio o proceso diferente?2.5 ¿Está diseñado o producido e fi cientemente, minimizando el uso de insumos o recursos y optimizando resultados?2.5 Análisis de los bene fi cios de la candidatura (60 puntos) 60 ¿Por qué considera que es una buena práctica? (Mostrar los indicadores usados para la medición)25 ¿Por qué y en qué medida ha bene fi ciado a los clientes internos o externos?25 ¿Cómo y en qué medida ha bene fi ciado a otras personas adicionales a los clientes internos o externos? (bene fi ciarios indirectos)10 Total 100 La tercera etapa estará cali fi cada por los siguientes miembros: - Presidente del ETII NLPT, - Magistrados del Consejo Consultivo del ETII NLPT,- Gerente General del Poder Judicial, - Responsable Técnico del PP0099, - Coordinador de Seguimiento y Evaluación del PP0099, - Secretario Técnico del ETII NLPT, - Gestor Administrativo del ETII NLPT, y - Gestor del Cambio del ETII NLPT. Artículo 8°.- PREMIACIÓN La Corte Superior de Justicia o el trabajador(es) administrativo y/o jurisdiccional que presente su informe de ‘Buenas Prácticas Jurisdiccionales sobre la Nueva Ley Procesal del Trabajo’, cumpliendo con los criterios y requisitos establecidos en el presente Reglamento y previa evaluación del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo de su efectivo cumplimiento, será merecedor de uno o más de los siguientes reconocimientos: Para los Finalistas: - Trofeo de Vidrio con reconocimiento. - Programa especial con el Canal de Justicia TV en donde se hable de las buenas prácticas que quedaron fi nalistas (se presentarán los que participaron en la buena práctica, incluido el Presidente de la Corte). - Capacitación a la Corte Superior de Justicia, con 1 taller de trabajo en equipo, y 1 taller de atención a la ciudadanía. Para el Ganador: - Trofeo de Vidrio con reconocimiento. - Resolución de Reconocimiento (felicitación), a los integrantes o personas que presentaron la buena práctica, la misma que será emitida por parte del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en virtud de las atribuciones que le han sido conferidas, a solicitud del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. - Resolución de Reconocimiento (felicitación), al Presidente de la Corte que se desarrolló la buena práctica, la misma que será emitida por parte del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en virtud de las atribuciones que le han sido conferidas, a solicitud del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo.