Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2019 (09/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Sábado 9 de febrero de 2019 /

El Peruano

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle: Gisel Vanesa Andía Torres, Coordinadora del Equipo de Litigio de la Procuraduría Pública Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras. Pasajes Viáticos x 05 días US$ 2,125.56 US$ 1,850.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, la profesional citada en el artículo 1 de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1739805-1

artículo 8 del referido decreto legislativo; siendo que este personal solamente puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad; Que, el artículo 74 del Reglamento de la Ley General de la Persona con Discapacidad, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2014-MIMP, establece que la estructura orgánica del CONADIS está conformada por el Consejo Nacional, la Presidencia, la Secretaría General y demás órganos que establezca su Reglamento de Organización y Funciones (ROF); Que, a través de Resolución Ministerial Nº 305-2016MIMP, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del CONADIS, documento de gestión institucional que contiene los cargos definidos y aprobados sobre la base de su estructura orgánica; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 106-2017-CONADIS/PRE se designó al señor Juan Carlos Bocanegra Herrera como Asesor de la Secretaría General (Asesor II CAP Nº 008) del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS; Que, el referido funcionario ha formulado renuncia al citado cargo, siendo que con documento de visto, la Secretaría General comunica la aceptación de tal renuncia; Que, por lo expuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2014- MIMP; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 1057, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM; la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales; el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2016-MIMP; y, la Resolución Suprema Nº 006-2017-MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Juan Carlos Bocanegra Herrera como Asesor de la Secretaría General (Asesor II CAP Nº 008) del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (www.conadisperu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. DARÍO PORTILLO ROMERO Presidente Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad 1739859-1

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Aceptan renuncia de Asesor de la Secretaría General del CONADIS
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 010-2019-CONADIS/PRE 8 de febrero de 2019 VISTO: El Memorando Nº 119-2019-CONADIS/SG de la Secretaría General del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 63 de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad; constituido como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con autonomía técnica, administrativa, de administración, económica y financiera, el cual es además pliego presupuestario; Que, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad, la cual surte efecto a partir de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que posterga su vigencia; Que, respecto a la contratación de personal directivo, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales, determina que el personal establecido en los numerales 1, 2, e inciso a) del numeral 3 del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público (Funcionario Público, Empleado de Confianza y Directivo Superior), contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, está excluido de las reglas establecidas en el

PRODUCE
Aprueban Plan de Manejo para el cultivo de tilapia en ambientes artificiales de los departamentos de Amazonas, Cajamarca, Huánuco, Junín y San Martín
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 040-2019-PRODUCE Lima, 8 de febrero de 2019

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