Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2019 (23/01/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

26

NORMAS LEGALES

Miércoles 23 de enero de 2019 /

El Peruano

5. Prever los recursos necesarios para garantizar los gastos oportunos de operación y mantenimiento de las inversiones realizadas. Para efectos de una adecuada programación del gasto corriente, las entidades deberán compatibilizar su Asignación Presupuestaria Multianual para los gastos de capital y gasto corriente, de modo que se asegure la existencia de los recursos suficientes para la operación y mantenimiento que generarán las inversiones en marcha, y, especialmente, las nuevas inversiones. Asimismo, deberán asegurar los recursos necesarios para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de contratos de concesión en el marco de las Asociaciones Públicas Privadas - APP o similares, vinculadas al mantenimiento de infraestructura, de acuerdo a lo sustentado en las capacidades presupuestales solicitadas. 6. La programación del gasto debe contemplar las metas de eficiencia a ser definidas por la entidad. 7. Las entidades deberán limitar la programación de gastos programados bajo los clasificadores de gasto denominados como "Otros", los cuales se identifican a través del código de clasificador de gasto "99", a los casos estrictamente necesarios y justificados. d) Las entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, para las siguientes partidas de gasto dentro de la genérica del gasto 2.3 Bienes y Servicios, deben considerar, según corresponda, la información que se encuentra registrada en el "Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público" a cargo de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos, a la fecha de corte que se detalla en el Anexo N° 1-A/ GNyR - Cuadro de plazos de hitos de la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales: 2.3.2.7.5.1 Estipendio por Secigra, 2.3.2.7.5.2 Propinas para practicantes, 2.3.2.7.5.4 Animadoras y Alfabetizadoras, 2.3.2.7.5.5 Alumnos de escuelas militares y policiales, 2.3.2.7.5.7 Internos de medicina y odontología, 2.3.2.7.5.8 Contribuciones a los seguros de salud, 2.3.2.7.12.1 Locación de Servicios ­ Fondo de Apoyo Gerencial, 2.3.2.7.12.2 Locación de Servicios ­ Personal Altamente Calificado, 2.3.2.8.1. Contratos Administrativo de servicios Adicionalmente, para el caso de los Contratos Administrativo de Servicios, se deberá considerar en la estimación del gasto, los aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad, de acuerdo a la normatividad vigente. Asimismo, para las partidas de gasto detalladas en el presente literal, las entidades del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales deben remitir a la DGPP la información correspondiente i) a la sostenibilidad de las medidas que tengan impacto presupuestal y de las modificaciones presupuestales en el nivel institucional, aprobadas en el Año Fiscal en el que se realiza la Programación Multianual Presupuestaria, y ii) al financiamiento de nuevas medidas que tengan impacto presupuestal, a ser implementadas en el período de la Programación Multianual Presupuestaria; conforme a los establecido en el Anexo N° 1-B/GNyR - Cuadro de plazos para la remisión de información requerida para la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales. Dicha información debe ser remitida en físico y medio magnético, conforme al formato de fichas correspondientes del "Módulo de Recolección de Datos". En lo correspondiente a la sostenibilidad de las medidas que tengan impacto presupuestal y de las modificaciones presupuestales en el nivel institucional, aprobadas en el Año Fiscal, la información debe ser enviada por las entidades autorizadas a aprobar dichas medidas en el marco de la normatividad vigente. Adicionalmente, la DGPP puede solicitar a las entidades la metodología empleada y las bases nominales que sustenten la información consignada en las fichas, así como el detalle al nivel de la clasificación institucional, económica, funcional programática y geográfica, entre otros datos.

12.1.3. Donaciones y Transferencias Para los tres años que comprende la Programación Multianual Presupuestaria, las entidades deberán programar las transferencias permitidas por la norma legal correspondiente. La programación de transferencias para financiar proyectos se debe realizar registrando el código único de proyecto en la genérica de gasto 2.4. "Donaciones y Transferencias" de la categoría de gasto 6. "Gasto de Capital". Para las transferencias de partidas se debe utilizar el código de finalidad 0058264: Transferencia de recursos para la ejecución de proyectos de inversión y para las transferencias financieras se debe utilizar el código de finalidad 0045071: Transferencia financiera. Para estimar los montos de la programación de transferencias en el año 1 para financiar inversiones en ejecución que se encuentren en el marco del Invierte. pe, los Pliegos a cargo deben utilizar la información de ejecución de dichas inversiones actualizada en el Banco de Inversiones por las entidades receptoras de dichas transferencias. 12.1.4. Otros gastos a) Subsidios, subvenciones y otras transferencias: La Programación Multianual Presupuestaria de recursos deberá basarse en una gestión por resultados acorde con el Criterio de Consistencia, guardando plena concordancia con los sistemas informáticos del sector público, y con el Criterio de Pertinencia y Cierre de Brechas, reflejando en la programación las medidas adoptadas como resultado de las revisiones de gasto, análisis de costo-efectividad y eficiencia, monitoreo y evaluaciones sobre la calidad del gasto u otras que cumplan con los criterios establecidos en la Directiva de Evaluaciones Independientes que emita la DGPP, además de considerar también el monitoreo de sus estrategias y programas realizados, priorizando aquellas recomendaciones consensuadas en las Matrices de Compromisos, y sus respectivas actualizaciones. Adicionalmente, las entidades deben considerar las siguientes pautas para la Programación Multianual Presupuestaria: i. Las estrategias y programas deberán obedecer a estrictos criterios de focalización y priorización explícitos, cuya aplicación resulte del uso de los sistemas de información disponible, como por ejemplo el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH), la Encuesta Nacional de Hogares (ENAHO), y los censos y encuestas desarrolladas por la entidad, según corresponda. Asimismo, dichos criterios deberán minimizar la subcobertura y la filtración de la población objetivo. ii. La programación de las estrategias y programas deberá basarse en un costo por beneficiario considerando criterios de eficiencia. Los costos asociados materia del beneficio deben estar plenamente identificados y acorde con la normatividad vigente, y la programación debe sustentarse en un padrón de beneficiarios validado, actualizado y que resulte de la aplicación de los criterios de focalización y priorización. Para el caso del apoyo a las Sociedades de Beneficencia, dicho gasto es programado por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y los Gobiernos Locales, en el marco de la transferencia de funciones y competencias aprobadas, cuando corresponda. En el caso de las subvenciones reguladas por el artículo 71 del Decreto Legislativo N° 1440, las entidades programarán sólo aquellas subvenciones que hayan sido objeto de revisión e informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto de la entidad o la que haga sus veces. Para tal efecto se deberán evaluar: i) los montos a ser otorgados; ii) la finalidad de las subvenciones; iii) un análisis costo-beneficio, que tome en cuenta la racionalidad de los recursos públicos y los efectos de la aplicación de la subvención en el cumplimiento de su finalidad; iv) las entidades beneficiadas; v) la fecha de inicio y fin; y, vi) los dispositivos legales que autorizaron tales subvenciones. El informe a que hace referencia el presente literal, es publicado en el portal institucional de la entidad.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.