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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2019 (24/04/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 76

76 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de abril de 2019 / El Peruano SE RESUELVE: Artículo Primero.- ESTABLECER como plazo para la inscripción y reinscripción de los Martilleros Públicos que integran la Nómina de la Corte Superior de Justicia de Cañete, correspondiente al año judicial 2019, para tal efecto los interesados deberán presentar sus solicitudes de inscripción como fecha límite el 17 de mayo del 2019 en la Mesa de Partes de Presidencia, siendo el plazo improrrogable. Artículo Segundo.- DISPONER que en el presente año judicial, solo podrán ser considerados para actuar como Martilleros Públicos, aquellos profesionales que hayan cumplido con revalidar su inscripción en el Registro de Martilleros de este Distrito Judicial. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución administrativa en el Diario O fi cial “El Peruano” en el diario de mayor circulación del Distrito Judicial y en la Pagina Web del Poder Judicial. REMITIR copia certi fi cada de la presente resolución a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura, O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura – Cañete, a la Administración de esta Corte Superior de Justicia y de la O fi cina de Imagen, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese. LUIS ENRIQUE GARCIA HUANCA Presidente 1762230-1 ORGANISMOS AUTONOMOS OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Aprueban el modelo definitivo de la Cédula de Sufragio votación manual para las Elecciones Municipales Complementarias 2019 y aprueban de manera definitiva las “Instrucciones para la Asignación de Número Par a la Organización Política Local Distrital de las Elecciones Municipales Complementarias 2019” y las “Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de las Organizaciones Políticas en la Cédula de Sufragio de las Elecciones Municipales Complementarias 2019” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000122-2019-JN/ONPE Lima, 22 de abril del 2019 VISTOS: el O fi cio Nº 01181-2019-SG/JNE de la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones; el Informe Nº 000017-2019-GGE/ONPE, de la Gerencia de Gestión Electoral; el Informe Nº 000410-2019-SGOE-GGE/ONPE, de la Sub Gerencia de Operaciones Electorales de la Gerencia de Gestión Electoral; el Informe Nº 000084-2019-GG/ONPE, de la Gerencia General; así como, el Informe Nº 000142-2019-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,CONSIDERANDO: Mediante Decreto Supremo Nº 001-2019-PCM, el Presidente de la República convocó a Elecciones Municipales Complementarias 2019, para el día 07 de julio de 2019, con la fi nalidad de elegir alcaldes y regidores de los concejos municipales en las circunscripciones en las cuales se declaró la nulidad de las Elecciones Municipales 2018; De conformidad con el Artículo 37 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones (LOE), en concordancia con el literal c) del Artículo 5 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), es función de la ONPE planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normativa vigente, precisándose en el literal b) del mismo artículo que es función de este organismo constitucional autónomo diseñar la cédula de sufragio, actas electorales, formatos y todo otro material en general, de manera que se asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realización de los procesos a su cargo; Asimismo, el Artículo 159 de la LOE, dispone que corresponde a la ONPE determinar las características de las cédulas de sufragio, la impresión y distribución de las mismas; así como, decidir acerca de las indicaciones ilustrativas necesarias para facilitar el voto del elector; En cumplimiento de la normativa antes citada, mediante la Resolución Jefatural Nº 000103-2019-JN/ONPE, se aprobó el diseño de la Cédula de Sufragio votación manual y sus especi fi caciones técnicas para las Elecciones Municipales Complementarias 2019; presentado en Acto Público de fecha 21 de marzo de 2019; Asimismo, con Resolución Jefatural Nº 000100-2019- JN/ONPE, se aprobó las “ Instrucciones para la Asignación de Número Par a la Organización Política Local Distrital de las Elecciones Municipales Complementarias 2019 ”; así como las “Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de las Organizaciones Políticas en la Cédula de Sufragio de las Elecciones Municipales Complementarias 2019 ”; presentadas en Acto Público de fecha 21 de marzo de 2019; Por su parte, el primer párrafo del Artículo 167 de la LOE estipula que los personeros acreditados pueden presentar impugnaciones respecto al diseño de la cédula de sufragio ante el Jurado Nacional de Elecciones. Dichas impugnaciones o reclamaciones deben estar debidamente sustentadas y ser presentadas por escrito dentro de los tres (3) días después de efectuada la publicación a que se refiere el Artículo 165 de la misma Ley; Al respecto, mediante el O fi cio Nº 01181-2019-SG/ JNE, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones, hace de conocimiento de la ONPE, que no se ha presentado ninguna impugnación o reclamación en virtud del artículo 167 de la Ley N º 26859, Ley Orgánica de Elecciones; sobre el “Diseño de la Cédula de Sufragio para votación manual de las Elecciones Municipales Complementarias 2019”; las “Instrucciones para la Asignación de Número Par a la Organización Política Local Distrital de las Elecciones Municipales Complementarias 2019” y sobre las “Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de las Organizaciones Políticas en la Cédula de Sufragio de las Elecciones Municipales Complementarias 2019”; Ahora bien, el Artículo 168 de la LOE, establece que: “ resueltas las impugnaciones o reclamaciones que se hayan formulado, o vencido el término sin que se hubiese interpuesto ninguna, la ONPE publica y divulga el modelo definitivo y procedimiento que debe seguirse (…)”; De acuerdo a lo señalado en la norma antes citada y teniendo en cuenta lo establecido en los literal d) y e) del Artículo 68 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE, y sus modi fi catorias;