Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2019 (23/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Miércoles 23 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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Las entidades deben tomar en cuenta las siguientes pautas de proyección de gasto multianual que prioriza: a) la programación de las políticas existentes que ya tienen incidencia sobre el presupuesto, b) la implementación de reformas previstas acorde a la disponibilidad de recursos. a) La programación de las políticas existentes Conceptos Permanentes: Cuantificar el costo anual de los conceptos y cargas sociales del personal activo y pensionista, según la normatividad vigente y que se pagan mensualmente. Para lo cual se debe considerar la planilla con la fecha de corte que se detalla en el Anexo N° 1-A/ GNyR - Cuadro de plazos de hitos de la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales para las entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales. Asimismo, para los Gobiernos Locales, y organismos públicos y empresas no financieras de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, se debe considerar la información de la planilla más actualizada que se encuentre disponible al momento de la elaboración de la Programación Multianual. Conceptos Variables y Ocasionales: Adicionar al costo permanente al que hace referencia el párrafo precedente, los conceptos ocasionales como los Aguinaldos por Fiestas Patrias y por Navidad, y la Bonificación por Escolaridad, según corresponda al régimen laboral de acuerdo a la norma legal correspondiente. En el caso de las entidades sujetas al régimen laboral de la actividad privada, se deben considerar los montos que vienen recibiendo por concepto de Gratificación por Fiestas Patrias y Navidad en los meses de julio y diciembre respectivamente, así como por concepto de Bonificación por Escolaridad, de acuerdo a la normatividad correspondiente. Adicionalmente, incluir aquellos gastos de carácter eventual que correspondan al retiro o cese de personal, bonos, asignaciones, compensaciones y otros pagos eventuales, según corresponda al régimen laboral de conformidad con la normatividad correspondiente y que se prevean puedan producirse durante el año de elaboración de la Programación Multianual Presupuestaria. Asimismo, las entidades del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales deben remitir a la DGPP, a través del "Módulo de Recolección de Datos", la información correspondiente a la sostenibilidad de las medidas que tengan impacto presupuestal y de las modificaciones presupuestales en el nivel institucional, aprobadas en el Año Fiscal en el que se realiza el ejercicio de Programación, conforme a los establecido en el Anexo N° 1-B/GNyR - Cuadro de plazos para la remisión de información requerida para la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales. Dicha información debe ser remitida en físico y medio magnético, conforme al formato de fichas correspondientes del "Módulo de Recolección de Datos". Dicha información debe ser enviada por las entidades autorizadas a aprobar dichas medidas en el marco de la normatividad vigente. Adicionalmente, la DGPP puede solicitar a las entidades, mediante oficio, la metodología empleada y las bases nominales que sustenten la información consignada en las fichas, así como el detalle al nivel de la clasificación institucional, económica, funcional programática y geográfica, entre otros datos. b) Implementación de reformas previstas Las entidades deben considerar las previsiones de gastos por efectos de reformas en el sector público que involucren cambios en los ingresos de los servidores, como la reforma del servicio civil, así como otras reformas previstas, no consideradas en la literal a), las mismas que serán evaluadas por el Ministerio de Economía y Finanzas para su previsión correspondiente, acorde con las reglas fiscales respectivas. Para lo cual, las entidades del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales deben remitir a la DGPP, a través del "Módulo de Recolección de Datos", la información correspondiente al financiamiento de nuevas medidas que tengan impacto presupuestal, a ser implementadas en el

período de la Programación Multianual Presupuestaria, conforme a lo establecido en el Anexo N° 1-B/GNyR - Cuadro de plazos para la remisión de información requerida para la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales. Dicha información debe ser remitida en físico y medio magnético, conforme al formato de fichas correspondientes del "Módulo de Recolección de Datos". Adicionalmente, la DGPP puede solicitar a las entidades la metodología empleada y las bases nominales que sustenten la información consignada en las fichas, así como el detalle al nivel de la clasificación institucional, económica, funcional programática y geográfica, entre otros datos. 12.1.2. En materia de bienes y servicios a) Se debe identificar las metas de producción y provisión de bienes y/o servicios, con relación a los objetivos prioritarios vinculados a los resultados específicos de los Programas Presupuestales (PP) que serán implementados por la entidad para el año de la Programación Multianual Presupuestaria. Estas metas y el costo de los insumos necesarios para su logro serán las variables que justificarán los gastos que se estimen en la Programación Multianual Presupuestaria. La medición de estas variables debe estar sustentada en fuentes de información y metodologías indicadas por la entidad. b) Para los tres años que comprende la Programación Multianual Presupuestaria, el gasto público de bienes y servicios debe programarse con base a la información que se encuentre registrada en el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP), en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE), según corresponda, y en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA) por centro de costo y punto de atención, cuando corresponda, incluyendo el módulo de PpR, y el Modulo de Patrimonio (MP), en las Unidades Ejecutoras que cuenten con dicho sistema, y en otros sistemas complementarios desarrollados para la gestión del patrimonio y de los productos y servicios. Dicha programación debe guardar consistencia con la información registrada en el Cuadro de Necesidades, el Plan Anual de Contrataciones (PAC) vigente, la Constancia de Previsión Presupuestal y el cronograma proyectado de pagos por ítem. c) Las entidades deberán priorizar los pagos asociados a los compromisos adquiridos en el año anterior al de la Programación Multianual Presupuestaria, considerar la naturaleza multianual en determinadas partidas de gasto acorde con los productos y servicios brindados por la entidad en el horizonte de todo el período que abarca la Programación Multianual Presupuestaria, así como implementar medidas de eficiencia del gasto, según corresponda. Adicionalmente, deben considerar las siguientes pautas para la programación: 1. Considerar prioritariamente las obligaciones contractuales, suscritas y previstas en base a los instrumentos3 y plazos de las normas sobre contrataciones del Estado u otras aplicables y la programación de pagos en concordancia con los términos del contrato. 2. Priorizar el pago de los servicios básicos de luz, agua, teléfono, seguridad, vigilancia, limpieza, mensajería, seguros, entre otros. 3. Sustentar y programar los gastos destinados a alquileres de edificios e infraestructura con un horizonte de al menos tres años en adelante. 4. En cuanto a los gastos destinados a combustibles y carburantes y servicios de mantenimiento y reparaciones de vehículos, deberá guardar correspondencia con la información de flota vehicular que se reporta de forma mensual en el Portal de Transparencia del Estado (Tema: Contratación de Bienes y Servicios; Rubro: Vehículos)4.

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Cuadro de necesidades, Plan Anual de Contrataciones, Registro de Contratos y Previsiones, entre otros. Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; RM Nº 200-2010, aprueba lineamientos de implementación del PTE y RM N° 252-2013-PCM con sus modificaciones.

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