Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2019 (01/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano / Viernes 1 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
Autorizan la difusión del proyecto de modificación de la Política sobre publicidad de proyectos normativos, normas legales de carácter general y otros actos administrativos de la SMV
RESOLUCIÓN SMV Nº 001-2019-SMV/01 Lima, 31 de enero de 2019 VISTOS: El Expediente N° 2019002634, el Informe Conjunto N° 72-2019-SMV/06/12 del 22 de enero de 2019, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica y la Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo, así como el Proyecto de modificación de la Política sobre publicidad de proyectos normativos, normas legales de carácter general y otros actos administrativos de la SMV; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 1 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), aprobado mediante Decreto Ley N° 26126, la SMV está facultada para dictar las normas legales que regulen materias del mercado de valores, mercado de productos y sistema de fondos colectivos; Que, el artículo 360 de la Ley del Mercado de Valores -LMV, Decreto Legislativo N° 861, incorporado por el Decreto Legislativo N° 1061, dispuso que la SMV, en la medida de lo practicable, publique por anticipado cualquier regulación de aplicación general relativa a materias reguladas por la LMV, así como el propósito de dichas regulaciones, entre otras medidas de transparencia; Que, mediante Resolución SMV N° 014-2014-SMV/01 se aprobó la "Política sobre publicidad de proyectos normativos, normas legales de carácter general y otros actos administrativos de la SMV" (en adelante, "La Política sobre Publicidad"), la cual establece el régimen de difusión en consulta ciudadana de los proyectos normativos que emita la SMV, así como la publicación de las normas legales de carácter general y las resoluciones administrativas emitidas por los órganos decisorios de la SMV que, además de su implicancia particular, tengan un alcance general; Que, resulta necesario promover y facilitar una mayor participación ciudadana en el proceso de elaboración de las normas de carácter general que emita la SMV, que no se circunscriba sólo al proceso de consulta ciudadana de los proyectos normativos, sino que, a través de la difusión de la agenda regulatoria, se permita al público enviar sus precisiones, sugerencias y comentarios sobre aspectos que la regulación contenida en dicha agenda debería abordar, enriqueciéndose con ello el proceso y diseño de la normativa bajo competencia de la SMV; Que, por otro lado, se requiere incluir disposiciones normativas que regulen la difusión de otros actos administrativos e información de naturaleza relevante para el mercado, como sentencias judiciales firmes que se pronuncien sobre la comisión de delitos relacionados con el mercado de valores, sanciones administrativas firmes impuestas por la SMV, exposiciones de motivos y resúmenes de propuestas normativas sobre aquellos proyectos de especial relevancia e impacto para el mercado, entre otras modificaciones; Que, la propuesta de modificaciones a la Política sobre Publicidad de la SMV, permitirá fomentar la

participación ciudadana en la elaboración de normas de carácter general por parte de la SMV, lo que se condice con lo dispuesto en los artículos 4° y 8° de la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, Ley N° 27658, y en el inciso 1.12 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444; Que, conforme a lo señalado por los artículos 1° y 2° de La Política sobre Publicidad, se considera necesario difundir, a través del Portal del Mercado de Valores, el Proyecto de modificación de la Política sobre publicidad de proyectos normativos, normas legales de carácter general y otros actos administrativos de la SMV por el plazo de veinte (20) días calendario, a efectos de que el público en general pueda, durante dicho plazo, formular sus sugerencias y/o comentarios a la propuesta normativa; y, Estando a lo dispuesto por el literal a) del artículo 5° del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores SMV, aprobada por el Decreto Ley N° 26126 y sus modificatorias, el inciso 1 del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores ­ SMV, así como a lo acordado por el Directorio de la SMV, reunido en su sesión del 30 de enero de 2019; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la difusión del proyecto de modificación de la Política sobre publicidad de proyectos normativos, normas legales de carácter general y otros actos administrativos de la SMV. Artículo 2.- Disponer que el proyecto señalado en el artículo precedente se difunda en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 3.- El plazo para que las personas interesadas pueden remitir a la Superintendencia del Mercado de Valores sus comentarios y observaciones sobre el proyecto señalado en los artículos anteriores es de veinte (20) días calendario contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4.- Los comentarios y observaciones a los que se hace referencia en el artículo anterior, podrán ser presentados vía la Oficina de Trámite Documento de la Superintendencia del Mercado de Valores, ubicada en la Avenida Santa Cruz N° 315 - Miraflores, provincia y departamento de Lima, o a través de la siguiente dirección de correo electrónico: ProyModPPS@smv.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MANUEL PESCHIERA REBAGLIATI Superintendente del Mercado de Valores 1737158-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Aprueban el Reglamento del Concurso Público para el Acceso a la Función Registral en el cargo de Vocal del Tribunal Registral de la SUNARP
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 019-2019-SUNARP/SN Lima, 31 de enero de 2019

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