Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2019 (23/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Miércoles 23 de enero de 2019 /

El Peruano

APNOP y registrar la programación física y financiera. En el caso de los PP, la estructura funcional programática ya se encuentran establecidas en el diseño de dichos Programas. Las categorías presupuestarias deben ser seleccionadas de acuerdo a las competencias de la entidad. d) Establecer la vinculación de los proyectos en general a las categorías presupuestarias. En el caso de los PP, se deben seleccionar aquellos proyectos que contribuyan al logro del resultado específico del PP y que estén asociadas a alguna de las tipologías de proyectos identificada en el PP, teniendo en consideración el cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios públicos previstas en la Programación Multianual de Inversiones, en los casos que corresponda. e) Proponer la distribución de la APM para el cumplimiento de objetivos institucionales para cada año fiscal, teniendo en cuenta la capacidad de ejecución de las entidades y la oportuna entrega de productos, servicios e proyectos, en este último caso, de acuerdo a cronogramas de ejecución establecidos en sus respectivos estudios. f) Coadyuvar a la consolidación fiscal, la sostenibilidad fiscal y a la asignación eficiente del gasto público. Artículo 4. Comisión de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria 4.1. El Titular de la entidad conforma una "Comisión de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria", en adelante la Comisión, que se encarga de coordinar el proceso de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria. Dicha Comisión es designada mediante resolución del Titular de la entidad. 4.2. La Comisión es presidida por el Jefe de Presupuesto1 de la entidad o el que haga sus veces, y está integrada por el o los responsable(s) de los PP, los Jefes de la Oficina General de Administración, de Abastecimiento, de Personal, de Infraestructura, de Inversiones, de Planeamiento, el Responsable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI), así como de las oficinas de Investigación, Seguimiento, Evaluación y/o Estadística, Unidades Formuladoras, o los que hagan sus veces, con la participación de los representantes de las unidades ejecutoras, según corresponda. Los integrantes de la Comisión son responsables, en el marco de sus competencias, del resultado de sus actividades. 4.3. La Comisión, bajo la supervisión del Titular de la entidad, desarrolla las siguientes acciones: a) Revisa la información sobre los productos entregados y los resultados logrados por la entidad en los años fiscales anteriores, principalmente los resultados esperados y recomendaciones de las evaluaciones independientes, así como el cumplimiento de las metas relacionadas al cierre de brechas de infraestructura y acceso a servicios previstas en la Programación Multianual de Inversiones (PMI) y la retroalimentación generada por las evaluaciones ex post de las inversiones. b) Evalúa el nivel cumplimiento de matrices de compromisos en el marco de las evaluaciones independientes, las recomendaciones de las evaluaciones ex post de las inversiones y el avance de cumplimiento de las recomendaciones de los informes de verificación al diseño de los PP remitidos por la Dirección General de Presupuesto Público (DGPP). c) Prioriza el gasto en los PP, sus productos y proyectos, considerando las prioridades de resultados establecidas en las leyes anuales de presupuesto y de acuerdo a las acciones señaladas en los literales precedentes, según corresponda. d) Determina las metas físicas e indicadores de desempeño a nivel de PP, productos y actividades que se proponen cumplir para los años de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria, sobre la base de la Asignación Presupuestaria Multianual. e) Evalúa si la capacidad institucional (recursos humanos, tecnología, organización), es adecuada para asegurar la entrega de los productos y el logro de las metas proyectadas para los años de la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria. Si la entidad no contara con dicha capacidad, los productos y las metas a programar deberán ajustarse a su capacidad operativa de implementación.

f) Para las entidades bajo los alcances del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, garantiza que la APM considere la priorización de inversiones de la Cartera de Inversiones aprobada en el Programa Multianual de Inversiones (PMI) las cuales se orientan al cierre de brechas de infraestructura y de acceso a servicios. g) Optimiza las Acciones Centrales de la entidad, reduciendo duplicidades y reordenando procesos operativos que permitan un apoyo más eficiente en la ejecución de los PP para alcanzar los objetivos de la entidad. h) Optimiza las Asignaciones Presupuestarias que no resulten en Productos (APNOP) de la entidad, de tal manera que implique su revisión con el fin de alcanzar los objetivos y prioridades. i) Determina los gastos para el año cuyo presupuesto se esté elaborando (año 1) y los 2 años siguientes (años 2 y 3) que permitirán el cumplimiento de las metas establecidas durante el periodo de la Programación Multianual Presupuestaria, sujetándose a la APM y la distribución de las mismas por cada Unidad Ejecutora, según corresponda. j) Define la estructura funcional programática. k) Presenta al Titular de la entidad el Resumen Ejecutivo de la Programación Multianual Presupuestaria, remitiendo como mínimo la información recogida en el Formato Nº 1-GNyR - Modelo de Resumen Ejecutivo. 4.4. La Comisión culmina sus trabajos con la presentación de la información la desagregación de la APM para la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria de la entidad a la DGPP, así como con el levantamiento de las observaciones que ésta última realice, en los plazos definidos por la DGPP. Artículo 5. De las responsabilidades de la Oficina de Presupuesto de la entidad 5.1. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, en el marco de lo establecido en el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1440, conduce la Programación Multianual Presupuestaria de la entidad, realizando entre otras acciones, las siguientes: a) Brinda apoyo técnico a la Comisión de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria. b) Presta asesoría técnica, encontrándose facultada para emitir los lineamientos técnicos adicionales que sean necesarios para la fluidez y consistencia de la Programación Multianual Presupuestaria, además busca que las prioridades acordadas institucionalmente guarden correspondencia con los PP y con la estructura presupuestaria. c) Propone al Titular de la entidad o a quien éste delegue, la distribución del monto para el año cuyo presupuesto se esté elaborando (año 1) y los 2 años siguientes (años 2 y 3) de la APM acorde con los parámetros establecidos y comunicados por la DGPP, según corresponda, durante la Programación Multianual Presupuestaria. d) Hace de conocimiento de la(s) Unidad(es) Ejecutora(s), según corresponda, el monto de los recursos que se asigna a cada una de ellas con cargo a la APM durante la Programación Multianual Presupuestaria. e) Revisa, evalúa y aprueba el sustento de la Programación Multianual Presupuestaria elaborada por las distintas Unidades Ejecutoras de la entidad, según corresponda. f) Verifica que la Programación Multianual Presupuestaria registrada en el "Módulo de Programación Multianual" por las Unidades Ejecutoras de su entidad, según corresponda, esté acorde con todos los parámetros de distribución del monto de la APM establecidos y comunicados por la DGPP, así como con la estructura funcional programática vigente.

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Para la presente Directiva se refiere al Jefe de la Oficina General de la Planificación y Presupuesto o el que haga sus veces.

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