Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2019 (03/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Sábado 3 de agosto de 2019

NORMAS LEGALES

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Que, además, el precitado artículo establece que las entidades del Gobierno Nacional quedan autorizadas para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del Jefe de la Oficina General de Administración y del Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, de acuerdo a lo dispuesto por la citada Ley, las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, la misma que se publica en el Diario Oficial El Peruano; Que, a través de la Resolución de Contraloría N" 1052019-CG de fecha 22 de marzo de 2019, la Contraloría General de la República aprueba el Tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional le deben transferir para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, con el Oficio N° 00455-2019-CG/SGE recibido con fecha 15 de mayo de 2019, la Contraloría General de la República solicita al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN, que efectúe la transferencia financiera por el período a auditar 2018, por el monto que a continuación se detalla: Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN
Periodo a auditar Operación Concepto Monto S/ 60 072,35

necesario aprobar la transferencia financiera con cargo al presupuesto institucional para el año fiscal 2019, precisando que por el 100% de la retribución económica (incluyendo el IGV) debe efectuarse una transferencia financiera y el por el 6% por derecho de designación o supervisión de sociedades de auditoría debe depositarse en la Cuenta Corriente N° 0000 282758 del Banco de la Nación a favor de la Contraloría General de la República; Con el visado del Director Ejecutivo, del Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe de la Oficina General de Administración y de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por el artículo 3 de la Ley N°30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República; y en uso de las facultades establecidas en el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, y del Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2009-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera del Pliego 016 Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN por un importe de 60,072.35 (Sesenta mil setenta y dos con 35/100 soles), incluido el Impuesto General a las Ventas, por el concepto de retribución económica destinado a la contratación de la sociedad de auditoría que realizará las labores de control posterior externo, correspondiente al periodo 2018, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control. Artículo 2.- La transferencia financiera autorizada en el artículo primero de la presente resolución se atenderá con cargo al presupuesto institucional modificado en el presente Año Fiscal 2019 del Pliego 016 Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN:
Meta Actividad Programa Rubro Fuente de Financiamiento Genérica del Gasto Sub Genérica del Gasto Sub Genérica del Gasto Detallada Especifica del Gastos Especifica Detallada del Gasto Importe 09 Control de Auditoria 500006 Acciones de Control y Auditoria 9001 Acciones Centrales 00 Recursos Ordinarios 1 2.4 Donaciones y Transferencias 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes 2.4.1.3 A Otras Unidades del Gobierno 2.4.1.3.1 A Otras Unidades del Gobierno 2.4.1.3.11 A Otras Unidades del Gobierno Nacional S/ 60,072.35

2018

100% Retribución Transferencia Financiera Económica (incluido IGV) Depósito en Cuenta de la CGR 6% Derecho de designación o supervisión

3 054,53 63 126,88

Total

Que, a través del Memorando N° D000446-2019CEPLAN-OPP de fecha 08 de julio de 2019, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha determinado que en la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, existen S/ 63 126,88 (Sesenta y tres mil ciento veintiséis y 88/100 Soles) que están destinados y habilitados a la Específica de Gasto: Transferencias a Otras Unidades del Gobierno Nacional, por lo que emite opinión favorable respecto de la transferencia financiera por gastos que deriven de la contratación de la Sociedad de Auditoría; Que, mediante Informe N° D000190-2019-CEPLANOGA e Informe N° D000050-2019-CEPLAN-OGACONT, la Oficina General de Administración emite opinión favorable respecto de la transferencia financiera por gastos que deriven de la contratación de la Sociedad de Auditoría; por tanto y a efecto de continuar cumpliendo las buenas prácticas y transparencia en Gestión Pública, se debe realizar la transferencia financiera a la Contraloría General de la República por la suma de S/ 63 126,88 (Sesenta y tres mil ciento veintiséis y 88/100 soles), que incluye el 100% de retribución económica incluido IGV por un valor de S/ 60,072.35 (Sesenta mil setenta y dos con 35/100 soles), y el 6% del derecho de designación y supervisión incluido IGV por un valor de S/ 3 054,53 (Tres mil cincuenta y cuatro con 53/100 soles), para que seleccione y designe a la sociedad auditora, por el periodo a auditar 2018; Que, en vista de que se cuenta con los informes favorables de las oficinas correspondientes conforme a lo señalado por el artículo 20° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, resulta

Artículo 3.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Disponer que la Oficina General de Administración realice las gestiones para la publicación de la presente Resolución en el portal institucional del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico: www.ceplan.gob. pe y en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER EDMUNDO ABUGATTÁS FATULE Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN 1793311-1

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