Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2019 (01/02/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 81

81 NORMAS LEGALES Viernes 1 de febrero de 2019 El Peruano / cinco (5) de impacto normalizado (según el ranking SIR); ocho (8) años de licencia, en caso su ubicación sea en el quintil cuatro (4) o cinco (5) de producción cientí fi ca y quintil cinco (5) o cuatro (4) en impacto normalizado; y seis (6) años de licencia, en caso se ubique por debajo del quintil cuatro (4) en por lo menos uno de los dos indicadores utilizados. Asimismo, si no llegara a fi gurar en el ranking SIR, también se otorgará el periodo de licencia mínimo de seis (6) años. Sobre la base del análisis cuantitativo la Universidad se ubica en Scimago Institutions Ranking – SIR IBER 2015, dado que las publicaciones indizadas en este ranking pertenecen al período comprendido entre los años 2009-2013. La Universidad se ubica en el quintil 4 respecto del indicador de nivel de producción cientí fi ca (documentos publicados en revistas indexadas- América Latina) y en el quintil 5 respecto del indicador de impacto normalizado. El Consejo Directivo de la Sunedu, en base al análisis descrito y en virtud a las atribuciones otorgadas por la Ley Universitaria, ha determinado que corresponde otorgar a la Universidad una licencia institucional por un plazo de ocho (8) años. En virtud de lo expuesto, y estando a lo dispuesto en el artículo 13, numeral 15.1 del artículo 15, el numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley Universitaria, el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU 11, modi fi cado mediante Decreto Supremo Nº 006-2018-MINEDU12, el artículo 24 del Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado mediante la Resolución Nº 008-2017-SUNEDU/CD del Consejo Directivo, y a lo acordado en la sesión SCD Nº 004-2019 del Consejo Directivo. SE RESUELVE: Primero.- OTORGAR LA LICENCIA INSTITUCIONAL a la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana para ofrecer el servicio educativo superior universitario en su sede y fi liales veri fi cadas, que en conjunto representan veintidós (22) locales, ubicados en el departamento de Loreto, de los cuales catorce (14) corresponden a su sede y ocho (8) a sus fi liales, con una vigencia de ocho (8) años, computados a partir de la noti fi cación de la presente resolución. LOCALES CONDUCENTES A GRADO ACADÉMICO N.°CÓDIGO DE LOCALPROVINCIA DISTRITO DIRECCIÓN 1 SL01 MaynasSan Juan BautistaNuevo San Lorenzo - San Lorenzo S/N 2 SL02 Maynas IquitosUrb. Zona Monumental – Jirón Pevas 510 3 SL03 Maynas IquitosAsentamiento Humano Daniel Alcides Carrión II etapa – Avenida Gral. EP. Augusto Freyre García 610 4 SL04 MaynasSan Juan BautistaCalle Los Rosales s/n 5 SL05 Maynas IquitosA.H. Bartra Díaz - Jirón Sargento Fernando Lores T. 635 Mz. F Lt. 44 6 SL06 Maynas IquitosUrb. Jirón Sargento Fernando Lores T. 446 Lt. 22 7 SL07 Maynas IquitosA.H. Bermúdez II etapa- Jirón Bermúdez 703 8 SL08 Maynas Iquitos Pasaje Dina Limaco N° 186 9 SL09 MaynasSan Juan BautistaBalneario Pampachica – Calle San Marcos N° 185 10 SL10 Maynas Punchana Calle 5 de Diciembre y Av. Colonial 11 SL11 MaynasSan Juan BautistaAlmendra, margen derecha del río Nanay 12 SL12 Maynas IquitosA.H. Stadium I Etapa –Jirón Moore N° 280 Mz A Lote 36 13 SL13 Maynas Iquitos Calle Samanez Ocampo 193 14 SL16 Maynas IquitosZona Monumental-Jirón Alférez West N° 352 (Ex calle Nanay)N.°CÓDIGO DE LOCALPROVINCIA DISTRITO DIRECCIÓN 15 F01L01Alto AmazonasYurimaguasCentro Ganadero Yurimaguas Zona A y Zona BCaserío 30 de Agosto – Carretera Yurimaguas Tarapoto km 17 16 F01L02Alto AmazonasYurimaguasCalle Francisco Bardales Mz B - 33 Lote 9 PP.JJ. Yurimaguas II 17 F02L01 Requena RequenaCalle 2 S/N - Lote 1 de la Mz. 48 de la II Etapa - Zona A Requena 18 F03L01 Ucayali Contamana Calle Julián Álvarez s/n - Contamana 19 F04L01Datem del MarañónBarranca Calle California s/n- Ciudad San Lorenzo 20 F04L02Datem del MarañónBarranca Predio Rústico DEN U.C. Nº 39194 21 F05L01Mariscal Ramón CastillaRamón CastillaCalle Sucre Mz-25 Lote-01-A 22 F06L01 Loreto Nauta Calle Manuel Pacaya N°08 Segundo.- RECONOCER que la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana cuenta con ciento treinta y ocho (138) programas: (i) cuarenta y dos (42) conducentes al grado de bachiller; (ii) cuarenta y seis (46) conducentes al grado de maestro; (iii) diez (10) conducentes al grado de doctor; y, (iv) cuarenta (40) segundas especialidades, conforme se detalla en la Tabla Nº 37 del Informe técnico de licenciamiento Nº 002-2019-SUNEDU-02-12. Tercero.- ACEPTAR el desistimiento presentado por la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana, respecto a dieciséis (16) programas de estudio: (i) tres (3) programas de pregrado serán comunicados a la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos – Digrat; conforme se detalla en la Tabla Nº 38 del Informe técnico de licenciamiento n.° 002-2019-SUNEDU-02-12; ii) tres (3) programas de pregrado que no contaron con estudiantes; y iii) diez (10) programas de segunda especialidad que no contaron con estudiantes. Además, el desistimiento respecto de la prestación de cuatro (4) programas ofrecidos en la fi lial de Yurimaguas, que seguirán siendo ofertados en la sede y otras fi liales, de acuerdo con la Tabla Nº 37 del Informe técnico de licenciamiento Nº 002-2019-SUNEDU-02-12. Cuarto.- REQUERIR a la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana: (i) Presentar al término de los periodos académicos 2019-I, 2019-II y 2020-I, ante la Dirección de Licenciamiento, un informe sobre el desarrollo de los programas de profesionalización docente, que incluya los datos de los alumnos matriculados, tales como lugar de procedencia, nombre de la institución educativa donde labora; y que señale las actividades realizadas durante el periodo académico. (ii) Presentar, antes del inicio de los periodos académicos 2019-II y 2020-I, ante la Dirección de Licenciamiento, un informe con los resultados de las acciones de fortalecimiento de los servicios deportivos, sociales, culturales, psicopedagógico y biblioteca, en las fi liales de Datem del Marañón, Yurimaguas, Contamana y Requena. (iii) Presentar, antes del inicio de los periodos académicos 2019-II y 2020-I, ante la Dirección de Licenciamiento, un reporte sobre las mejoras del servicio de biblioteca en la fi lial de Caballococha y Nauta. Quinto.- RECOMENDAR a la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana: (i) Aprobar las modi fi caciones, que correspondan, a sus documentos de gestión, por la reciente modi fi cación del Estatuto, vigente a partir de diciembre de 2018. (ii) Fortalecer la articulación de los procesos de evaluación y capacitación docente para la mejora continua del proceso de enseñanza-aprendizaje. 11 Publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 31 de noviembre de 2014. 12 Publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 20 de julio de 2018.