Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2019 (30/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 169

El Peruano / Sábado 30 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 421MVES, que establece Beneficios para el pago de deudas Tributarias, Administrativas, Sanciones Generadas y de Regularización Predial en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2019-MVES Villa El Salvador, 27 de noviembre del 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR VISTO; el Memorando Nº 1248-2019-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 540-2019-OAJ/MVES de la oficina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 195-2019GRAT/MVES de la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, sobre prórroga de la Ordenanza Nº 421MVES que establece beneficios para el pago de Deudas Tributarias, Administrativas, Sanciones Generadas y de Regularización Predial en el Distrito de Villa El Salvador, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 establece que "Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico."; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: "Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal."; Que, mediante Ordenanza Nº 421-MVES, se establece Beneficios para el pago de Deudas Tributarias, Administrativas, Sanciones Generadas y de Regularización Predial en el Distrito de Villa El Salvador; a fin de cumplir con los objetivos y acciones que permitan generar conciencia tributaria en los contribuyentes y administrados, siendo que la vigencia de la citada Ordenanza se estableció hasta el 30 de noviembre del 2019; Que, de conformidad con la Quinta Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 421-MVES, se faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias que sean necesarias para el debido cumplimiento de la norma, así como para suspender y/o prorrogar la vigencia de la misma, Que, mediante Informe Nº 195-2019-GART/MVES, la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, informa que con el objeto de lograr la reducción de la morosidad y, ante la voluntad de pago de los vecinos del distrito de Villa El Salvador, y considerando además como uno de los propósitos de la Administración Municipal la de incrementar los ingresos de recaudación para el presente año, recomienda seguir otorgando facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y no tributarias, por lo que resulta necesario prorrogar la vigencia de los beneficios otorgados mediante Ordenanza N° 421-MVES, hasta el 31 de diciembre del presente año; Que, con Informe Nº 540-2019-OAJ/MVES, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión precisando que resulta legalmente procedente la emisión de un Decreto de

Alcaldía prorrogando hasta el 31 de diciembre del 2019, la vigencia del plazo estipulado en la Ordenanza N° 421MVES que establece Beneficios para el Pago de Deudas Tributarias, Administrativas, Sanciones Generadas y de Regularización Predial en el Distrito de Villa El Salvador, al amparo de lo establecido en la Quinta Disposición Transitoria y Final de la citada Ordenanza; Que, mediante Memorando N° 1248-2019-GM/MVES, la Gerencia Municipal conforme a su función establecida en el numeral 14.4 del artículo 14° del Texto Íntegro Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, aprobado con Ordenanza N° 419-MVES, remite los actuados a la Oficina de Secretaria General a fin que se proceda a emitir el Decreto de Alcaldía pertinente, prorrogando hasta el 31 de diciembre del 2019, la vigencia del plazo estipulado en la Ordenanza N° 421-MVES que establece Beneficios para el Pago de Deudas Tributarias, Administrativas, Sanciones Generadas y de Regularización Predial en el Distrito de Villa El Salvador; Estando a lo expuesto y a lo solicitado por la Gerencia Municipal mediante Memorando Nº 876-2019-GM/MVES, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y en la Quinta Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza N° 421-MVES; SE DECRETA: Artículo Primero: PRORROGAR hasta el 31 DE DICIEMBRE DE 2019, la vigencia de la Ordenanza Nº 421MVES, que establece Beneficios para el pago de deudas Tributarias, Administrativas, Sanciones Generadas y de Regularización Predial en el Distrito de Villa El Salvador. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, la Unidad de Tesorería y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico, el cabal cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General cumpla con la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, así como a la Unidad de Desarrollo Tecnológico la publicación correspondiente en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe) Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. C. KEVIN YÑIGO PERALTA Alcalde 1831660-1

MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 284-2019-MVMT
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 015-2019-MVMT Villa María del Triunfo, 26 de noviembre de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO VISTO: El Informe Nº115-2019-GAT/MVMT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 5582019-GAJ/MVMT de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, los Artículos 74º, 194º y los numerales 3) y 4) del Artículo 195º de la Constitución Política del Perú, reconocen a los gobiernos locales autónoma política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia y les otorga potestad para administrar sus bienes y rentas, estableciendo que mediante ordenanzas

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