Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2019 (29/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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VISTO Y CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Viernes 29 de noviembre de 2019 /

El Peruano

El oficio Nº 6405-2019-MP-FN-OREF, de fecha 27 de noviembre de 2019, cursado por la abogada Silvia Karina Avila Lam, Gerenta de la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, mediante el cual informa que el abogado Guillermo Velarde Wisky, Fiscal Adjunto Superior Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lambayeque, designado en el Despacho de la Fiscalía Superior Penal Transitoria de Apelaciones de Lambayeque, cumplirá 70 años de edad, el 04 de diciembre del año en curso, adjuntando copias de la Partida de Nacimiento expedida por el Jefe de la División de Registro Civil de la Municipalidad Provincial de Lima y de la consulta en línea efectuada al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ­ RENIEC, conforme obra en su legajo personal. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo previsto por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a partir del 04 de diciembre de 2019, al abogado Guillermo Velarde Wisky, Fiscal Adjunto Superior Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lambayeque, designado en el Despacho de la Fiscalía Superior Penal Transitoria de Apelaciones de Lambayeque, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 3087-2012-MP-FN y 1697-2019-MPFN, de fechas 21 de noviembre de 2012 y 10 de julio de 2019, respectivamente; dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1831867-1

NCPP, suscritos por los abogados Eliana Iberico Hidalgo, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Callao; y, Roberto Eduardo Lozada Ibáñez, Fiscal Superior Titular Penal del Callao, Distrito Fiscal del Callao, designado como Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control Interno del Callao, respectivamente, y conforme a las prerrogativas de la titular del Ministerio Público, de acuerdo con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Alejandro Javier Gonzáles Castilla, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Callao, y su designación en el Despacho de la Sexta Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2190-2017-MP-FN, de fecha 28 de junio de 2017, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Callao, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1831867-2 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3352-2019-MP-FN Lima, 28 de noviembre de 2019 VISTOS Y CONSIDERANDO: Los oficios Nros. 407 y 434-2019-MP-FN-PJFSUCAYALI, remitidos por el abogado Luis Alberto Jara Ramírez, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali. Estando a lo expuesto en los mencionados documentos y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Luis Alberto Jara Ramírez, Fiscal Superior Titular Penal de Ucayali, Distrito Fiscal de Ucayali, como Fiscal Superior Coordinador de las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas del Distrito Fiscal de Ucayali, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2786-2017-MP-FN, de fecha 09 de agosto de 2017. Artículo Segundo.- Designar al abogado Ricardo Pablo Jiménez Flores, Fiscal Superior Titular Penal de Ucayali, Distrito Fiscal de Ucayali, como Fiscal Superior Coordinador de las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas del Distrito Fiscal de Ucayali. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1831867-3

Dan por concluidos nombramientos y designaciones, designan y nombran fiscales en diversos Distritos Fiscales
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3351-2019-MP-FN Lima, 28 de noviembre de 2019 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2190-2017-MP-FN, de fecha 28 de junio de 2017, se nombró al abogado Alejandro Javier Gonzáles Castilla, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Callao, desempeñándose actualmente en el Despacho de la Sexta Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Reglamento de Organización y Funciones, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fiscales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la finalidad de coadyuvar con la labor fiscal. Que, la provisionalidad de los fiscales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución, que no genera más derechos que los inherentes al cargo provisional que se ejerce; tal como se ha fundamentado en reiteradas sentencias del Tribunal Constitucional. Que, en tal sentido, estando a lo informado mediante oficios Nros. 2174, 2807 y 2856-2019-MPFN-PJFSCALLAO y 26-2019-MP-FN-OFCICALLAO-

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