Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2019 (14/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Jueves 14 de noviembre de 2019 /

El Peruano

Martínez Moya de España, Coordinador de la Comisión de Seguimiento para la Cumbre Judicial Iberoamericana de las 100 Reglas de Brasilia. Artículo Quinto.- Autorizar la participación del Presidente, jueces y servidores jurisdiccionales y administrativos de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, en calidad de coorganizadores, por los días 5, 6 y 7 de diciembre del año en curso; sin afectar el despacho judicial. Artículo Sexto.- Autorizar la participación de los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país; concediéndoseles licencia con goce de haber del 4 al 6 de diciembre del presente año; autorizar la asignación de viáticos y pasajes aéreos y/o terrestres respectivos, del 4 al 7 del mismo mes y año. Artículo Sétimo.- Autorizar la participación en el referido certamen de: a) Coordinador y/o Responsable Distrital; y Secretario Técnico de la Comisión Distrital de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad, de cada una de las Cortes Superiores de Justicia del país; y b) Jefe de Prensa o representante de la Oficina de Imagen Institucional de cada Corte Superior, para que realice la cobertura y difusión en los mencionados encuentros; del 4 al 6 de diciembre próximo; y del 4 al 7 de diciembre del año en curso, la asignación de viáticos y pasajes aéreos y/o terrestres. Artículo Octavo.- Autorizar la participación de la abogada Tammy Quintanilla Zapata, Marcial Peña Espinoza, María Isabel Chipana Gamarra, William Homer Fernández Espinoza, Rebeca Martina Alfaro Mendivil, Julio César Aponte Álvarez y Christian Paul Vera Ampuero, Responsable Técnica, Responsable Presupuestal e integrantes del Equipo Técnico de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad, respectivamente, del 4 al 7 de diciembre de 2019, en la mencionada actividad; así como la asignación de viáticos y pasajes aéreos y/o terrestres respectivos, por las citadas fechas. Artículo Noveno.- Los gastos respectivos para la realización de los citados Encuentros; pasajes aéreos nacionales y/o terrestres; y viáticos, de los integrantes de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad, integrantes del Equipo Técnico de la Comisión Permanente, jueces y personal participantes de las Cortes Superiores de Justicia del País; así como pasajes aéreos internacionales, alimentación y alojamiento, de los ponentes internacionales, serán con cargo al presupuesto asignado al Programa Nacional de Acceso a la Justicia de Personas Vulnerables y Justicia en tu Comunidad. Artículo Décimo.- Transcribir la presente resolución al señor Presidente del Poder Judicial, Presidenta de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad, Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1826537-4

creación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Nueva Esperanza, Distrito de La Libertad de Pallán, Provincia de Celendín, Región y Distrito Judicial de Cajamarca. CONSIDERANDO: Primero. Que, la Gerencia General del Poder Judicial remite a la Presidencia de este Órgano de Gobierno el oficio cursado por el Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena mediante el cual hace de conocimiento que la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, propone la creación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Nueva Esperanza, Distrito de La Libertad de Pallán, Provincia de Celendín, Región y Distrito Judicial de Cajamarca. Segundo. Que, los informes elaborados por la Gerencia General del Poder Judicial y el Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, concluyen que es factible la creación del Juzgado de Paz materia de propuesta. Tercero. Que, conforme a lo dispuesto en los incisos 24), 25) y 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modificar sus ámbitos de competencia territorial; así como la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Cuarto. Que, este Poder del Estado tiene dentro de sus objetivos principales mejorar y ampliar el acceso a la justicia. Por lo que, encontrándose acreditado que la población de las referidas localidades requiere de un órgano jurisdiccional que reduzca las barreras de acceso a la justicia (económica, geográfica, lingüística y cultural), permitiendo que los justiciables tengan una adecuada y accesible administración de justicia acorde a sus necesidades, que se enmarca dentro de las 100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de Personas en Condiciones de Vulnerabilidad, a las cuales se adhirió el Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 266-2010-CE-PJ del 23 de octubre de 2010, cuyo objetivo es garantizar las condiciones de acceso efectivo a la justicia de personas en situación de vulnerabilidad, sin discriminación alguna, por medio de políticas, medidas, facilidades y apoyo que permita a dichas personas el acceso a los servicios del sistema judicial, y así garantizar plenamente sus derechos fundamentales en igualdad de condiciones; resulta procedente la propuesta presentada. En consecuencia; la Presidencia de este Órgano de Gobierno, de conformidad con la ponencia emitida en autos; y en uso de sus facultades delegadas mediante Resolución Administrativa N° 272-2018-CE-PJ, de fecha 8 de noviembre de 2018. RESUELVE: Artículo Primero.- Crear el Juzgado de Paz del Centro Poblado Nueva Esperanza; con competencia territorial en el Centro Poblado de Nueva Esperanza (sede), los Caseríos Paucapampa, Sanchán, Santa Rosa, Nuevo Horizonte y Simón Bolívar; Distrito de La Libertad de Pallán, Provincia de Celendín, Región y Distrito Judicial de Cajamarca. Artículo Segundo.- Los límites geográficos del órgano jurisdiccional materia de creación son los que aparecen descritos en el informe del Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, que en documento anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de Cajamarca, Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1826537-5

Crean Juzgado de Paz del Centro Poblado Nueva Esperanza en la Región y Distrito Judicial de Cajamarca
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 114-2019-P-CE-PJ Lima, 11 de noviembre de 2019 VISTO: El Oficio N° 1095-2019-GG-PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial, respecto a la propuesta de

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