Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2019 (14/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

Sábado 14 de diciembre de 2019 /

El Peruano

Metropolitano de Lima y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA RECTIFICAR LA ZONIFICACIÓN DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DEL RÍMAC SECTOR CENTRO HISTÓRICO APROBADO POR ORDENANZA Nº 893 Artículo Primero.- Aprobar la rectificación de zonificación del Plano de Zonificación del distrito del Rímac, Sector Centro Histórico, aprobado por la Ordenanza Nº 893, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 de diciembre de 2005; precisando la zonificación de Zona de Tratamiento Especial 3 (ZTE-3), del predio ubicado en la esquina de la Calle Los Descalzos (antes Alameda de Los Descalzos) con el Pasaje Los Descalzos, Lote 9, Lotización del Convento de los Padres Descalzos - Orden de San Francisco, del distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima, conforme al gráfico del Anexo Nº 1 que forma parte de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar, al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorporar en el plano de zonificación del distrito del Rímac, la rectificación aprobada en virtud del Artículo Primero de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente ordenanza al administrado, así como a la Municipalidad del distrito del Rímac. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, así como disponer su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima, al igual que el anexo que forma parte de este dispositivo legal (www.munlima.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1836581-1

Declaran favorable petición de cambio de zonificación del distrito de Ate
ORDENANZA Nº 2198 Lima, 5 de diciembre de 2019 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, reconoce la autonomía política, económica y administrativa de las Municipalidades en asuntos de su competencia; Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del artículo 79 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental; y aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial;

Que, mediante Ordenanza Nº 1862, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de diciembre de 2014, se regula el Proceso de Planificación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima; Que, con la Ordenanza Nº 2086, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 13 de abril de 2018, se regula el Cambio de Zonificación en Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza Nº 1911-MML, constituyéndose el marco normativo a seguir por la Municipalidad Metropolitana de Lima, como municipalidad provincial, en el ejercicio de su función específica exclusiva en materia de organización del espacio físico y uso de suelo, planificación urbana y zonificación de áreas urbanas, teniendo en cuenta además que la zonificación regula el uso y la ocupación dentro del ejercicio del derecho de propiedad predial, consignándose en los planos de zonificación, parámetros urbanísticos y edificatorios, índice de usos para la ubicación de actividades urbanas y sus reglamentos; Que, a través de la Ordenanza Nº 1099, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de diciembre de 2007, se aprueba el Reajuste Integral de la Zonificación de los Usos del Suelo de los distritos de Ate, Chaclacayo y Lurigancho-Chosica que forman parte de las áreas de Tratamiento Normativo I,II y IV de Lima Metropolitana. Asimismo, según el artículo 2 de la citada ordenanza (Cuadros Nº 01, 02 y 03); se establece que, para el Área de Tratamiento Normativo I serán de aplicación las Normas de Zonificación aprobadas por la Ordenanza Nº 1015-MML publicada el 14 de mayo de 2007; Que, mediante el Expediente Nº 364883-2018, de fecha 12 de noviembre de 2018, la empresa TIENDAS Y COMERCIOS DEL PERU S.A.C., representada por su Gerente General, Víctor Joel Mayhua Vivanco, solicita cambio de zonificación de Comercio Vecinal (CV) a Comercio Zonal (CZ), del predio de 1,994.28 m2, ubicado en la Av. Parque Cívico de Santa Clara Nº 286 y Av. Santa Rosa Nº 184, Otras Puertas Postigo Nº 158, Fundo La Estrella, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Oficio Nº 1284-2018-MML-GDU-SPHU de fecha 21 de noviembre de 2018, solicitó a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de Ate que, en uso de sus competencias, aplique la consulta vecinal y emita la opinión técnica, dentro del plazo de 30 días, puesto que vencido dicho plazo, sin haber obtenido respuesta, se entiende como opinión favorable, en virtud a lo establecido en el artículo 9.4 de la Ordenanza Nº 2086; Que, con Oficio Nº 112-2018-MDA/GDU, recepcionado el 10 de diciembre de 2018, la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de Ate emite opinión favorable al cambio solicitado, el cual fue incluido dentro del Ámbito 09 de la Propuesta de Reajuste Integral de Zonificación de los Usos del Suelo del Distrito de Ate, aprobado mediante Acuerdo de Concejo Nº094-2018/ MDA, de fecha 28 de septiembre de 2018 y remitido a la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Documento Simple Nº 31297-2018, para ser evaluado por el Instituto Metropolitano de Planificación. Asimismo, con Oficio Nº 019-2019-MDA/GIU de fecha 09 de mayo de 2019, la Gerencia de Infraestructura y Urbanismo de la Municipalidad Distrital de Ate da respuesta técnica solicitada por esta corporación, mediante Oficio Nº 625-2019-MML-GDU-SPHU de fecha 23 de abril de 2019, poniendo en conocimiento que ya existe una opinión emitida mediante el Acuerdo de Concejo Nº 094-2018/ MDA, con opinión favorable al cambio solicitado, el mismo que forma parte del Ámbito 09 del ámbito de estudio, por lo que técnicamente no se puede contravenir a una decisión del Concejo Distrital de acuerdo al artículo 4 de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, la Dirección Ejecutiva del Instituto Metropolitano de Planificación, con Oficio Nº 0618-19-MML-IMP-DE de fecha 14 mayo de 2019, informa que su despacho ha procedido a la nueva evaluación de la solicitud presentada y, al no contener nuevos elementos de

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