Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2019 (01/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Viernes 1 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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conformidad y visto bueno a la propuesta del Plan Maestro de la Reserva Comunal Asháninka, periodo 2019-2023; Con las visaciones de la Dirección de Desarrollo Estratégico, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y de la Gerencia General, y; De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal m) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Maestro de la Reserva Comunal Asháninka, periodo 2019 - 2023, como documento de planificación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida, cuyo texto se encuentra contenido en el Anexo 1, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Ratificar la delimitación de la zona de amortiguamiento de la Reserva Comunal Asháninka, aprobada mediante Resolución Presidencial N° 239-2012-SERNANP, publicada el 11 de enero de 2013. Artículo 3º.- Encargar a la Jefatura de la Reserva Comunal Asháninka, velar por la implementación del referido Plan Maestro. Artículo 4º.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal institucional del SERNANP: www.sernanp.gob.pe, en el cual, además, deberá publicarse el texto del Plan Maestro. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA Jefe 1736784-1

Aprueban actualización del Plan Maestro de la Reserva Nacional Tambopata, periodo 2019 - 2023
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 035-2019-SERNANP Lima, 29 de enero de 2019 VISTO: El Informe N° 023-2019-SERNANP-DGANP del 16 de enero de 2019 de la Dirección de Gestión de Áreas Naturales Protegidas y el Informe N° 13-2019-SERNANPDDE del 09 de enero de 2019, de la Dirección de Desarrollo Estratégico del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas; Que, a través del numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP, el mismo que se constituye en el ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado ­ SINANPE, y en su autoridad técnico normativa; Que, de conformidad con el literal g) del artículo 8° de la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, es función del SERNANP aprobar los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas; Que, el artículo 18° de la precitada Ley, establece que las Áreas Naturales Protegidas contarán con documentos de planificación de carácter general y específico, por tipo de recursos y actividad, aprobados por el SERNANP con la participación de los sectores competentes correspondientes, los mismo que una vez aprobados constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro del Área;

Que, el artículo 20° de la precitada Ley, establece que la misma Autoridad Nacional aprobará un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el mismo que constituye el documento de planificación de más alto nivel con el que cuenta cada ANP y que deberá ser elaborado bajo procesos participativos y revisado cada cinco (5) años; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2009-MINAM de fecha 23 de abril de 2009, se establecen las Disposiciones para la elaboración de los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas; Que, mediante Resolución Presidencial N° 049-2014-SERNANP de fecha 19 de febrero de 2014, se aprueban las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, en materia de Planes Maestros de Áreas Naturales Protegidas de administración nacional; Que, mediante Decreto Supremo N° 048-2000-AG de fecha 05 de setiembre de 2000, se declara como Reserva Nacional Tambopata la superficie de doscientos setenta y cuatro mil seiscientos noventa hectáreas (274 690 ha), ubicada en la provincia de Tambopata del departamento de Madre de Dios; Que, mediante Resolución Presidencial N° 158-2011-SERNANP de fecha 27 de julio de 2011, se aprobó, la actualización del Plan Maestro la Reserva Nacional Tambopata, periodo 2011-2016; Que, mediante el Memorándum N° 048-2019-SERNANP-DDE de fecha 18 de enero de 2019, la Dirección de Desarrollo Estratégico solicita la elaboración de la Resolución Presidencial en base al Informe N° 13-2019-SERNANP-DDE de vistos, en el cual se concluye que el Plan Maestro no presenta observaciones, que ha sido validado por la Comisión Ejecutiva del Comité de Gestión y sustentado ante la Alta Dirección del SERNANP, cumpliendo con los requisitos mínimos establecidos en la Resolución Presidencial N° 049-2014-SERNANP; Que, asimismo, la Dirección de Desarrollo Estratégico recomendó aprobar el Plan Maestro de la Reserva Nacional Tambopata, ratificar la zona de amortiguamiento aprobada mediante Resolución Presidencial N° 240-2017-SERNANP; Que, mediante Informe N° 023-2019-SERNANPDGANP de vistos, la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas otorga la conformidad y visto bueno a la propuesta del Plan Maestro de la Reserva Nacional Tambopata, con la condicionante de incluir los comentarios vertido en el informe precitado; Con las visaciones de la Dirección de Desarrollo Estratégico, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y de la Gerencia General, y; De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal m) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la actualización del Plan Maestro de la Reserva Nacional Tambopata, periodo 2019 - 2023, como documento de planificación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida, cuyo texto se encuentra contenido en el Anexo 1, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Ratificar la delimitación de la zona de amortiguamiento de la Reserva Nacional Tambopata, aprobada mediante Resolución Presidencial 240-2017-SERNANP, publicada el 02 de octubre de 2017. Artículo 3º.- Encargar a la Jefatura de la Reserva Nacional Tambopata, velar por la implementación del referido Plan Maestro. Artículo 4º.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal institucional del SERNANP: www.sernanp.gob.pe, en el cual, además, deberá publicarse el texto del Plan Maestro. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA Jefe 1736785-1

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